Llamamos Derecho Tributario, al conjunto de normas y principios del Derecho, que guardan relación con los tributos, y especialmente con los impuestos.
Es el agrupamiento y estudio de todas las instituciones y normas de derecho que disciplinan la relación tributaria.
Es el agrupamiento y estudio de todas las instituciones y normas de derecho que disciplinan la relación tributaria.
Es el conjunto de reglas y principios que estudian a los órganos del Estado encargados de la recaudación y aplicación de los tributos.
Es la acción que el Estado desarrolla a los efectos de procurarse los medios necesarios que requieren los gastos públicos, para atender las necesidades colectivas y en general para la satisfacción de su propio fin.
Tanto cuando el Estado efectúa gastos públicos, como cuando por distintos procedimientos obtiene ingresos públicos, desarrolla un tipo especial de actividad, que se denomina “ACTIVIDAD FINANCIERA”
La actividad financiera debe estar encaminada al servicio de las Necesidades Públicas, al bienestar de las personas, que en última instancia son los destinatarios de los empleos que realiza el Estado de sus INGRESOS, por medio de los GASTOS PUBLICOS.