Tuve inconvenientes al actualizar el Marangatui con Windows 7 ( 64bits )
contacte con gente de la SSET en el Dpto. de Informática que me atendieron amablemente y facilitaron el material adjunto.
Quiero compartir con Ustedes por si les ocurra lo mismo.
Material de Ayuda
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Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
Monto Total:
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Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
Importe sin IVA: | 0,00 | |
Importe Exento: | 70% | 0,00 |
Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
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Poema de un contador Enamorado
Cuando tomo el lapicero de mis sentimientos
Para registrar las operaciones de mi vida
Y al preparar el inventario de mis penas
Eres tú, el libro que me inspiras.
Cada vez, que te veo pasar
Mi corazón sufre el efecto de la partida Doble
Y en silencio me traslado hacia a ti
Para realizar los asientos que la ley dispone.
Al abrir mi plan de cuentas
Encuentro el encanto de la sabiduría
Y al conciliar libros con documentos
Sólo me fallas tu, vida mía.
Con vencimiento a corto plazo espero
La remesa de tu contestación.
Y como comprobantes te entregaré
Las estadísticas de mi pasión.
Cuando ejecuto el presupuesto de mis
Pretensiones en el diario amar de la vida
Eres tú, el mayor de mis ilusiones
Que cuadras el balance de mi partida.
Finalizo la presente contabilización
Con declaración jurada en tus manos
Con superávit y cuadros de producción
Que son muestras que tú y yo, nos amamos.
Los libros contables a utilizar por un consorcio
Amigos del Blog:
Un consorcio (unión de tres ONGs) de 18 meses, se inscripto en IRACIS e IVA Gral., las facturaciones son exentas.
Mi consulta es la siguiente:
Cuáles son los libros contables a utilizar??? Tienen que estar rubricadas???
Aguardo ayuda,
Saludos,
No creo que tengan que llevar libros contables rubricados, ya que la obligación de llevar libros es obligatoria para comerciantes que superen el monto de 20 salarios mínimos de capital, establecida por la Ley 1034/83 del Comerciante.
Ahora, considerando que se inscribió en la IRACIS GRAL (me extraña que no se haya inscripto en régimen simplificado), no sabría qué libros tendría que llevar, lo lógico sería Libro de Ingresos y Egresos.
Saludos
Un consorcio (unión de tres ONGs) de 18 meses, se inscripto en IRACIS e IVA Gral., las facturaciones son exentas.
Mi consulta es la siguiente:
Cuáles son los libros contables a utilizar??? Tienen que estar rubricadas???
Aguardo ayuda,
Saludos,
No creo que tengan que llevar libros contables rubricados, ya que la obligación de llevar libros es obligatoria para comerciantes que superen el monto de 20 salarios mínimos de capital, establecida por la Ley 1034/83 del Comerciante.
Ahora, considerando que se inscribió en la IRACIS GRAL (me extraña que no se haya inscripto en régimen simplificado), no sabría qué libros tendría que llevar, lo lógico sería Libro de Ingresos y Egresos.
Saludos
Imagro, retención de IVA
Alguien podría indicarme si una persona que se encuentra inscripta en IMAGRO y presenta una factura por Servicios de Crianza de Pollos, debo retenerle IVA, pues mi empresa es agente de retención. Este proveedor me manifiesta que es contribuyente de IMAGRO y no le debo de retener nada.
Respuesta:
El servicio de crianza de pollos es IRACIS, primero por ser un servicio, segundo porque la actividad avícola esta dentro del hecho generador del IMAGRO.
Ley Nº 2421/04
Artículo 2º: Hecho Generador: Estarán gravadas las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios que no sean de carácter personal………
d) Las rentas provenientes de las siguientes actividades: extractivas, cunicultura, avicultura, apicultura, sericultura, cunicultura, floricultura y explotación forestal.
Si el proveedor es contribuyente de IMAGRO y ustedes están realizando compras gravadas por IRACIS de ese proveedor, deben exigirle que haga actualización de datos en la SET (incorporando las nuevas obligaciones que genera esa actividad de prestación de servicios no personales: IVA e IRACIS o IRPC según el caso). Considero que también debería hacer coincidir en lo posible el inicio de esa nueva actividad con el periodo de facturación para que no tengas inconvenientes a la hora de determinar si el gasto es deducible o no.
Respuesta:
El servicio de crianza de pollos es IRACIS, primero por ser un servicio, segundo porque la actividad avícola esta dentro del hecho generador del IMAGRO.
Ley Nº 2421/04
Artículo 2º: Hecho Generador: Estarán gravadas las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios que no sean de carácter personal………
d) Las rentas provenientes de las siguientes actividades: extractivas, cunicultura, avicultura, apicultura, sericultura, cunicultura, floricultura y explotación forestal.
Si el proveedor es contribuyente de IMAGRO y ustedes están realizando compras gravadas por IRACIS de ese proveedor, deben exigirle que haga actualización de datos en la SET (incorporando las nuevas obligaciones que genera esa actividad de prestación de servicios no personales: IVA e IRACIS o IRPC según el caso). Considero que también debería hacer coincidir en lo posible el inicio de esa nueva actividad con el periodo de facturación para que no tengas inconvenientes a la hora de determinar si el gasto es deducible o no.
Jornalero en IPS
Sobre el tema de IPS, como debo inscribir a un empleado al que se le está contratando nada más por 10 días
- Como Jornalero?
- Sobre qué base debo descontarle el aporte a IPS
- Cuanto es el aporte del Patrón en este caso?
Desde ya muchas gracias
Respuesta
Se debe tener en cuenta que IPS, por más que lo incluyas como Jornalero, el aporte mínimo es por 18 días...
Eso quiere decir que si el jornalero trabaja solo 10 días, igual tiene que aportar por los 18 días!
En caso de que le inscriba como cotizante general.... cumplido los 10 días de trabajo... el empleador está obligado a abonar otros beneficios al empleado en el momento de terminar el contrato (así como aguinaldo proporcional o indemnización sobre esos días)?
Mejor contratarle como ocasional con autofactura y te olvidas de IPS. No te parece mejor...
Recupero de Crédito fiscal - Periodo exigible
Quisiera saber si me podrían indicar partir de que periodo uno puede exigir el recupero de crédito fiscal del I.V.A.,
Como se estima los periodos que ya no podrán solicitar el recupero del crédito fiscal. Ya que tengo varias opiniones dispares, unas hablan que solo se pueden pedir desde enero/2007, y otras que también se pueden solicitar desde enero/2006.-
Desde ya muchas gracias,
Respuesta:
Le falta un poquito de precisión a tu pregunta, pero entiendo que te réferis al recupero de IVA del exportador, si es así, la devolución se puede solicitar a partir del mes siguiente, tenes que tener en cuenta en primer lugar el Dto.1164/08 y las RG 52 y RG 53.
El derecho de solicitar la devolución para el contribuyente prescribe a los 4 años, tenes que contar a partir del mes siguiente en que se puede solicitar la devolución, hace tus cálculos desde mayo/2011 para atrás 4 años
Hasta este fin de mes hay tiempo de solicitar por el viejo sistema, por varios meses, a partir de la plena vigencia de la res.52 y 53 los pedidos solo podrán hacerse por mes y no más de 3 solicitudes simultaneas.
Como se estima los periodos que ya no podrán solicitar el recupero del crédito fiscal. Ya que tengo varias opiniones dispares, unas hablan que solo se pueden pedir desde enero/2007, y otras que también se pueden solicitar desde enero/2006.-
Desde ya muchas gracias,
Respuesta:
Le falta un poquito de precisión a tu pregunta, pero entiendo que te réferis al recupero de IVA del exportador, si es así, la devolución se puede solicitar a partir del mes siguiente, tenes que tener en cuenta en primer lugar el Dto.1164/08 y las RG 52 y RG 53.
El derecho de solicitar la devolución para el contribuyente prescribe a los 4 años, tenes que contar a partir del mes siguiente en que se puede solicitar la devolución, hace tus cálculos desde mayo/2011 para atrás 4 años
Hasta este fin de mes hay tiempo de solicitar por el viejo sistema, por varios meses, a partir de la plena vigencia de la res.52 y 53 los pedidos solo podrán hacerse por mes y no más de 3 solicitudes simultaneas.
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