Simplifica la contabilidad para emprendedores, estudiantes y profesionales con recursos prácticos y consejos claros. Nuestro objetivo es guiar a nuestros lectores hacia una gestión financiera eficiente y exitosa en sus negocios y proyectos personales.
Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
Monto Total:
|
||
Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
Importe sin IVA: | 0,00 | |
Importe Exento: | 70% | 0,00 |
Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
Bienvenidos a Contable Smart
En Contable Smart, encontrarás todo lo que necesitas saber sobre contabilidad de manera sencilla y práctica. Nuestro objetivo es ofrecerte recursos, consejos y herramientas inteligentes para ayudarte a gestionar tus finanzas y contabilidad con confianza y eficiencia. Ya seas un emprendedor, un profesional independiente o simplemente alguien interesado en el mundo contable, aquí encontrarás contenido valioso que te guiará en cada paso del camino.
Explora nuestros artículos, guías y tutoriales diseñados para hacer de la contabilidad algo accesible y fácil de entender. Únete a nuestra comunidad y transforma tu forma de ver y manejar la contabilidad.
¡Bienvenido a la nueva era de la contabilidad inteligente!
Busqueda recomendada
Te recomendamos utilizar el buscador del sitio para encontrar lo que estas buscando.
Seguidores de Contable Smart
Gastos Personales y Familiares IMAGRO
Una duda si mi pudieran aclarar
Tengo como cliente una S.A., contribuyente del IMAGRO, IRACIS e IVA, este contribuyente, como dije es una Persona Juridica, ahora bien, el mismo realiza erogaciones varias (articulos p/ bebes, juguetes, bebidas y otros gastos, electrodomesticos) que no tienen relación con el giro del negocio. Estas erogaciones son registrados en la cuenta ¨Gastos Personales y Familiares¨; ahora bien, referente a esta cuenta en especifica el Art. 30 Punto 1 Inciso c.d establece ¨En caso de personas FISICAS serán tambien deducibles todos los gastos e inversiones personales y familiares a su cargo en que haya incurrido el contribuyente y destinadas a la manutención, educación, salud vestimentas y otros.También en el Decreto 4305/04 Art. 11 menciona ¨En caso de personas FISICAS se admitiran como gastos deducibles gastos familiares¨.
Ahora bien, tanto en la Ley como en el Decreto menciona que son deducibles para personas FISICAS, no obstante esta erogación, en el caso que le menciono lo realiza una S.A. (Persona Juridica); por cual desde mi punto de vista, considero que los mismos NO SON DEDUCIBLES para el calculo del Impuesto a la Renta.
Respuesta:
Esta correcta tu apreciación sobre el punto, definitivamente no son deducibles.
Los gastos familiares en IMAGRO son exclusivamente para empresas unipersonales.
Efectivamente los Gastos personales y familiares son solo para personas físicas, y además no son perdidas acumulables!!
Actualización página Web de la SET
Se actualiza página web conforme a nuevas disposiciones
Teniendo en cuenta las ultimas resoluciones emitidas, la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda se encuentra actualizando varias secciones de su página web: www.set.gov.py, con el objetivo de facilitar los trámites on line a los contribuyentes.
En atención a la puesta en producción de la nueva opción para la solicitud de créditos fiscales se ha elaborado una guía para el registro de dichas solicitudes. La misma esta disponible bajo el nombre “Guía para el Registro de Solicitudes de devolución o repetición de Créditos Fiscales” en la sección SERVICIOS ON LINE/Instructivo de Servicios OnLine.
Por otro lado, en virtud de lo establecido en las resoluciones generales N° 57 y N° 58 referente a la presentación de declaraciones juradas por intenet, se han estandarizado los listados de contribuyentes afectados por dichas normativas. Los mismos están disponibles en la sección NOVEDADES bajo el nombre de “Listados de contribuyentes afectados por las resoluciones generales N° 49, 57 y 58/2011”.
Marangatu’í
Está disponible en la página web de la Administración Tributaria la versión actualizada del software Marangatu’í conteniendo los formularios actualizados, establecidos en la resolución 50/11. Para acceder a los mismos los interesados deben descargar la versión 2.1.0. en el siguiente link: Marangatu'i (Versión 2.1.0).
Suscribirse a:
Entradas (Atom)