Como punto principal siempre debemos dejar constancia de las ausencias injustificadas pues, llegado el caso, puede considerarse reincidencia y sancionarse con más rigor.
Las ausencias perdonadas y/o que tuvieron consideración especial, a los efectos legales, son inexistentes.
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Calculadora de IVA para Inmuebles
| Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
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Monto Total:
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| Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
| Importe sin IVA: | 0,00 | |
| Importe Exento: | 70% | 0,00 |
| Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
| 5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
Ingreso de un trabajador en el IPS
Según la nueva exigencia del IPS reglamentada en la Ley 14.390/92
SECCIÓN IV: DE LOS EXAMENES MÉDICOS OBLIGATORIOS DE ADMISIÓN Y PERIÓDICOS.
Art. 259°: A los fines del cumplimiento de los Arts. 275° inc. "a", y 276° inc. "d" del Código del Trabajo, los exámenes médicos exigidos serán por cuenta del empleador.
Art. 260°: Todos los trabajadores deben someterse a exámenes médicos.
1. Antes de su ingreso a una empresa, por primera vez.
2. A intervalos periódicos, dada su periodicidad, cada doce (12) meses en los casos de actividades y operaciones no peligrosas o en ambientes no insalubres, y cada seis meses en los casos de actividades y operaciones peligrosas o ambientes insalubres.
Art. 261°: Todos los exámenes médicos deben ser gratuitos para los trabajadores.
Art. 262°: El examen médico admisional comprenderá, para todos los trabajadores:
SECCIÓN IV: DE LOS EXAMENES MÉDICOS OBLIGATORIOS DE ADMISIÓN Y PERIÓDICOS.
Art. 259°: A los fines del cumplimiento de los Arts. 275° inc. "a", y 276° inc. "d" del Código del Trabajo, los exámenes médicos exigidos serán por cuenta del empleador.
Art. 260°: Todos los trabajadores deben someterse a exámenes médicos.
1. Antes de su ingreso a una empresa, por primera vez.
2. A intervalos periódicos, dada su periodicidad, cada doce (12) meses en los casos de actividades y operaciones no peligrosas o en ambientes no insalubres, y cada seis meses en los casos de actividades y operaciones peligrosas o ambientes insalubres.
Art. 261°: Todos los exámenes médicos deben ser gratuitos para los trabajadores.
Art. 262°: El examen médico admisional comprenderá, para todos los trabajadores:
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