Breve resumen de la LEY Nº 5.508/2015“Promoción, protección y apoyo a la lactancia materna”
¿Qué dicen las leyes de protección legal de las embarazadas?
El artículo 89 de la Constitución Nacional dice: “La maternidad será objeto de especial protección, que comprenderá los servicios asistenciales y los descansos correspondientes, los cuales no serán inferiores a doce semanas. La mujer no será despedida durante el embarazo y tampoco mientras duren los descansos por maternidad”.
¿Desde qué etapa del embarazo se tiene protección legal?
Se tiene derecho a la protección desde el momento en que se notifica el estado de gestación. Antes de la notificación al empleador, no existe responsabilidad.
El Código del Trabajo tiene un capítulo especial sobre el trabajo de las mujeres donde se prohíbe, en caso de una gestación de riesgo o durante el amamantamiento, que la mujer realice trabajo que traiga aparejados peligrosidad o insalubridad, trabajo nocturno industrial y trabajo luego de las 22 horas.
¿Se puede despedir a una mujer embarazada? ¿Qué dicen las leyes al respecto?
No, no se puede despedir a una mujer embarazada con frecuentes faltas por embarazo de alto riesgo. La mujer gozará de inamovilidad laboral hasta un año después del nacimiento de su hijo
¿Se modifica su salario mientras dura la licencia por maternidad?
No. La licencia de maternidad se paga por completo, por el Seguro Social.
¿Tiene derecho la madre a ocupar la misma posición cuando regresa al trabajo?
Sí. La trabajadora tiene derecho a volver a la misma posición después de hacer uso de su licencia de maternidad. (Art. 135)