Hay alguna disposición que prohíba a los agentes de retención a no retener el IVA a los contribuyentes del IRPC?
Respuesta:
Decreto 8593 IRPC, art. 20 inc. f, párrafo iii
Se establece lo siguiente en la RG13/09, art. 2: No procederá la retención del Impuesto al Valor Agregado, dispuesta por el Decreto N° 1164/2008, en las adquisiciones, de bienes y servicios realizados:
a) De los contribuyentes del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente que determinen el Impuesto al Valor Agregado por el Régimen Simplificado. Para este efecto será suficiente que el mismo presente su Constancia de Inscripción en el RUC que podrá obtener ingresando a la página WEB de la SET o en su caso a través de las Plataformas de Atención al Contribuyente (PAC).