Estimados
Podrían informarme si hubo algún cambio respecto a la utilización del tipo de cambio para facturas en moneda extranjera?
Sigue vigente la asignación de un tipo de cambio para el débito y otro tipo de cambio para el crédito?
Consulto esto porque un cliente exige que en la factura aparezca la leyenda donde se especifique el tipo de cambio asignado a la factura argumentando que tanto comprador como vendedor deben registrar al mismo tipo de cambio.
El razonamiento no es ilógico, pero creo que no es lo determinado para la aplicación del tipo de cambio en el IVA.
Estoy equivocada?
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Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
Monto Total:
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Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
Importe sin IVA: | 0,00 | |
Importe Exento: | 70% | 0,00 |
Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
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Tratamiento: tipo de cambio moneda extranjera
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Podrían informarme si hubo algún cambio respecto a la utilización del tipo de cambio para facturas en moneda extranjera?
Sigue vigente la asignación de un tipo de cambio para el débito y otro tipo de cambio para el crédito?
Consulto esto porque un cliente exige que en la factura aparezca la leyenda donde se especifique el tipo de cambio asignado a la factura argumentando que tanto comprador como vendedor deben registrar al mismo tipo de cambio.
El razonamiento no es ilógico, pero creo que no es lo determinado para la aplicación del tipo de cambio en el IVA.
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Podrían informarme si hubo algún cambio respecto a la utilización del tipo de cambio para facturas en moneda extranjera?
Sigue vigente la asignación de un tipo de cambio para el débito y otro tipo de cambio para el crédito?
Consulto esto porque un cliente exige que en la factura aparezca la leyenda donde se especifique el tipo de cambio asignado a la factura argumentando que tanto comprador como vendedor deben registrar al mismo tipo de cambio.
El razonamiento no es ilógico, pero creo que no es lo determinado para la aplicación del tipo de cambio en el IVA.
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