Tengo el caso de un arquitecto que desea inscribirse bajo la figura de "Empresa Unipersonal" para facturar sus servicios de proyectos, construcciones e incluso eventualmente compras y ventas de inmuebles.
Conforme a este planteamiento, las consultas son las sgtes.:
a) Existe algún límite tope de facturación anual que esté vigente para seguir dentro del tipo de contribuyente unipersonal?
b) Tiene alguna implicancia realizar las actividades mencionadas mas arriba, en forma conjunta?
Desde ya muy agradecido, que tengan un lindo resto de dia.
Respuesta:
No tiene limites de facturación para un contribuyente unipersonal, lo que si tiente límite es la cédula triburia a la cual lo inscribes, es decir, si su facturación no supera los 100 millones anuales puede inscribirlo en la categoría del IRPC; si lo supera, a partir del ejercicio siguiente debes cambiar de información e inscribirlo en la categoría de IRACIS, pero siempre continuará siendo una empresa unipersonal. Además debes incribirlo en el IVA.
No tiene implicancia que realice tales actividades conjuntamente, pero debes tener en cuenta que los honorarios por elaboración de proyectos constituye un servicio personal no alcanzado por el Impuesto a la Renta, pero los servicios de construcción y compra-venta de immuebles sí; por lo tanto, los gastos que afecten indistintamente a ambas actividades deben ser prorrateados a los fines de determinación del impuesto.
Saludos