IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL (IRE)
Gravará todas las rentas, los beneficios o las ganancias de fuente paraguaya que provengan de todo tipo de actividades económicas, primarias, secundarias y terciarias, incluidas las agropecuarias, comerciales, industriales o de servicios, excluidas aquellas rentas gravadas por el IRP. Constituirá igualmente hecho generador del impuesto, las rentas generadas por los bienes, derechos, obligaciones, así como los actos de disposición de éstos, y todo incremento patrimonial del contribuyente.
Unifica las reglas actuales impuestos IRACIS, IRAGRO, IRPC. Estarán divididos en dos regímenes: General y Simplificado. El régimen simplificado contara con dos sistemas de liquidación: SIMPLE y RESIMPLE.
Tasa: La tasa del IRE será del 10% (diez por ciento), sobre la renta neta.