Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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IRP - Tesaka Retenciones

Agentes de retención 

Son aquellas personas físicas o jurídicas obligadas por Ley a retener a los contribuyentes, la parte que estos deben abonar en concepto de tributo.

Los contribuyentes pueden ser:
  • Inscriptos
  • No inscriptos
Nuestro sistema de retenciones califica a los Agentes de Retención en dos categorías:
  • AGENTES DE RETENCION HABITUALES
  • AGENTES DE RETENCION OCASIONALES

AGENTES DE RETENCION HABITUALES 

Son aquellos nombrados específicamente por la Administración Tributaria para realizar dicha
tarea, tales como:
a)    Organismos del estado
b)    Exportadores que recuperan el Crédito Fiscal
c)    Las empresas designadas por la SET
d)     Etc.

Deben inscribirse en la SET como tales con los siguientes códigos:

Código De Obligación  151   Renta Habitual
Código De Obligación  221   IVA Habitual


Deben presentar MENSUALMENTE los formularios de retenciones:
Formulario 109           Retenciones Habituales de Renta
Formulario 122           Retenciones Habituales de IVA

Deberán presentar DD JJ en forma mensual mediante el formulario puesto a disposición por la  Administración Tributaria para tal efecto.
La presentación se realizar aun cuando no se hubiese registrado movimiento.

AGENTES DE RETENCION OCASIONALES

Son aquellos que ocasionalmente PAGAN o ACREDITAN ganancias de fuentes paraguayas a personas físicas o jurídicas no residentes en el país.

Actualmente deben inscribirse con  los siguientes códigos:

Código De Obligación 152      Renta Ocasional
Código De Obligación 222      IVA Ocasional

Presentan solamente el formulario de DD JJ en los meses que realiza la retención.
Formulario 111         Retenciones Ocasionales de Renta
Formulario 124         Retenciones Ocasionales de IVA



AGENTES DE RETENCION  IRP Y EL  TESAKA

Tanto los agentes de retención habituales como ocasionales deben aplicar el nuevo Sistema TESAKA e instalar este software informático, pues no es posible emitir el nuevo comprobante de retención virtual sin contar con este sistema.
Una de las novedades con el TESAKA constituye que aquellos contribuyentes ocasionales, deben previamente inscribirse como tales, mediante la actualización de datos del contribuyente, caso contrario no podrán bajar el sistema TESAKA.


IRP según la legislación de Paraguay

La Ley Núm. 2421/04 modificada por la Ley 4673/12 a  través del Art 17º. Dispone:
“Las Personas físicas domiciliadas en el exterior que accidentalmente obtengan rentas por la realización dentro del territorio nacional de algunas de las actividades gravadas, determinaran el impuesto aplicando la tasa del 20% sobre la Renta Neta de Fuente Paraguaya, la que constituirá el 50% de los Ingresos Percibidos en este concepto, debiendo de actuar como Agente de Retención la persona que pague, acredite o remese dichas rentas.”

Aplicar la tasa del 20% sobre una Base Imponible del 50% representa un porcentaje directo de 10% sobre el valor actual del servicio.
Si se absorbe el impuesto, el porcentaje de retención es de 11,111111%
Para saber que se deberá retener es necesario considerar el Principio de Territorialidad a fin de establecer cuáles son los impuestos que corresponden retener por este servicio personal, pues el Impuesto a la Renta Personal y el Impuesto al Valor Agregado tienen distintos criterios de territorialidad.




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