Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Venta de inmueble

Pregunta:

Buenos días, una consulta por favor si una persona física contribuyente de IVA y renta UNIPERSONAL, sin movimiento, vende un edificio construido, ese edificio no está dentro de la unipersonal, se vende en un solo acto a un solo dueño, estaría gravado solamente por el IVA?, o al ser propiedad horizontal lo que se vende ya se considera más de dos inmuebles?
Agradezco desde ya sus comentarios profesionales.

Respuesta:
Al ser un solo acto, se considera como una venta ya que es una sola propiedad en su conjunto, si dicho inmueble no es parte de la unipersonal, califica como I. Renta Persona, y el contribuyente deberá expedir una factura en un talonario a parte como servicios personales, lo cual está afecto al IVA, Del 100% del importe a vender el 30% está gravado a la tasa de iva del 5%.

Pregunta:
Consulta el Art. 55 del Decreto 9371/12 de IRP dice que para ser contribuyente de Renta Personal por venta ocasional de inmuebles debe cumplirse dos requisitos:
Que el 30% del valor de la operación supere el rango de incidencia y
Que el total de los demás ingresos gravados de los últimos doce meses superen 36 salarios mínimos mensuales Y ESTE PUNTO NO SE DA CON MI CLIENTE, por tanto entiendo que no  le alcanzara tampoco la obligación de Renta Personal. Interpreto bien?

Respuesta:
Si asimismo, pero como él es unipersonal, el no se auto asigna remuneración?

Ojo: los gastos personales que anteriormente incluida como gastos unipersonales, califica como remuneración y por lo tanto como renta personal.

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