Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

Forma parte de nuestra Red

Espacio dedicado a temáticas: Contabilidad, Economía, Finanzas, Orientación laboral. Tecnología 5.0 Información sobre el mundo de Hoy. Aprender de manera fácil y práctica.
"Juntos por una Educación Mejor"

Seguidores de Sitiocontable

Busqueda recomendada

Te recomendamos utilizar el buscador del sitio para encontrar lo que estas buscando.

Tributación notificara a contribuyentes por email


Tributación utilizará correo electrónica para notificar a contribuyentes
 
La Administración Tributaria utilizará la dirección de correo electrónico de los contribuyentes para notificar las cuestiones relativas a trámites administrativos efectuados por los mismos.  Así lo dispone la resolución general Nº 86 aprobada recientemente por la Subsecretaría de Estado del Ministerio de Hacienda.
 
La dirección de correo electrónico declarado en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) es válido a todos los efectos tributarios. El contribuyente, los responsables o terceros podrán constituir una dirección de correo electrónico especial, con validez solo para la respectiva tramitación administrativa, en cuyo caso, deberán hacerlo en su primera presentación.
 
En caso de que el interesado no declare o no constituya una dirección de correo electrónico, las notificaciones se efectuarán por nota, conforme al artículo 201 de la Ley Nº 125/91. Igualmente las comunicaciones y requerimientos, relativos a los procesos de control y fiscalización de tributos  se realizarán por medios electrónicos.
 
Este es uno los cambios que ha introducido la SET tendiente a modernizar la gestión y facilitar el servicio a los contribuyentes, potenciando la utilización de medios electrónicos como medio de comunicación o notificación a la ciudadanía.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Lea las reglas:

Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.

Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
- Su comentario debe estar relacionado al contenido del post.
- No se aceptan comentarios tipo SPAM.
- No incluya links No necesarios en el contenido de su comentario.
- Si quieres dejar la url de tu blog, hazlo utilizando la opción OpenID.
- La caja de comentarios no es el lugar para pedir intercambio de links (para ello ve a la página de contacto).
- Ofensan personales, amenazas o insultos NO serán permitidos.

OBS: Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog.