Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
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Costo de Ventas Imagro

Buenas tardes, que conceptos están manejando para el costo de venta en las transacciones de venta de la hacienda vacuna puesto que tiene trascendencia relevante en la determinación impositiva, sería interesante saber el criterio.

No soy partidario de hacer el costo de venta en forma mensual, si en forma anual, una vez establecido los costos y gastos de la explotacion y distribuirlos en forma equitativa en funcion a la unidad animal bovina o el equivalente vaco o novillo, segun se dedique  la cria o invernada.
Tambien hay que considerar que existe una diferencia entre el costo de venta contable( se rige por la NIC 41 o por la Seccion 34 NIIF PYMES), que es casi igual a la venta, por ser medida a VNR, cosa que no es aceptada por el fisco, segun el articulo 67 del decreto 8279/2012.
Particularmente soy del criterio de aplicar la formula anual de CV= II+C-V+CP-V-IF.

Respuesta:


En el Decreto 8279 /12 no habla especificamente de los componentes que debe de tener el costo de venta, solo menciona que conforma el inventario, se entiende que del inventario se calcual del costo de produccción y por ende el costo de venta. por lo que este mismo solo menciona que forma parte del inventario: materias primas, productos veterinarios y alimentos balanceados, "entre otros" deja en el ¿? el criterio.
 
Ahora el decreto si menciona el tema del valor de realización el que fuera menor, lo cual generalmente al revalorizar, el valor justo va a ser generalmente los mismos costos incurridos, la forma como lo estoy organizando es en grandes rasgos de la siguiente manera
 
Se entiende que los componentes de costos de ventas a categorizar se debe de dividir por categorias como se muestra en el siguiente cuadro de ejemplo:
 
 
Tipo
Cantidad
Peso
Total


Cabezas
Kg.
Kg.







Vacas
6.886
430
2.960.980
Terneros - Hembra
1.920
200
384.000
Terneros - Macho
1.842
200
368.400
Desmamantes Hembras 2.158
300
647.400
Vaquillas Cbo9
1.416
380
538.080
Vaquillas Cbo8
1.097
430
471.710
Desmamantes Machos
2.375
300
712.500
Novillos Cbo8
10
460
4.600
Novillos Cbo9
1.210
380
459.800
Total
18.914       6.547.470
 
 
La estructura de costos que conforman estos mismos debe de contemplarce los siguientes items como parte de la Hoja de Costos de Producción por categoria como son (Los que están con amarillo son los que la SET conceptua como parte del inventario), y los que no están con amarillo son los que permite contabilizar directamente al gasto por devengamiento de este.
 
 
Semillas para pastura
Alimentación: pastura, heno, melaza
Vitaminas,
Ampollas para Inseminación si fuese el caso
Vacunas
Suministros como combustibles, lubricantes y otros
 
Operarios, jornaleros o capataces (debidamente documentado sus jornales).
Sanitación Animal
Gastos de Suplementación
Gastos de Reproducción
Forraje
Limpieza Pastura
Mant. Instalaciones - Vivienda
Mant. Instalaciones - Alambrados
Mant. Instalaciones - Corrales
Mant. Instalaciones - Corralones
Mant. Instalaciones - Tajamares
Mant. Instalaciones - Caminos
Mant. Instalaciones - Provisión de Agua
Mant. Instalaciones - Provisión de Luz
Mant. Rodados vinculados a la hacienda
 
Jornales de las cuadrilas, jornaleros o capataces debidamente documentados, pero en ese sentido tributariamente permite que se contabilidad directamente el gasto devengado, pero en teoria deberia formar parte del costo del ganado.
 
En el caso de la depreciación del ganado hembra, animales de carga, animales de transporte (equinos, etc.) es la misma situación, dbería formar parte del costo, pero la legislación tributaria permite que la depreciación se registre de manera separada, fuera del costo de venta.
 
El costo de ventas, se registra cuando se entrega el mismo, de manera simultánea el reconocimiento de la venta correspondiente.
 
Los otros costos y gastos se reconocen a medida que devengan.
 
EN ESE SENTIDO HAY UNA DIFERENCIA DE CRITERIO EN LO QUE ES LA DETERMINACION DEL COSTO DE VENTA QUE PERMITE HACIENDA VERSUS EL VERDADERO COSTEO QUE SE DEBERIA APLICAR PARA DETERMINAR COSTOS UNITARIOS REALES, QUE LE SIRVA AL EMPRESARIO PARA EL CALCULO DE SUS MARGENES DE GANANCIAS POR LOTE, O POR CATEGORIA.

Si, es correcto porque el Fisco cuando fiscaliza toma el parámetro de manera anual aplicando la fórmula de CV= II+C-V+CP-V-IF, hasta ahí las da el cuero.
 
Ahora depende del requerimiento del cliente o empresa, si es que quiere determinar costos reales por categoría, si es que queremos aplicar una verdadera contabilidad de costos y determinar el costo real unitario de producción que sería el costo de venta al vender.
 
La disyuntiva está que hacienda permite que devengemos algunos gastos o costos directamente al estado de resultados, que de acuerdo a los costos debería ser de manera proporcional de acuerdo a las unidades vendidas.
 
De esta situación en teoría se debería aplicar el criterio de la NIC 12 en cuanto a la determinación del Impuesto a la Renta Diferido, pero dicha práctica tributariamente en Paraguay no está reconocida.
 
Pienso que dependiendo del tipo de cliente si quiere un valor agregado a la información que prporcionemos para su toma de decisiones, vamos a tener que realizar dos tipos de costeos en para leo:
 
Uno estrictamente tributario de acuerdo al marco del IMAGRO, la cual estará formalizada en la contabilidad legal tributaria en los Libros Contables; y el otro el Costeo Contable Gerencial fuera de la contabilidad.
 

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