plusmedia


Nuestro nuevo sitio para compartir sobre contabilidad

Donaciones

Puedes realizar tu donación para que motives mas para seguir con este proyecto. El contenido y material publicados así como la asistencia impartida es completamente gratuita. Tu contribución permite que este sitio continue en funcionamiento.

Buscar Publicaciones Anteriores

Forma parte de nuestro SitioContable

Encontra en el Blog lo que estas buscando

Debido a la gran cantidad de información contenida en éste blog, te recomiendo utilizar el buscador del sitio para encontrar lo que estas necesitando.

Enviamos tus preguntas

Estimados/as Seguidores/as de Sitio Contable:

Si desean comunicarse con nosotros escribamos un correo a la siguiente direccion:

email

Gracias!

jueves, 26 de julio de 2012

Pensión por vejez

Reacciones: 

(Ley 375/56 Art. 59 y conforme a la Res. 2574/97)

Qué es la pensión por vejez?
En general la pensión se entiende como un seguro social frente a los riesgos
laborales (desempleo, accidente de trabajo, enfermedad, seguro médico,
invalidez...) o contra la vejez (jubilación) u otras circunstancias sobrevenidas por
dependencia como la discapacidad, viudez, orfandad, la separación o divorcio
y otras derivadas de la acción militar, a víctimas de atentados terroristas o por
sentencias derivadas de errores privados (accidentes laborales, accidentes de
tráfico, errores médicos...) o públicos (sentencias de prisión erróneas, dejación de
controles públicos, accidentes) que también pueden generar pensiones.
Una pensión (o seguro o subsidio), en relación con el seguro social o a la
seguridad social, es un pago, temporal o de por vida, que recibe una persona
cuando se encuentra en una situación, establecida por ley en cada país, que la
hace acreedora de hecho de una cantidad económica, ya sea de los sistemas
públicos de previsión nacionales o de entidades privadas.


Requisitos para accede al beneficio
• Tener cumplido 60 años de edad antes de febrero de 1999
• Tener 15 años de aporte como mínimo hasta febrero de 1999
Documentos Obligatorios
• Certificado de nacimiento original
• Cédula de identidad – original y fotocopia
• Carnet de asegurado - original y fotocopia
• Datos de los patrones en donde trabajó
• Entrada y salida correspondiente de cada empleador.
Documentos no obligatorios para anexar al expediente
• Fotocopia de contraseña de solicitud R.S.A. si trabajó antes de 1974
• Tarjeta de comprobación de derechos de cada patrón

No hay comentarios:

Publicar un comentario en la entrada

Lea las reglas:

Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.

Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
- Su comentario debe estar relacionado al contenido del post.
- No se aceptan comentarios tipo SPAM.
- No incluya links No necesarios en el contenido de su comentario.
- Si quieres dejar la url de tu blog, hazlo utilizando la opción OpenID.
- La caja de comentarios no es el lugar para pedir intercambio de links (para ello ve a la página de contacto).
- Ofensan personales, amenazas o insultos NO serán permitidos.

OBS: Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog.

Muchas Gracias por haber donado Un Clic, con este clic que has donado mantenemos la pagina lo cual lleva tiempo, dedicación y sobre todo las ganas de hacerlo. Tambien puedes apoyardono Donando via PayPal:

Quizás te interese también:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...