Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Personal que fallece

Buenos Días, quería hacerles 2 consultas:

1- Que corresponde abonar y que pasos realizar cuando fallece un funcionario con reposos por un caso de Cáncer????
2-Tengo el caso de un contratista que esta tiene a su cargo otra personas y sus personales no tiene todos facturas, el podría utilizar la autofactura para este caso????

Respuesta:

Caso 1:

Código Laboral Art. 91. En caso de despido sin justa causa dispuesto por el empleador, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción de seis meses, calculado en la forma mencionada en el inciso b) del artículo siguiente.

En caso de muerte del trabajador sus herederos tendrán derecho mediante la sola acreditación del vínculo, a una indemnización equivalente a la mitad prevista en el párrafo anterior; si el trabajador fuera soltero o viudo, queda equiparada a la viuda la mujer que hubiera vivido públicamente con el mismo, en aparente matrimonio durante un mínimo de dos años anteriores al fallecimiento 

ASEGURADO COTIZANTE FALLECIDO DOCUMENTOS OBLIGATORIOS 
• CERTIFICADO DE DEFUNCION ORIGINAL Y FOTOCOPIA
• CERTIFICADO DE MATRIMONIO ORIGINAL Y FOTOCOPIA
• CEDULA DE IDENTIDAD PARAGUAYA DEL FALLECIDO – ORIGINAL Y FOTOCOPIA
• CEDULA DE IDENTIDAD DEL PAIS EN DONDE TRABAJO EL FALLECIDO (DE ARGENTINA, BARSIL O URUGUAY) ORIGINAL Y 2 FOTOCOPIAS
• CEDULA DE IDENTIDAD PARAGUAYA Y/O ARGENTINA BRASILERA O URUGUAYA DE LA VIUDA – ORIGINAL Y FOTOCOPIA
• CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE HIJOS MENORES DE 18 AÑOS O MAYORES INCAPACITADOS
• DATOS PATRONALES EN DONDE TRABAJO EL FALLECIDO – ENTRADA Y SALIDA
• DATOS Y CERTIFICACIONES DE LAS EMPRESAS DEL PAIS EN DONDE TRABAJO (DIRECCION, DENOMINACION, AÑOS DE APORTES (DE ARGENTINA, BRASIL O URUGUAY) ORIGINAL Y 2 FOTOCOPIAS
• CERTIFICADO DE VIDA Y RESIDENCIA DE LA VIUDA.
• TARJETA DE COMPROBACION DE DERECHO DEL CAUSANTE POSTERIOR A JUNIO/2005
• SI TIENE MENOS DE 15 AÑOS DE APORTES: VENCE A LOS 1 AÑO DEL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO
• SI TIENE MAS DE 15 AÑOS DE APORTES: VENCE A LOS DOS AÑOS DEL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO
• LA VIUDA DEBE TENER 40 AÑOS DE EDAD O MAS
• Si el monto resultante del cálculo de la liquidación de la pensión es mayor a 1.000.000 Gs., deberá presentar SENTENCIA DECLARATORIA DE HEREDEROS.
• La concubina deberá presentar Resolución que acredite el Matrimonio Aparente con el causante emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial; además estar inscripta como beneficiaria del causante en el Departamento de Identificaciones de I.P.S.

Caso 2:
Si podría usar la autofactura sino no es más del salario mínimo y en promedio a 12 salarios anuales por persona.

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