Simplifica la contabilidad para emprendedores, estudiantes y profesionales con recursos prácticos y consejos claros. Nuestro objetivo es guiar a nuestros lectores hacia una gestión financiera eficiente y exitosa en sus negocios y proyectos personales.

Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

Bienvenidos a Contable Smart

En Contable Smart, encontrarás todo lo que necesitas saber sobre contabilidad de manera sencilla y práctica. Nuestro objetivo es ofrecerte recursos, consejos y herramientas inteligentes para ayudarte a gestionar tus finanzas y contabilidad con confianza y eficiencia. Ya seas un emprendedor, un profesional independiente o simplemente alguien interesado en el mundo contable, aquí encontrarás contenido valioso que te guiará en cada paso del camino. Explora nuestros artículos, guías y tutoriales diseñados para hacer de la contabilidad algo accesible y fácil de entender. Únete a nuestra comunidad y transforma tu forma de ver y manejar la contabilidad. ¡Bienvenido a la nueva era de la contabilidad inteligente!

Busqueda recomendada

Te recomendamos utilizar el buscador del sitio para encontrar lo que estas buscando.

Seguidores de Contable Smart

▷ IRP: Cambios que rigen desde el 2017 ◁

A continuación se presen­tan detalles y precisiones, elaborados por el licenciado Carlos Zapata, de Alianza Consultores, sobre las mo­dificaciones del Impuesto a la Renta Personal por medio del decreto 6560, que una vez publicado en la Gaceta Oficial se cambian las reglas para los contribuyentes a pocos días del final del ejercicio fiscal.


 ¿DESDE CUÁNDO SE APLICAN ESTOS CAMBIOS?

-(Art. 8 Dto. 6550/16)Todos los cambios se aplica­rán a partir de la vigencia del Decreto, si es que se publica antes del 31-12-16, se apli­cará para la liquidación de impuestos de los doce meses del ejercicio fiscal 2016, a ex­cepción de lo siguiente que empezará a regir a partir del 1 de enero de 2017: a) Nue­vos requisitos de deducción de las donaciones, b) Nueva estructura de deducción de gastos e inversiones, c) In­gresar directamente las re­tenciones de IRP sin presen­tar las declaraciones juradas de retenciones.