Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Tributos y sus características


TRIBUTO. DEFINICIÓN
Los Tributos son una clase o modalidad de ingresos públicos.
El Dr. Carlos Mersán, en su libro "Derecho Tributario", Séptima Edición define al Tributo como: "Toda prestación pecuniaria debida al Estado u otros organismos de Derecho Público, por los sujetos obligados en virtud de una norma legalmente establecida, para satisfacer los requerimientos del desarrollo nacional".
De acuerdo al Modelo de Código Tributario para América Latina: "Los Tributos son prestaciones de dinero que el Estado en ejercicio de su poder de imperio exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines".  

Según las expresiones de Giuliani Fonrouge: "El tributo es una prestación obligatoria, comúnmente en dinero, exigida por el Estado en virtud de su poder de imperio y que da lugar a relaciones jurídicas de carácter público".

LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL TRIBUTO
Las características principales del tributo son:
Es una obligación pecuniaria, es decir, se concreta con el pago de una cantidad de dinero. Podría darse, en forma excepcional el pago en especies, pero en el Derecho Tributario moderno no se conocen tributos pagados en especies o en servicios.

Prestación impuesta obligatoriamente en virtud de la potestad tributaria del Estado.
Esta Potestad Tributaria la ejerce el Estado a través de la Ley. Por esta causa se dice que la obligación de pagar el tributo es una obligación ex lege.
Su fuente jurídica es la voluntad legal del Estado y no la voluntad de los obligados, aún cuando en el supuesto de hecho previsto en la norma como generador de la obligación, tenga injerencia la voluntad de los obligados. 
Tiene por objeto obtener recursos para cumplir con los fines del Estado.
Este es el objeto principal pero cada vez se usa en mayor grado, el tributo como instrumento de desarrollo económico y con fines extra fiscales y no recaudatorios.
Otros autores mencionan como elemento distintivo, la condición de que el gravamen responda a la capacidad contributiva y que se ajuste a los principios constitucionales del Estado, tales como: legalidad, igualdad y generalidad

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