Compañeros/as:
Quisiera consultar su opinión respecto al siguiente tema:
Tengo el caso de una persona jurídica que es contribuyente únicamente del IMAGRO. Ha decidido otorgar un préstamo monetario a uno de sus gerentes, de forma extraordinaria, ya que usualmente no entrega préstamos a sus funcionarios o gerentes.
El Art. 6º de la Resolución Nº 1.346/05 expresa que "los préstamos o colocaciones que realicen los contribuyentes del Impuesto no podrán generar en ningún caso un interés a tasas inferiores a las que se establecen" en esta resolución. Entonces, si un contribuyente del IRACIS otorga préstamos, aunque estos fueran gratuitos, calcula intereses presuntos a fin de liquidar el impuesto sobre éstos.
¿Cuál sería el tratamiento en este caso, en que la persona que otorga el crédito sólo es contribuyente de IMAGRO? ¿Deberían igualmente calcularse intereses presuntos, considerando que la obligación de calcularlos se encuentra establecida en otro impuesto a la renta, que no es el de las Actividades Agropecuarias? En caso afirmativo, cómo se ingresaría el impuesto?
Quisiera consultar su opinión respecto al siguiente tema:
Tengo el caso de una persona jurídica que es contribuyente únicamente del IMAGRO. Ha decidido otorgar un préstamo monetario a uno de sus gerentes, de forma extraordinaria, ya que usualmente no entrega préstamos a sus funcionarios o gerentes.
El Art. 6º de la Resolución Nº 1.346/05 expresa que "los préstamos o colocaciones que realicen los contribuyentes del Impuesto no podrán generar en ningún caso un interés a tasas inferiores a las que se establecen" en esta resolución. Entonces, si un contribuyente del IRACIS otorga préstamos, aunque estos fueran gratuitos, calcula intereses presuntos a fin de liquidar el impuesto sobre éstos.
¿Cuál sería el tratamiento en este caso, en que la persona que otorga el crédito sólo es contribuyente de IMAGRO? ¿Deberían igualmente calcularse intereses presuntos, considerando que la obligación de calcularlos se encuentra establecida en otro impuesto a la renta, que no es el de las Actividades Agropecuarias? En caso afirmativo, cómo se ingresaría el impuesto?
Saludos!
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