Atte
Respuesta:
Ojo muchachos tengan en cuenta lo que dice la Resolución 915/2006 en su ,
Art. 14°. PAGO DE DIVIDENDOS Y UTILIDADES. DOCUMENTACIÓN.- Los contribuyentes que paguen dividendos o utilidades deberán documentar dicha erogación con la expedición del recibo oficial de la empresa, en duplicado, quedando el original en poder del contribuyente y el duplicado en poder del beneficiario del pago.
Descargar Recibo de Dinero
Alquien me podria facilitar un modelo de recibo de aporte de dinero por parte de accionistas a la sociedad para aumento de capital
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