yo también tengo un caso de un contribuyente del IRPC e IVA general que desea aportar al IPS, esto es posible?
Puedo inscribirle como patrón y empleado al mismo tiempo?, porque sólo el contribuyente quiere aportar.
Respuesta:
Si es que la persona ya aportó alguna vez lo que puede hacer es ingresar por el derecho a la continuidad, que es la posibilidad que tiene el asegurado que se retira de su trabajo por cualquier causa, y que no tiene reunidos los requisitos necesarios para obtener una Jubilación Ordinaria, de seguir aportando al Fondo de Jubilaciones al sólo efecto de completar los aportes y años exigidos para obtener un haber jubilatorio. En este caso el aporte será de 12.5% sobre el promedio de los últimos 36 salario percibidos por el empleado y caso se haya dejado de aportar por más de 24 meses se actualizará conforme a la variación del IPC y variación del salario mínimo.
Espero les sirva la información
Puedo inscribirle como patrón y empleado al mismo tiempo?, porque sólo el contribuyente quiere aportar.
Respuesta:
Si es que la persona ya aportó alguna vez lo que puede hacer es ingresar por el derecho a la continuidad, que es la posibilidad que tiene el asegurado que se retira de su trabajo por cualquier causa, y que no tiene reunidos los requisitos necesarios para obtener una Jubilación Ordinaria, de seguir aportando al Fondo de Jubilaciones al sólo efecto de completar los aportes y años exigidos para obtener un haber jubilatorio. En este caso el aporte será de 12.5% sobre el promedio de los últimos 36 salario percibidos por el empleado y caso se haya dejado de aportar por más de 24 meses se actualizará conforme a la variación del IPC y variación del salario mínimo.
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