Agregados al Post Anterior Ingresos Diferidos
Un comentario nada mas, esta situación se da normalmente con las licitaciones públicas que por una cuestión de presupuesto solicitan la facturación anticipada sin que ni siquiera la empresa haya adquirido ningún tipo de mercaderías. Esta situación se tiene que respaldar bien, caso contrario puede traer inconvenientes.
Estimados Colegas interesante el planteo, tengo el mismo inconveniente con Los Auditores. Como podemos cubrir o respaldar este caso, algún colega tiene conocimiento de consulta vinculante o Jurisprudencia?
Estimados Colegas interesante el planteo, tengo el mismo inconveniente con Los Auditores. Como podemos cubrir o respaldar este caso, algún colega tiene conocimiento de consulta vinculante o Jurisprudencia?
Auditoria Fiscal tributaria plantea reconocer ya como resultado en el ejercicio que se facturo.
Gracias
Respuesta:
El tema es que particularmente yo entiendo así.
Según el art. 7 de la ley 125/91 es bien claro, establece la renta bruta y dice:
a) Constituirá renta bruta la diferencia entre el ingreso total proveniente de las operaciones comerciales, industriales o de servicio y el costo de las mismas.(en este caso no existe costo).
Cuando las operaciones impliquen enajenación de bienes, la renta estará dada por el total de ventas netas menos el costo de adquisición o de producción o en su caso el valor a la fecha de ingreso al patrimonio o el valor del último inventario.
El criterio que utilice para este caso es la de registrar como Ingreso diferido y una vez recibida la mercadería y realizada la entrega reconocer como ingreso. Este criterio concuerda con la NIC 18 que habla de los Ingresos Punto 14.
La empresa trabaja con el Estado y emite la factura por los anticipos que solicita, inicia el proceso de importación y posterior entrega.
Como convencerle a los auditores, busque casos parecidos que se hayan planteado por medio de alguna consulta vinculante y no encontré nada.
Saludos
Según el art. 7 de la ley 125/91 es bien claro, establece la renta bruta y dice:
a) Constituirá renta bruta la diferencia entre el ingreso total proveniente de las operaciones comerciales, industriales o de servicio y el costo de las mismas.(en este caso no existe costo).
Cuando las operaciones impliquen enajenación de bienes, la renta estará dada por el total de ventas netas menos el costo de adquisición o de producción o en su caso el valor a la fecha de ingreso al patrimonio o el valor del último inventario.
El criterio que utilice para este caso es la de registrar como Ingreso diferido y una vez recibida la mercadería y realizada la entrega reconocer como ingreso. Este criterio concuerda con la NIC 18 que habla de los Ingresos Punto 14.
La empresa trabaja con el Estado y emite la factura por los anticipos que solicita, inicia el proceso de importación y posterior entrega.
Como convencerle a los auditores, busque casos parecidos que se hayan planteado por medio de alguna consulta vinculante y no encontré nada.
Saludos
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