Pregunta:
Podrían ayudarme a disipar mi duda?
Que tipo de cambio debe utilizarse para registrar el pago de una deuda contraída en dólares. El pago lo debito de mi cuenta de banco en dólares. Donde puedo encontrar la normativa que rige este tipo de registros?
La persona que actualmente realiza el registro realiza la conversión del pago al tipo comprador, ya que dice que porque utiliza su disponibilidad y a fin de mes con los ajustes de saldos por diferencia de cambio queda el saldo correcto de la deuda en moneda nacional, pero lo que no me cierra es como una obligación que estamos pagando registramos al tipo comprador y cuando adquirimos la obligación la registramos al tipo vendedor.
Respuesta:
El criterio es: Activo = Comprador Pasivo = Vendedor
Descargar material: Moneda Extranjera
Si tienen problema con la descarga me avisan.
yo tengo una duda practica con respecto a deudas en moneda extranjera, cursando estados contables en una practica me toco valuar un prestamo en M/E y resulta que habia tres momentos registrados:1) En la compra, se registraba la diferencia entre TC y tipo de cambio vendedor. 2) se pagaba parte de la deuda y se registraba la dif de cotizacion y 3) la valuacion al cierre.mi duda es el primer paso ya que es la primera vez q lo veo.es decir reconocer la diferencia entre TC y TP.
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