Quisiera consultarles si existe alguna ley, resolución, o algo que hable del fallo de caja en forma legal.
A nivel de normas contables tampoco existe o sea se toma el fallo de caja solo por política institucional.
Desde ya muchas gracias por la atención y ayuda de siempre.
Respuesta:
A mi criterio el fallo de caja es una política institucional de las entidades financieras (Banco. financiera y cooperativa) que lo fijan de acuerdo a los promedios probables de errores en caja.
Algunas instituciones lo hacen en forma trimestral o semestral, (este fallo de caja de estar contemplado en el contrato laboral del cajero como posible ingreso).
El fallo de Caja, normalmente se utiliza como resguardo para el Cajero, para diferencias de Caja.
No hace falta que este estipulado en el contrato laboral en algunos casos. El monto depende de la política institucional vuelvo a recalcar bancos, financieras, cooperativas, supermercados.
Las diferencias de Caja, previo arqueo documentado son perdidas por fallo de caja.
Cada cierto tiempo, podría ser 6 meses, la diferencia sobrante, entre lo estipulado por la institución menos la perdida por falla de caja se abona al Cajero.
Lo que se abona al Cajero debe tratarse como un salario adicional, con las normas vigentes para este tema.
Se recomienda también que no sean compensables sobrante/faltante de caja, ya que el Cajero al tener faltante podría buscar deliberadamente el sobrante para cubrir lo primero. Otro punto a tener en cuenta, es que el quebranto de Caja ME debe ser superior al de Caja MN.
A nivel de normas contables tampoco existe o sea se toma el fallo de caja solo por política institucional.
Desde ya muchas gracias por la atención y ayuda de siempre.
Respuesta:
A mi criterio el fallo de caja es una política institucional de las entidades financieras (Banco. financiera y cooperativa) que lo fijan de acuerdo a los promedios probables de errores en caja.
Algunas instituciones lo hacen en forma trimestral o semestral, (este fallo de caja de estar contemplado en el contrato laboral del cajero como posible ingreso).
El fallo de Caja, normalmente se utiliza como resguardo para el Cajero, para diferencias de Caja.
No hace falta que este estipulado en el contrato laboral en algunos casos. El monto depende de la política institucional vuelvo a recalcar bancos, financieras, cooperativas, supermercados.
Las diferencias de Caja, previo arqueo documentado son perdidas por fallo de caja.
Cada cierto tiempo, podría ser 6 meses, la diferencia sobrante, entre lo estipulado por la institución menos la perdida por falla de caja se abona al Cajero.
Lo que se abona al Cajero debe tratarse como un salario adicional, con las normas vigentes para este tema.
Se recomienda también que no sean compensables sobrante/faltante de caja, ya que el Cajero al tener faltante podría buscar deliberadamente el sobrante para cubrir lo primero. Otro punto a tener en cuenta, es que el quebranto de Caja ME debe ser superior al de Caja MN.
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