Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Fletes Importación

Buenos días a todos....

Tengo una duda con respecto a las facturas de fletes de importación de mercaderías y/o activos fijos; según tengo entendido, los montos contemplados en el Despacho de Importación por concepto de Fletes deben ser los mismos que el proveedor del servicio de fletes entrega a la empresa que realiza la importación; sin embargo, ya he tenido casos donde los valores no son iguales y según me dijo una colega, los valores que se reflejan en el Despacho son a mero efecto de determinar el IVA del despacho....

Por favor, les agradecería que me aclaren esta duda

Saludos cordiales

Respuesta:

Buen día

El Valor de Flete que la DNA coloca en la liquidación del SOFIA para componer el Valor CIF  es al solo efecto de tomarlo como Base Imponible para liquidar las Tasas e Impuestos abonados en la importación, y no tiene porque ser el mismo valor. Hay veces que el Dpto. de Valoración puede proceder a ajustar los valores que figuran en las Facturas que facilita el importador y te pueden modificar el Valor de la Mercadería, del Flete y del Seguro.

Por lo tanto al momento de hacer la registración contable se realiza según los documentos facilitados por el Exportador, a los que se suma las Tasas e  Impuestos abonados en la Aduana.

El importador debe entregar al Despachante los documentos que respalden la importación, tanto de la factura de mercaderías, flete y seguro.

La Aduana está en su derecho de aceptar esos valores o caso contrario ajustarlos  según los antecedentes de productos similares u parecidos.  Pues me imagino que "jamás" ningún importador presento facturas con valores subvalorados para pagar menos impuestos ;)

Nota 1: Los ajustes en mi experiencia jamás lo hicieron para abajo siempre lo ajustan para arriba.

Nota 2:  Si el  ajuste proviene porque el Despachante o sus auxiliares cargaron incorrectamente los datos en el Sistema Sofía y lo oficializaron y la Aduana lo detecta, te pueden aplicar ajustes tanto de Valor e Impuestos y recargos por el Hecho, en esos casos como nos ocurre a los contadores el que debe pagar los Recargos de la importación es el Despachante.

Es conveniente cuando se importen productos con la condición FOB se envié copia  de la factura de Flete y seguro, caso contrario la aduana toma sus precios de referencia y siempre son más altos que lo pagado en la realidad.

En los Casos CIF y C&F si pueden venir discriminado en la Factura mucho mejor, tanto para la Aduana como al momento de tener que realizar las retenciones de IVA y Renta si corresponde, pues tenemos los valores imponibles.

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