Una SA constituida hace 2 años, en el momento de la constitución los accionistas dieron como integración de aportes de capital un inmueble situado en la ciudad de Asunción.
Al poco tiempo deciden desarrollar un proyecto inmobiliario (construcción de edificio) en el inmueble que fuera transferido como integración de capital; ahora es el momento de realizar los costos; se puede tomar el valor del inmueble como parte del costo de los departamentos terminados?
La lógica me dice que el terreno es el principal costo, pero tengo una controversia con la auditoria que me dice que no, porque fue transferido como aporte de capital.
Me ayudan a encontrar sustento legal ya sea para lo que me dicen los auditores o para el criterio que yo tengo.
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