Referente a disposiciones de nueva Resolución General Nº° 28 del 04/06/14 de la SET. Art. 9 – ARRENDAMIENT RURAL
Tengo un cliente con S.A. que se halla inscripta en IRACIS Y SU ACTIVIDAD PRINCIPAL ES EL ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y SERVICIOS.
Entre sus inmuebles posee 3 fincas en el Dpto. de Villa Hayes, que arrienda a terceros que se dedican a la cría de ganado. El arrendamiento se cobra por cabeza de ganado.
La sociedad tiene personal, animales de trabajo (bueyes y caballos) y animales de sustento para el personal (cabras y gallinas). Se halla inscripta en SENACSA por los animales citados (bueyes y caballos) que son en total 12.
El resto de los bienes inmuebles se encuentran en el dpto. Central y Cordillera, y los mismos están arrendados a terceros en su mayoría.
Se debe inscribir en IRAGRO?
Respuesta:
Asimismo debe cambiar el régimen de impuesto de IRACIS A IRAGRO, tendría que liquidar su IVA agropecuario y su IRAGRO en este año
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