Buenas, tengo una consulta sobre las remuneraciones que se auto asignan los propietarios de empresas unipersonales.
Tengo entendido que la remuneración deberá estar respaldada por la factura de la propia empresa unipersonal, el ingreso va en el rubro 1 inciso d casilla 13 (formulario 120) y la parte que corresponde a sus gastos (mismo monto y misma factura) va al rubro 5 inciso j casilla 66 y da efecto cero. La pregunta ahora es, si puedo utilizar otros gastos personales del propietario para su crédito, si puedo, a que casilla se va?
Gracias
Tengo entendido que la remuneración deberá estar respaldada por la factura de la propia empresa unipersonal, el ingreso va en el rubro 1 inciso d casilla 13 (formulario 120) y la parte que corresponde a sus gastos (mismo monto y misma factura) va al rubro 5 inciso j casilla 66 y da efecto cero. La pregunta ahora es, si puedo utilizar otros gastos personales del propietario para su crédito, si puedo, a que casilla se va?
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