Buenas tardes
Una consulta, la venta de Departamentos Horizontales (Edificios) bajo que tasa de IVA estará gravada??? Y cuál es la base imponible??? ya que tango una duda, si los mismos son considerados Inmuebles o como una vivienda construida, viendo lo mencionado en la Ley 125/91 Modificado por la Ley 2421/04 Art. 82 Párrafo cuatro establece como base imponible 30% del precio de venta (30% gravada y 70% exenta) y en el Art. 91 inciso a) establece la tasa del 5%
Les agradezco de antemano sus respuestas
Saludos cordiales....
Una consulta, la venta de Departamentos Horizontales (Edificios) bajo que tasa de IVA estará gravada??? Y cuál es la base imponible??? ya que tango una duda, si los mismos son considerados Inmuebles o como una vivienda construida, viendo lo mencionado en la Ley 125/91 Modificado por la Ley 2421/04 Art. 82 Párrafo cuatro establece como base imponible 30% del precio de venta (30% gravada y 70% exenta) y en el Art. 91 inciso a) establece la tasa del 5%
Les agradezco de antemano sus respuestas
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Respuesta:
El cálculo que has realizado es correcto. Se aplica la tasa del 5% sobre el 30% del Valor de la venta.
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