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Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
Monto Total:
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Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
Importe sin IVA: | 0,00 | |
Importe Exento: | 70% | 0,00 |
Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
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Emision Boleta de Venta
Art. 15 Operaciones Exceptuadas de la Obligacion de Expedir Comprobantes de Venta; Al final de las operaciones del dia se debera emitir una Boleta de Venta por el monto total de las transacciones realizadas por las cuales no se haya expedido Comprobante de Venta.
Si tomamos como Ej. una Despensa que en un dia X vendio varias mercaderias por importes que no superaron lo 20.000 guaranies
Juan Perez 1 jabon G. 1.500
Pacifico Guerero 1/4 azucar G. 2.000
Maria 1/2 kg. galleta G. 1.000
Pedro
1 pan G. 1.000
Quisiera saber como seria el llenado del Comprobante de Venta(en cuanto a la CANTIDAD, DESCRIPCION, PRECIO UNITARIO etc),
Respuesta:
Emitis una boleta de venta que la podes llenar así:
Fecha: 16 - 04 - 2012
Razón Social : xx (sin datos)
RUC : xx
Descripción: Por mercaderías vendidas en el día
Valor : G. 4.500
Fin.
Saludos
Acta para asamblea ordinaria
Modelo de acta para asamblea ordinaria
ACTA DE ASAMBLEA Nº 10XX0
En la Ciudad de xxxxxxx, Capital de la Republica del Paraguay en el local social sito en la calle xxxxxxxx Nº xxx, a los veinte y tres días del mes de abril del año dos mil xxxx siendo las 13:00 horas, se reúnen en Asamblea General Ordinaria los Accionistas de HERMOWILL S.A.C, el Lic. xxxxxxxxx con 500 acciones representando 500 votos, y la Lic. xxxxxxxxxxxx con 500 acciones representando 500 votos, cuyas firmas y domicilio figuran en el libro de Asistencia de Accionistas a Asamblea, así mismo se destaca la presencia del Sindico Titular la Lic. Xxxxx a fin de tratar el siguiente
Orden del Día.:
Orden del Día.:
Informe del síndico modelo
Este es un Informe del síndico de empresa, emitido al cierre del ejercicio.
Espero que sea de ayuda para todos ustedes. No olviden copiarlo...
Espero que sea de ayuda para todos ustedes. No olviden copiarlo...
Resolución N° 105/2012 Seprelad
Se amplia hasta el 30 de junio de 2012 para las Inscripción Contribuyentes registrados en los rubros de las siguientes actividades declaradas: casas de empeño, organización sin fines de lucro, remesadoras, inmobiliarias, personas físicas o jurídicas que se dedican de manera habitual al comercio de joyas, piedras y metales preciosos, objetos de artes y antigüedades, inversión filatelica o munismatica.
Este ya habia vencido en 30 de Marzo de 2012, siendo esta es la resolución que modifica su prorroga.
Este ya habia vencido en 30 de Marzo de 2012, siendo esta es la resolución que modifica su prorroga.
Descargar Resolución N° 105/2012
Provisiones IRACIS
Hola buenas, una consulta sobre remuneración, yo provisiones mensualmente mi remuneración, pero facture el monto total en diciembre eso es deducible para mi igual si no facture mensualmente.
Respuesta:
El IRACIS es de periodicidad anual por lo tanto indistintamente al mes que provisionaste es deducible, siempre que sea dentro del periodo anual fiscal, por lo que es deducible para la determinación del impuesto a la renta por IRACIS.
Provisionas tu gasto sin factura? yo creo que eso esta incorrecto, porque ahí tenes una contingencia de IVA deberías de contabilizar mensualmente y facturar mensualmente….
Es mi comentario.
Respuesta:
El IRACIS es de periodicidad anual por lo tanto indistintamente al mes que provisionaste es deducible, siempre que sea dentro del periodo anual fiscal, por lo que es deducible para la determinación del impuesto a la renta por IRACIS.
Provisionas tu gasto sin factura? yo creo que eso esta incorrecto, porque ahí tenes una contingencia de IVA deberías de contabilizar mensualmente y facturar mensualmente….
Es mi comentario.
Pago de IRACIS
Buenos dias, tengo la siguiente duda y quisiera conocer sus opiniones:
Es bien sabido que una sociedad que posea acciones en otras empresas y que si el lucro que genere dichas acciones llegase a superar el 30% de las utilidades obtenidas en el rubro principal de la empresa, esta alcanzado nuevamente por el IRACIS, ahora bien mi duda radica en que esto es aplicable únicamente a las sociedades o también a las unipersonales. Ya que poseo un cliente con una unipersonal, que va a comprar acciones en otras empresas y por lo calculado las utilidades que le generen esas acciones van a superar ampliamente el 30% que el obtiene de su unipersonal.
O simplemente no registro no mas esa compra de acciones dentro de la unipersonal y las tomo que las está comprando a título personal no más? El día que rija la Renta Personal estará recién alcanzada dicha utilidad. Creo...?
Respuesta:
Te recomiendo leer la SENTENCIA NUMERO 665 del 08 de setiembre de 2011, de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala Constitucional, que declara inaplicable el Art. 14 numeral 1) inciso a) de la N 125)91 modificada por la Ley N 2421/2004.
Es bien sabido que una sociedad que posea acciones en otras empresas y que si el lucro que genere dichas acciones llegase a superar el 30% de las utilidades obtenidas en el rubro principal de la empresa, esta alcanzado nuevamente por el IRACIS, ahora bien mi duda radica en que esto es aplicable únicamente a las sociedades o también a las unipersonales. Ya que poseo un cliente con una unipersonal, que va a comprar acciones en otras empresas y por lo calculado las utilidades que le generen esas acciones van a superar ampliamente el 30% que el obtiene de su unipersonal.
O simplemente no registro no mas esa compra de acciones dentro de la unipersonal y las tomo que las está comprando a título personal no más? El día que rija la Renta Personal estará recién alcanzada dicha utilidad. Creo...?
Respuesta:
Te recomiendo leer la SENTENCIA NUMERO 665 del 08 de setiembre de 2011, de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala Constitucional, que declara inaplicable el Art. 14 numeral 1) inciso a) de la N 125)91 modificada por la Ley N 2421/2004.
Inscripcion de Personas Fisicas
Continuacion del post anterior para ampliar el debate dietas en cooperativas
Creo que la respuesta es correcta, pero es algo más complicado de hacer:
a) Si tiene RUC, debe facturar, no puede firmar autofactura.
b) Si no tiene RUC, puede firmar autofactura, siempre que en el año civil anterior no haya cobrado por SERVICIOS, más del sueldo mínimo en promedio.
La razón que un profesional pueda firmar autofacturas, por dietas de la cooperativa, estriba en que no es el ejercicio efectivo de su profesión. No obstante, no puede firmar en ningún caso autofactura por servicios, si ya tiene RUC.
Respuesta:
Para reforzar el debate….según el Art.6º del decreto 6806/05 es cuanto sigue: Contribuyentes: son contribuyentes del Impuesto:
a) Las personas físicas por la prestación de servicios personales en forma independiente, debiendo tributar el impuesto por la totalidad de sus actos gravados.
A tales efectos, los profesionales universitarios adquirirán tal carácter cualquiera sea el monto de sus ingresos, en tanto que las demás personas físicas lo serán cuando el ingreso bruto del año civil anterior haya sido superior a 12 salarios mínimos para actividades diversas no especificadas……..
Las personas físicas que presten servicios personales, excepto los profesionales universitarios, que inicien actividades durante la vigencia de la ley que se reglamenta, para determinar si quedan o no comprendidas como contribuyentes, deberán proporcionar los ingresos devengados desde el comienzo de sus actividades hasta el 31 de diciembre del mismo año, quedando obligadas por el impuesto si dicho promedio supera a 1 salario mínimo mensual para actividades diversas……
Espero les sea de utilidad.
Creo que la respuesta es correcta, pero es algo más complicado de hacer:
a) Si tiene RUC, debe facturar, no puede firmar autofactura.
b) Si no tiene RUC, puede firmar autofactura, siempre que en el año civil anterior no haya cobrado por SERVICIOS, más del sueldo mínimo en promedio.
La razón que un profesional pueda firmar autofacturas, por dietas de la cooperativa, estriba en que no es el ejercicio efectivo de su profesión. No obstante, no puede firmar en ningún caso autofactura por servicios, si ya tiene RUC.
Respuesta:
Para reforzar el debate….según el Art.6º del decreto 6806/05 es cuanto sigue: Contribuyentes: son contribuyentes del Impuesto:
a) Las personas físicas por la prestación de servicios personales en forma independiente, debiendo tributar el impuesto por la totalidad de sus actos gravados.
A tales efectos, los profesionales universitarios adquirirán tal carácter cualquiera sea el monto de sus ingresos, en tanto que las demás personas físicas lo serán cuando el ingreso bruto del año civil anterior haya sido superior a 12 salarios mínimos para actividades diversas no especificadas……..
Las personas físicas que presten servicios personales, excepto los profesionales universitarios, que inicien actividades durante la vigencia de la ley que se reglamenta, para determinar si quedan o no comprendidas como contribuyentes, deberán proporcionar los ingresos devengados desde el comienzo de sus actividades hasta el 31 de diciembre del mismo año, quedando obligadas por el impuesto si dicho promedio supera a 1 salario mínimo mensual para actividades diversas……
Espero les sea de utilidad.
Dietas en cooperativas
Buenos días
Estoy teniendo una duda, la dieta cobrada por un Socio en su carácter de miembro de algún comité, y siendo este socio un profesional, debe emitir una factura Gravada o exenta por este servicio?
El socio es un licenciado en bibliotecología, se inscribe en el RUC como tal o cual sería la actividad a inscribirse para poder percibir la remuneración correspondiente?
Gracias
Respuesta:
Para facturar en la cooperativa debe inscribirse en servicios personales y facturar exenta por ser una operación del socio con su cooperativa
Estoy teniendo una duda, la dieta cobrada por un Socio en su carácter de miembro de algún comité, y siendo este socio un profesional, debe emitir una factura Gravada o exenta por este servicio?
El socio es un licenciado en bibliotecología, se inscribe en el RUC como tal o cual sería la actividad a inscribirse para poder percibir la remuneración correspondiente?
Gracias
Respuesta:
Para facturar en la cooperativa debe inscribirse en servicios personales y facturar exenta por ser una operación del socio con su cooperativa
Pago por raleo
Buenos días:
Cómo se podría documentar el raleo de una plantación de eucaliptos realizado por un grupo de personas que no están inscriptos como contribuyentes ni del IVA ni de Renta?
Respuesta:
Tendrías que revisar la reglamentación si cae en la utilización de Autofactura.
Cómo se podría documentar el raleo de una plantación de eucaliptos realizado por un grupo de personas que no están inscriptos como contribuyentes ni del IVA ni de Renta?
Respuesta:
Tendrías que revisar la reglamentación si cae en la utilización de Autofactura.
Pagos al Fisco de multas
Buenas tengo un cliente bueno estoy pensando si va a ser mi cliente porque es medio complicado el tema, que me solicito que le gestione nuevos formularios de facturas el es un ingeniero de obras y tiene un aserradero.
La consulta es lo siguiente el solicito la primeras tiradas de facturas a través de un fulano cualquiera le mandaron a imprimir 10 talonarios de 50 cada una, yo le solicite que me traiga las declaraciones del IVA y demás pero grande fue ni sorpresa porque me trajo los talonarios y de los 10 talonarios de 50 hojas cada una solo llego a utilizar una hoja de 330.000 por ende su IVA es de 30.000 mil del 31 de marzo del 2010, desde ahí hasta la fecha no utilizo mas ninguna factura ya que el Sr. se había ido de viaje a España por temas laborales, el mes pasado regreso y quiere volver a abrir su negocio: mi consulta es como puedo hacer para ponerle al día con el fisco es la primera vez que me sucede es por eso que para algunos le van a parecer algo sencillo pero para mi no espero sepan ayudarme para poder solucionar el inconveniente que tengo
Desde ya muchas gracias.
Respuesta:
Buenos días a todos, los pasos que creo tenes que seguir:
1ro. Verificar el vencimiento del timbrado de las facturas.
2do. Si están vencidas, tenes que dar de baja utilizando el formulario 621 (si estoy en lo correcto) y pagar la multa.
3ro. Ver los formularios 120 (IVA) presentados y a partir del último prepararlos y presentarlos con la multa correspondiente, hasta la fecha.
4to. Una vez regularizado todo lo anterior, solicitar las facturas nuevas a cualquier imprenta habilitada (sólo lo necesario).
También podes solicitar el estado del cliente, para ver si hay algo pendiente para asegurar la impresión de las nuevas facturas, o sino espera si le salta algo a la imprenta que impida la impresión.
Espero te sirva como base para salvar esta situación.
La consulta es lo siguiente el solicito la primeras tiradas de facturas a través de un fulano cualquiera le mandaron a imprimir 10 talonarios de 50 cada una, yo le solicite que me traiga las declaraciones del IVA y demás pero grande fue ni sorpresa porque me trajo los talonarios y de los 10 talonarios de 50 hojas cada una solo llego a utilizar una hoja de 330.000 por ende su IVA es de 30.000 mil del 31 de marzo del 2010, desde ahí hasta la fecha no utilizo mas ninguna factura ya que el Sr. se había ido de viaje a España por temas laborales, el mes pasado regreso y quiere volver a abrir su negocio: mi consulta es como puedo hacer para ponerle al día con el fisco es la primera vez que me sucede es por eso que para algunos le van a parecer algo sencillo pero para mi no espero sepan ayudarme para poder solucionar el inconveniente que tengo
Desde ya muchas gracias.
Respuesta:
Buenos días a todos, los pasos que creo tenes que seguir:
1ro. Verificar el vencimiento del timbrado de las facturas.
2do. Si están vencidas, tenes que dar de baja utilizando el formulario 621 (si estoy en lo correcto) y pagar la multa.
3ro. Ver los formularios 120 (IVA) presentados y a partir del último prepararlos y presentarlos con la multa correspondiente, hasta la fecha.
4to. Una vez regularizado todo lo anterior, solicitar las facturas nuevas a cualquier imprenta habilitada (sólo lo necesario).
También podes solicitar el estado del cliente, para ver si hay algo pendiente para asegurar la impresión de las nuevas facturas, o sino espera si le salta algo a la imprenta que impida la impresión.
Espero te sirva como base para salvar esta situación.
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