Hola buenas, una consulta sobre remuneración, yo provisiones mensualmente mi remuneración, pero facture el monto total en diciembre eso es deducible para mi igual si no facture mensualmente.
Respuesta:
El IRACIS es de periodicidad anual por lo tanto indistintamente al mes que provisionaste es deducible, siempre que sea dentro del periodo anual fiscal, por lo que es deducible para la determinación del impuesto a la renta por IRACIS.
Provisionas tu gasto sin factura? yo creo que eso esta incorrecto, porque ahí tenes una contingencia de IVA deberías de contabilizar mensualmente y facturar mensualmente….
Es mi comentario.
Respuesta:
El IRACIS es de periodicidad anual por lo tanto indistintamente al mes que provisionaste es deducible, siempre que sea dentro del periodo anual fiscal, por lo que es deducible para la determinación del impuesto a la renta por IRACIS.
Provisionas tu gasto sin factura? yo creo que eso esta incorrecto, porque ahí tenes una contingencia de IVA deberías de contabilizar mensualmente y facturar mensualmente….
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