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Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Curso de analisis de creditos

 Curso de “ANÁLISIS DE CRÉDITOS PARA PyMES”

Las pequeñas y medianas empresas son señaladas como uno de los principales
participantes del crecimiento económico así como de la creación de empleos
de un país. Por dicho motivo, muchos bancos ven a las PyMES como un sector
estratégico para sus negocios. Sin embargo, el principal inconveniente que
según los Bancos enfrentan las PyMEs a la hora de solicitar un crédito son
las dificultades para cumplir con los requisitos y la informalidad con la
que llevan adelante su actividad, así como:

•        Información financiera insuficiente
•        Dependencia de la habilidad de los gerentes
•        Mucha diversidad de los tipos de negocios
•        Extrema sensibilidad a los cambios externos
•        Garantías insuficientes

Objetivos:

Proveer a los ejecutivos del sector financiero, de un conjunto de
herramientas analíticas que les permita evaluar las oportunidades y
riesgos  en el otorgamiento de créditos  PyMES teniendo en cuenta la
informalidad y la poca disponibilidad de información para este sector.  Al
finalizar el curso el participante deberá estar apto para:

•        Evaluar el riesgo de una empresa PyME poniendo énfasis en cuatro
aspectos principales: Propósito, repago, riesgo y estructura del préstamo.
•        Evaluar la viabilidad comercial y la sostenibilidad del modelo del
negocio y la habilidad de la gerencia de llevar adelante el plan de
negocio.
•        Anticipar el desempeño futuro de la empresa mediante la
aplicación de
supuestos realistas y su impacto en el crédito.
•        Identificar signos de deterioros del crédito, y considerar planes
correctivos.

Público al que va dirigido:  Analistas de Créditos PyMEs, Analistas de
Consumo que busquen promoción a categoría de Analista PyMEs, Oficiales de
Negocios que manejen Clientes PyMEs, Oficiales de Consumo que busquen
promoción a categoría de Oficiales de Negocios PyMEs.

La metodología:

-Clases presénciales
-Casos de estudio
-Discusiones de grupo

Programa:

•        Como afectan las condiciones económicas a las PyMES.
•        La importancia del Análisis de Industria en el financiamiento de
las PyMES.
•        Que rol juega de las estrategias en el éxito de las PyMEs.
•        Que rol juega el análisis de la Gerencia en el éxito de las PyMES.
•        Como conseguir y verificar información financiera y de mercado de
los clientes PyMES en las visitas.
•        Como evaluar la información financiera de los clientes PyMES y
como reconstruir los estados contables.

Docente:
Carla Bogado Yubi
•        Simon Fraser University – Canadá (2010)
Master in Economics
•       University of York – Inglaterra (1998)
Master in Project Analysis, Finance and Investment
•       Universidad Nacional de Asunción – Paraguay  (1995)
Economista. Ex funcionaria del Citibank. En el año 1998 ingresa en el área
de riesgos, desempeñándose como Analista de riesgos para créditos
corporativos. Posteriormente se traslada al Departamento de Recuperación
de Créditos, desempeñándose como Oficial de Recuperación. Finalmente asume
la Gerencia en el Departamento de Análisis de Crédito hasta el año 2002.
Formó parte del Comité de Créditos del Citibank. En el año 2005 se integra
a  la Agencia Financiera de Desarrollo. Su último cargo fue como Gerente
de Análisis de Créditos. Ex Docente de la Universidad Nacional de
Asunción, y de la Universidad Simon Fraser de Canadá. Docente de la
Universidad Americana para su modulo de Formulación y Evaluación de
Proyectos en el MBA. Especialista en la elaboración y evaluación de
proyectos de inversión. Actualmente se desempeña como consultora de
empresas y capacitadora corporativa. A sus cursos asisten profesionales
relacionados al otorgamiento de crédito de empresas tales como : Citibank,
Itau, Integracion, Atlas, BBVA, HSBC, Vision Banco, El Comercio,
Sudameris, Amambay, Interfisa, Banco Familiar, Fondo Ganadero, BNF entre
otros.

El cuso es altamente interactivo, donde la discusión y el intercambio de
ideas es parte  de proceso de aprendizaje.

Inicia el 3 al 12 de octubre de 2011.
Días de clase: Lunes, martes y miércoles de 17:30 hs a 21:00 hs.
Edificio OEC, Caballero N° 893 c/ Manuel Domínguez, Asunción
Inversión: 1.350.000 Gs.  Financiado

Se expedirán certificados  a los Participantes que cumplan
satisfactoriamente con los requisitos.

Para mayor información escribanos al correo electrónico  oec@rieder.net.py
 o llámenos al (021) 490637  -  441134.

IVA Pequeño Contribuyente Anual

Tengo una consulta, cuanto se le puede cobrar a un taller mecánico por su IVA ya que ahora es anual?? como es mejor cobralo mensual o anual? Es PEQUEÑO CONTRIBUYENTE antes era simplificado. Gracias

Respuesta:

Yo tengo un contribuyente identico caso pero el mio vende solo verduras en el abasto yo le cobro 70.000 I.I. mensual porque  la verdad igual dan trabajo.

Curso IRACIS

 Curso sobre  "IRACIS".

 CURSO EN SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

DIRIGIDO:
A profesionales del Área de Contabilidad, Administración, Finanzas,
Derecho y personas interesadas en el tema impositivo.

La metodología:

      -Clases presénciales
      -Casos de estudio
      -Discusiones de grupo

El Curso se desarrollará  en base a preguntas y respuestas, las clases
se combinarán en forma teórica y práctica con asientos contables.
La Ley Tributaria se estudiará por  artículo con sus reglamentaciones en
sus permanentes actualizaciones y modificaciones.
La disertante expondrá con ejemplos prácticos en base a sus experiencias
y conocimiento general y especial.

DOCENTE:
PROF. LIC. ALBA TALAVERA DE VALLEJOS PRESIDENTA DEL COLEGIO DE CONTADORES
DEL PARAGUAY.-

PROGRAMA:

I.- IMPUESTO A LA RENTA COMERCIAL (IRACIS)
-       Hecho  Generador
-       Venta de Inmuebles
-       Alquiler de Inmuebles
-       Intermediación Financiera – Préstamos- Intereses
-       Transporte de Bienes o de personas- Fletes
-       Dividendos – Utilidades (Utilidad comercial y Utilidad fiscal)
-       Tratamiento de la Distribución de Utilidades del  ejercicio o de
ejercicios anteriores
-       Contribuyentes
-       Renta Presunta para las diversas actividades
-       Renta Bruta
-       Valuación de Inventarios
-       Exoneraciones en el IRACIS
-       Gastos Deducibles y No deducibles
-       Ejercicios, llenado  de formularios
-       Aplicación de las reglamentaciones y sus modificaciones en su totalidad
Nota: la asistencia mínima  a las clases  presenciales   y la  entrega de
trabajo práctico o evaluación es de carácter obligatorio para  este
módulo.

Días de clases: los miércoles 21, 28 de setiembre y 5 de octubre de 2011 –
de 17:30 hs. a 21:30 hs.

Inversión: dos pagos de 275.000 GS.

Edificio OEC, Caballero 893 y Manuel Domínguez, Asunción

Confirme su participación o consulte llamando a los  Tel.  490637 - 441134
- email: oec@rieder.net.py

Forma de liquidación IRPC

Muy Buenas Tardes colegas. Por favor podrían aclararme lo siguiente ( ya consulte con varios profesionales y de hecho que tienen opiniones dispares). Tengo algunas DDJJ a regularizar de IRPC (PEQUEÑO CONTRIBUYENTE). En el formulario 123 el coeficiente de liquidación de IVA  utilizado es el 7,3 %. Ahora en el formulario 118 de Renta del pequeño contribuyente (renta cuatrimestral) se deduce o excluye el 7,3 % de lo obtenido en el formulario 123, o el 10%  de lo que figura en el libro de compras y ventas. Pregunto esto porque veo  que algunos liquidan de la dos formas que mencione.

Gracias a todos


Respuesta:

Para el formulario 118 se debe de excluir el 10% o 5%, según corresponda con el libro compras o ventas.
La tasa del 7,3% es solamente a los efectos del formulario 123 por la obligación de IVA simplificado.

Boleta de ventas


En la hora de registrar si es gravada se lleva como IVA gasto, o simplemente lo registro como exenta? si alguien me podría echar una mano en ese tema

Respuesta:
Las Boletas de Venta no generan IVA, es automáticamente costo del bien/servicio adquirido.
Según la reglamentación, las compra respaldadas con boletas de ventas serán consideradas como Compras Exentas.
En el caso de los contribuyentes de IMAGRO exclusivamente, donde todo el IVA relacionado - correctamente documentado, es gasto deducible; el IVA de las BV lo envían como IVA GASTO DEDUCIBLE o como IVA GND? Porque faltaría completar con el requisito de "debidamente documentado" ya que los comprobantes que avalan el crédito fiscal son las facturas.

IMAGRO y (IVA General / IRPC)

Una consulta sobre ganadería

Persona física inscripta en IMAGRO y prestador de servicios varios (IVA
General / IRPC)

Una empresa le entrega animales vacunos para el engorde de los mismos, una
vez logrado los kilos necesarios el le devuelve los animales, y este le paga
por el servicio.-

Se factura como servicio de engorde con 10% de IVA o estoy equivocado en mi
deducción.

Respuestas:


1- ) El enfoque correcto es que esta operación se aborde desde el punto de vista de un Contrato de Capitalización de Engorde.
2- ) No se debe Facturar como un servicio, porque no lo es.
3-) El que recibe los Animales para el Engorde (digamos es quien tiene el Campo) .. y una vez conseguido al peso optimo de los animales, tiene que lanzar una FC al Capitalizador, en el momento en que reciba las Ganancias o Utilidades, en concepto de Engorde a xx animales..
4-) Estos ingresos (para ambas partes) son considerados gravados por el Imagro..
5- ) Importante tomar la precaución de contar con un Contrato de Capitalización entre las partes, que se rija por lo dispuesto en materia de Contratos Rurales, según el Estatuto Agrario, que no esta regulado por las normas del Derecho Civil.

Empresas Unipersonales

Tengo el caso de un arquitecto que desea inscribirse bajo la figura de "Empresa Unipersonal" para facturar sus servicios de proyectos, construcciones e incluso eventualmente compras y ventas de inmuebles.
 
Conforme a este planteamiento, las consultas son las sgtes.:
 
a) Existe algún límite tope de facturación anual que esté vigente para seguir dentro del tipo de contribuyente unipersonal?
b) Tiene alguna implicancia realizar las actividades mencionadas mas arriba, en forma conjunta?
 
Desde ya muy agradecido, que tengan un lindo resto de dia.

Respuesta:
No tiene limites de facturación para un contribuyente unipersonal, lo que si tiente límite es la cédula triburia a la cual lo inscribes, es decir, si su facturación no supera los 100 millones anuales puede inscribirlo en la categoría del IRPC; si lo supera, a partir del ejercicio siguiente debes cambiar de información e inscribirlo en la categoría de IRACIS, pero siempre continuará siendo una empresa unipersonal. Además debes incribirlo en el IVA.
No tiene implicancia que realice tales actividades conjuntamente, pero debes tener en cuenta que los honorarios por elaboración de proyectos constituye un servicio personal no alcanzado por el Impuesto a la Renta, pero los servicios de construcción y compra-venta de immuebles sí; por lo tanto, los gastos que afecten indistintamente a ambas actividades deben ser prorrateados a los fines de determinación del impuesto.
Saludos

Nota para abogacia del tesoro


Modelo de nota para presentación a la Abogacia de la Asamblea hecha. Espero les sirva



Descargar documento

Libro Compras y Ventas IVA



Quería hacer una consulta insignificante: Según el Art. 74 del Código del Comercio los libros obligatorios son el Diario y el Inventario ampliado por la Res. 412/04 a los libros Mayor, Compras y Ventas. Estos tres últimos libros deben estar rubricados sí o sí? Espero que puedan aclarar mi duda.



Respuesta:


El art. 3 de la Res. 412 responde tu pregunta, en el sentido de que solo es necesario rubricar los libros de compras y ventas en el caso que los registros del diario se realicen en forma sintética.

Art. 3º.- CONTABILIDADES ANALÍTICAS: En caso de contabilidades analíticas o libros auxiliares (tales como: caja, compras, ventas y otros), podrán efectuarse en el libro diario asientos sintéticos comprensivos de operaciones realizadas en períodos de tiempo no mayores de un mes. Para ello será necesario que en los libros auxiliares se asienten en forma detallada, las operaciones diarias, según el orden en que se hubieran efectuado, de acuerdo con los principios aceptados en la técnica contable, considerándose parte integrante del Diario, debiendo el libro auxiliar optado ser rubricado previamente por el Registro Público de Comercio.

Resol 412
Art. 5° - LIBRO MAYOR: En el Libro Mayor se registrarán en forma clasificada y sistemática los hechos contables ya registrados en el Diario, por orden  cronológico, de tal manera que se conozca el movimiento y saldo de cada una de las cuentas.
" El Libro Mayor debe estar numerado en todas sus hojas, las cuales deberán  estar rubricadas o selladas, antes de su utilización, por el Registro Público de Comercio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78° de la Ley 1034/83"

Reducción de Capital Social


Me podrían indicar cuáles son los pasos a seguir para la reducción de capital de una S.A.?
Desde ya muchas gracias por su colaboración,

Respuesta:

Favor Leer con mayor detalle dentro del Código Civil, la sección con respecto a la Asamblea de Accionistas y Leer lo establecido en los Estatutos de cada sociedad en cuestión, donde están los pasos a seguir para aumentar o reducir el Capital, y si ahí no figura se rige por las generales establecidas en el Código Civil Ley 1183/85. Leer Sección de las Sociedades Anónimas desde los Art. 1048 al 1159

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS:

Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias y extraordinarias y deben celebrarse en la sede social.

Las Asambleas Ordinarias deben ser convocadas por los directores o el síndico, cada año y dentro de los cuatro meses del cierre del ejercicio, para tratar y resolver sobre lo siguiente:

* Memoria anual de los directores, balance y cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de dividendos, informe del síndico y toda otra medida que le competa de acuerdo a la ley y los estatutos;

* Elección de directores y síndicos y fijación de su retribución;

* Responsabilidad de los directores y síndicos y su remoción;

* Emisión de acciones.

Las Asambleas Extraordinarias podrán ser convocadas por los directores en cualquier momento, o por el síndico cuando lo considere necesario o conveniente, o a pedido de accionistas que representen el cinco por ciento (5%) del capital social (a menos que los estatutos dispongan otra cosa) para tratar lo siguiente:

* Modificación de los estatutos;

* Aumento o reducción del capital;

* Rescate, reembolso o amortización de acciones;

* Fusión, transformación o disolución de la sociedad y todo asunto relativo a la liquidación y los liquidadores;

* La emisión de debentures o el canje de los mismos por acciones;

* Emisión de bonos de participación.