Necesito luz referente a la venta a crédito -120 cuotas- de inmueble-edificio de una S.A. a una persona, ya está la escritura pero aún no está facturado, y sobre ese punto, es necesario facturar por el total de la venta a crédito ó se podría facturar por cada cuota que vaya amortizando??
El socio prefiere facturar en cada cuota, de esa forma no tributaría de golpe el IVA 5%, eso sería viable??
Respuesta:
Tú duda está expuesta en el Punto 2 Inciso C Articulo 12 del Decreto 1030/13
Ahí especifica claramente la base imponible
Tanto la ley 620 como la 881 permiten que el ocupante pague los impuestos, los funcionarios de la municipalidad deberían saberlo, pero como no es procedimiento normal, solicitan eso.
Deberías insistir, lo que puede pasar es que habrá una tasa de transferencia que se paga conforme al precio de venta, y debería pagarse eso, también.
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