Un empleado percibe en una empresa comercial, sueldo mas comisión, ahora bien, mi consulta es si está permitido legalmente realizar el aporte al seguro social sobre el salario mínimo y por el cobro de comisión emitir una factura por servicios personales.
Respuesta:
Esa forma de trabajar es totalmente ilegal, tengo el caso de una empresa que fue fiscalizada por IPS y se logró constatar que varios de sus funcionarios aportaban al IPS por el mínimo y la diferencia facturaban, le vino una FEROZ multa por dicha situación alegando una evasión al IPS en ese entonces invocaron este art. Y esta ley que expreso más abajo.
LEY 1860/50
“Art. 76.- Para los efectos del seguro prevalecerán las siguientes definiciones:
“a) Salario: es la remuneración total que recibe el trabajador de sus empleadores en dinero, especies o regalías, incluyendo lo que correspondiere a trabajos extraordinarios, suplementarios o destajo, comisiones, sobresueldos, gratificaciones, indemnizaciones por des-pido, premios, honorarios, participaciones y cualquiera otras remuneraciones accesorias que tengan carácter normal en la empresa o trabajo, exceptuando los aguinaldos”.
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