1. En una aparcería como documenta el aparcero dador los granos que recibe y posteriormente factura a un silo? Es documento suficiente el contrato de aparcería?.. Se puede utilizar como costo?
2. Que gastos puede deducir el aparcero dador si está en el régimen simplificado?
Respuesta:
1-
DUEÑO DEL CAMPO EMITE UNA FACTURA AL APARCERO TOMADOR POR
INGRESOS APARCERÍA
Esto ser registraría de la siguiente manera:
DÉBITO: CLIENTES (APARCERO TOMADOR) – ACTIVO(Productos del agro)
CRÉDITO: INGRESOS APARCERÍA – EERR, INGRESOS
2-
EL APARCERO TOMADOR EMITE UNA FACTURA
AL DUEÑO DEL CAMPO POR LOS GRANOS
ENTREGADOS SEGÚN CONTRATO DE APARCERÍA
Esto ser registraría de la siguiente manera:
DÉBITO: PRODUCTOS DEL AGRO -ACTIVO
CRÉDITO: PROVEEDORES (APARCERO TOMADOR) - PASIVO
3-
DUEÑO DEL CAMPO EMITE UNA FACTURA POR LA VENTA DE GRANOS AL
COMPRADOR DE LOS MISMOS
Esto ser registraría de la siguiente manera:
DÉBITO: CLIENTES (COMPRADOR) - ACTIVO
CRÉDITO: VENTAS DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS - EERR – INGRESOS
DÉBITO: COSTO DE VENTA IMAGRO – EERR - EGRESOS
CRÉDITO: PRODUCTOS DEL AGRO - ACTIVO
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