Colegas: hago las siguientes consultas al Foro: se trata de una
ESFL, que realiza obras misionales en Paraguay, y los ingresos que
sostienen a esta obra son DONACIONES, APORTES, y EL RESULTADO DE LA
VENTA DE SUS INMUEBLES Y RODADOS.
1- Posee varios inmuebles dentro del territorio para albergar a los misioneros, los que inclui en el Activo. Mi consulta es la siguiente: ¿cuando se efectua reparaciones como el destechar y volver a techar una de las propiedades - el monto de la Mano de obra y materiales - debo activarlos o considerarlo como un gasto de mantenimiento del inmueble?.
2- Así como posee varios inmuebles, tambien poseen vehiculos que venden posteriormente.
ACLARACIÓN: hace un tiempo esta entidad se halla abocada a reducir la tenencia de sus propiedades y vehiculos, por lo que ya vendieron inmuebles y rodados. POR ENDE, ESTAN DENTRO DEL IVA REGIMEN GENERAL, IRACIS, etc.
Mi otra consulta es: por los gastos que realizan como mantenimiento de rodados, servicios basicos, reparaciones menores de inmuebles, electrodomesticos, etc. si es correcto que el IVA de estos gastos lo declare como afectados indistintamente en el RUBRO 3 inciso c y d?.
Les agradeceré sus respuestas.
1- Posee varios inmuebles dentro del territorio para albergar a los misioneros, los que inclui en el Activo. Mi consulta es la siguiente: ¿cuando se efectua reparaciones como el destechar y volver a techar una de las propiedades - el monto de la Mano de obra y materiales - debo activarlos o considerarlo como un gasto de mantenimiento del inmueble?.
2- Así como posee varios inmuebles, tambien poseen vehiculos que venden posteriormente.
ACLARACIÓN: hace un tiempo esta entidad se halla abocada a reducir la tenencia de sus propiedades y vehiculos, por lo que ya vendieron inmuebles y rodados. POR ENDE, ESTAN DENTRO DEL IVA REGIMEN GENERAL, IRACIS, etc.
Mi otra consulta es: por los gastos que realizan como mantenimiento de rodados, servicios basicos, reparaciones menores de inmuebles, electrodomesticos, etc. si es correcto que el IVA de estos gastos lo declare como afectados indistintamente en el RUBRO 3 inciso c y d?.
Les agradeceré sus respuestas.
Respuesta:
Acordate que las reparaciones de los bienes de uso que superen el 20%
del valor del bien, se deben activar y los menores a tal porcentaje son
gastos de reparacion o mantenimiento, etc.la venta de inmuebles y rodados se convirtió en ingreso de la ESFL y por lo tanto todos los ivas que los afecta en forma directa dedes usar como credito en su totalidad, mientras que los ivas de reparacon de electrodomesticos, iva de honorarios de contador, etc. son indistintos, yo le llamaría iva por egresos administrativos.
Logicamente, mi respuesta es de acuerdo a lo entendí de lo que está pasando allí.
Fuente:Foro de contabilidadpy@egrupos.net
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Lea las reglas:
Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.
Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
- Su comentario debe estar relacionado al contenido del post.
- No se aceptan comentarios tipo SPAM.
- No incluya links No necesarios en el contenido de su comentario.
- Si quieres dejar la url de tu blog, hazlo utilizando la opción OpenID.
- La caja de comentarios no es el lugar para pedir intercambio de links (para ello ve a la página de contacto).
- Ofensan personales, amenazas o insultos NO serán permitidos.
OBS: Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog.