La Resolución General 76/2012 obliga a presentar las Declaraciones Juradas por Internet a:
1. Las Sociedades Anónimas (incluso las emisoras de capital abierto)
2. Las Sociedades de Responsabilidad Limitada
3. Los que deben presentar declaraciones juradas correspondiente a ejercicios anteriores al 2006 (Renta, IMAGRO, Tributo Único, Tributo Único Maquila)
4. Los que deben presentar declaraciones juradas correspondiente a períodos mensuales anteriores al 2007 (IVA, ISC)
La sanción por incumplimiento (presentación por medio distinto al INTERNET) asciende a Gs. 50 mil por cada Declaración Jurada.
Las Sociedades que se inscriben como contribuyentes a partir del 1 de junio de 2012 quedan obligadas por esta Resolución desde dicha fecha, y aquellas ya inscriptas tienen un calendario específico conforme a la terminación del RUC.
1. Las Sociedades Anónimas (incluso las emisoras de capital abierto)
2. Las Sociedades de Responsabilidad Limitada
3. Los que deben presentar declaraciones juradas correspondiente a ejercicios anteriores al 2006 (Renta, IMAGRO, Tributo Único, Tributo Único Maquila)
4. Los que deben presentar declaraciones juradas correspondiente a períodos mensuales anteriores al 2007 (IVA, ISC)
La sanción por incumplimiento (presentación por medio distinto al INTERNET) asciende a Gs. 50 mil por cada Declaración Jurada.
Las Sociedades que se inscriben como contribuyentes a partir del 1 de junio de 2012 quedan obligadas por esta Resolución desde dicha fecha, y aquellas ya inscriptas tienen un calendario específico conforme a la terminación del RUC.
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