Una consulta relativa al IMAGRO
Una empresa que liquida el IMAGRO por el Régimen Contable, la admisión de deducir por Mortandad 3% y la depreciación de las vacas 8%, es exclusivamente para la determinación del impuesto y solo consta en el formulario o se debe contabilizar estos asientos.
En el caso de que se contabilicen: como queda la existencia del ganado ya que parte la mortandad admitida es presuntiva? y que tratamiento tendría las depreciaciones acumuladas en caso de venta de las vacas?
Desde ya agradecido por su ayuda
Respuesta:
a) Las deducciones por mortandad y depreciación son solo para liquidar el impuesto, no son objeto de registro contable.
En los asientos tendrías que registrar la mortandad real, y una depreciación implícita de los vientres y reproductores acercándolos al valor carne.
Si se hace una medición de la producción como establece la norma contable, no se registra la mortandad, se considera una merma de producción.
b) Lo que se debe hacer es un cálculo de liquidación del Imagro en base a los balances de la empresa.
Allí tendremos las depreciaciones de vacas cría como un gasto deducible no arrastrable, No debemos asentar este movimiento ya que estaríamos sub valuando la hacienda vacuna.
Con relación a la mortandad si se quiere evitar cualquier contingencia se debería colocar solo el valor real de mortandad sin pasar el 3% de la cantidad de hacienda.
Querer insertar estos cálculos por medio de asientos deformaría la contabilidad de la empresa.
c) La mortandad de la hacienda es del 3 por ciento directa sin necesidad de comprobación como lo establece el art. 28 de la resolución 449.
Lo de los balances es relativo, si optaste por el régimen simplificado solo tenes que tener en cuenta el libro de ingresos y egresos IMAGRO.
Espero te sirva un poco... y que otros conocedores del tema también te ayuden...
Una empresa que liquida el IMAGRO por el Régimen Contable, la admisión de deducir por Mortandad 3% y la depreciación de las vacas 8%, es exclusivamente para la determinación del impuesto y solo consta en el formulario o se debe contabilizar estos asientos.
En el caso de que se contabilicen: como queda la existencia del ganado ya que parte la mortandad admitida es presuntiva? y que tratamiento tendría las depreciaciones acumuladas en caso de venta de las vacas?
Desde ya agradecido por su ayuda
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a) Las deducciones por mortandad y depreciación son solo para liquidar el impuesto, no son objeto de registro contable.
En los asientos tendrías que registrar la mortandad real, y una depreciación implícita de los vientres y reproductores acercándolos al valor carne.
Si se hace una medición de la producción como establece la norma contable, no se registra la mortandad, se considera una merma de producción.
b) Lo que se debe hacer es un cálculo de liquidación del Imagro en base a los balances de la empresa.
Allí tendremos las depreciaciones de vacas cría como un gasto deducible no arrastrable, No debemos asentar este movimiento ya que estaríamos sub valuando la hacienda vacuna.
Con relación a la mortandad si se quiere evitar cualquier contingencia se debería colocar solo el valor real de mortandad sin pasar el 3% de la cantidad de hacienda.
Querer insertar estos cálculos por medio de asientos deformaría la contabilidad de la empresa.
c) La mortandad de la hacienda es del 3 por ciento directa sin necesidad de comprobación como lo establece el art. 28 de la resolución 449.
Lo de los balances es relativo, si optaste por el régimen simplificado solo tenes que tener en cuenta el libro de ingresos y egresos IMAGRO.
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