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Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Actividad gravada y exenta en forma habitual

Cuál sería el criterio que se está manejando en la profesión con respecto a lo siguiente:

Una entidad que realiza actividad gravada y exenta en forma habitual, el IVA compras indistinto, se debe declarar en el rubro especifico, por más de que en un mes no haya habido por ejemplo ventas exentas, o es admitible también declararlo en ese mes como que toda esa compra afecta solo a la actividad gravada. ?????? Se puede objetar o es un tema discutible, hablo yo desde el punto de vista de una auditoria tributaria.


Respuesta

Ese procedimiento es frecuente en las Entidades sin Fines de Lucro y negocios que se dediquen a la comercialización de productos de la canasta familiar y en estado natural. El tratamiento que se aplica a esto es determinar de manera precisa que costos afectan a los mismos, diferenciándolos de aquellos que afectan a los grabados.  Una vez realizada la discriminación, se aplican los costos de forma directa. Para el caso de aquellas ventas cuyos gastos  afecten indistintamente a las gravadas y exentas se toma el criterio indistinto.

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