Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Resolución Nº 13/14

Buenas Tardes, según la Res.13/14 solo la EBY será reconocida como exportadora, no así ITAIPU ya que la Res. No menciona a esta entidad, anterior a esta Resolución el cliente tiraba a Impuesto al Valor Agregado - Costo/Gasto, ahora con la nueva Res. Solo la EBY es utilizada como costo/gasto. 
Así mismo el IVA COSTO ITAIPU va a gastos no deducibles, lo cual incrementa los impuestos a pagar.
La Consulta concreta si alguien tiene un caso parecido, donde  se pueda utilizar ITAIPU como gastos deducibles, como anteriormente era.

Respuesta:

Representante legal y contador de sociedad


Apelo a sus conocimientos y experiencias acerca de una duda muy importante que tengo: Existe algún inconveniente para que en una sociedad (SRL) EL Representante Legal y el Contador sean la misma persona? Que implicancias tendría? Ventajas y desventajas.
Desde ya gracias por sus comentarios y buen resto de fin de semana!

Respuesta:

Requisitos de IPS para renuncia

Recuerdo que un tiempo atrás cuando ingresábamos al sistema REI de IPS estaba una leyenda que decía en mas o menos  lo siguiente:
En caso de renuncia del trabajador podrá comunicarse la salida con la clave pero en el archivo del empleador estará la liquidación y la nota de renuncia del mismo, y que para verificar que haya sido renuncia, debía tener 2 testigos que sean compañeros de trabajo, con Registro de Firma (por Escribania), de no tener estos se consideraría RENUNCIA INVOLUNTARIA.
 
yo encuentro lo siguiente en la WEB de IPS
Salida del Trabajador


Los documentos requeridos para dar salida a un trabajador por parte de la Patronal dependen del motivo de su salida. Pueden darse los siguientes casos, para los cuales serán necesarios los mencionados documentos:

  Salida a solicitud del Empleador:

•  Renuncia

- Fotocopia de Cédula del Representante Legal.
Renuncia firmada por el trabajador otorgado ante un Escribano Público o de un representante de la Autoridad Administrativa del Trabajo, o del Secretario del Tribunal del Trabajo del Juzgado en lo Laboral de turno o de dos testigos del acto. La ausencia de este documento presumirá que la extinción de la relación laboral es de naturaleza involuntaria.


•  Despido (*)

- Fotocopia simple de Cédula del Representante Legal.

(*) Las indemnizaciones por despido deberán ser declaradas en el pago de las planillas del mes del despido. ART. 76°.-DL. N° 1.860/50, aprobado por Ley N° 375/56, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 427/73.

lo que necesito confirmar si los testigos deben registrar su firma por escribania o solo deben firmar al pie de la renuncia del trabajor?

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Estado de cuenta: Cobranza Persuasiva

Alguien sabe que significa Cobranza Persuasiva en el estado de cuenta de la SET?


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Consumo interno de artículos para la venta


Alguien me puede decir si está reglamentado que los consumos internos de bienes (que fueron comprados también para vender) deben ser "auto" facturados, es decir emitir factura de la empresa a la misma empresa.

Desde ya muchas gracias

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Facturación en dólares

Que se hace en el caso de una contribuyente que sin saber facturo sus ventas en dólares y guaraníes en un mismo talonario....en ese caso como se haría para declarar??


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Cambio de obligación

Puedo pasar de IVA anual simplificado a IVA mensual solo con el formulario 610 de actualización de datos? 
O antes tengo que presentar el IVA anual simplificado y luego hacer el cambio? 

Respuesta:

Renuncia del trabajador


Una persona que renuncia a su trabajo tiene derecho también a un día libre o dos horas por día para buscar trabajo?

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Cambio de domicilio fiscal y establecimientos


Una consulta, existe multa por actualización de cambio de domicilio fiscal en la constancia de RUC? en que se basa la multa, en la fecha?
Resulta que esta empresa tiene mal expuesto su domicilio la casa central esta como sucursal, ósea punto de establecimiento 002, y la sucursal esta como 001.
Siempre se hizo así desde el año 2009.
Si se actualiza el RUC también se debe cambiar la utilización de los puntos de establecimiento y esto generaría un caos, por que se mezclarían las operaciones ya que uno tiene mucho movimiento  (el 002 que en realidad es la casa central) y en cambio la sucursal (001) no tiene muchos movimientos.


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