Una TRANSFORMACIÓN, y siempre que efectivamente sea esa la forma en que se haya procedido:
La transformación, implica simplemente CAMBIO DE FORMA JURIDICA, no implica LIQUIDAR LA S.R.L. ni constituir una nueva S.A., es la misma sociedad.
Por lo que salvo que la SRL haya enajenado las maquinarias DEBEN estar en la S.A.
Estos son los pasos que están en el CODIGO CIVIL para ser cumplidos en un proceso de transformación: