Me pueden aclarar que se debe considerar como gastos directos y gastos indirectos en el IRP.
Por ejemplo, será que puede ser así:
Gastos directos: Vestimenta, seguro medico, peluquería, lavandería, combustible del vehículo usado para el trabajo, medicamentos, aporte IPS, Caja de jubilaciones, cursos de capacitación
Gastos indirectos: comestibles, seguro medico del grupo familiar, combustible de fin de semana, farmacia, cuotas de colegio, vestimenta del grupo familiar.
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