Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
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Aplicación de tasas para arrendamiento de inmuebles


Conforme al Art. 91 de la Ley 5061, y el  Art. 25 del Decreto 1030, la tasa a aplicar en arrendamientos de inmuebles es del 5%; y según mi interpretación se aplica a alquiler de inmuebles (salones comerciales, oficinas, inmuebles en general). 
Mi duda es la siguiente: 
El art. 31 del Decreto 1030, establece que la tasa será del 10% cuando es cesión de intangibles, muebles o la simple utilización de espacios de inmuebles.
En qué caso sería la simple utilización de espacios de inmuebles?

Respuesta:

En cuanto al punto que mencionas, la reglamentación es poco clara y deja ciertas dudas en cuanto a su aplicación práctica. Siguen abajo los dos artículos del Decreto 1030/13 que hacen referencia a esa actividad:

Art. 25.- ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES
A los efectos de la aplicación de la tasa del cinco por ciento (5%), prevista en el Inciso a) del Artículo 91 de la Ley, se entenderá por arrendamiento de inmuebles, la cesión del uso y goce de bienes inmuebles, instrumentado en un contrato de locación o arrendamiento.

Art. 31.- CESIÓN DE USO Y UTILIZACIÓN DE ESPACIOS
La cesión de uso de intangibles, muebles o la simple la utilización de espacios de inmuebles estará gravada con la tasa del diez por ciento (10%), prevista en el Inciso e) del Artículo 91 de la Ley.

De lo que puedo entender de los dos artículos citados, si es que el alquiler tiene contrato debe facturarse a la tasa del 5%; de lo contrario la tasa a aplicar debe ser del 10%.

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