Buenos días
Un profesional puede estar en IPS por el salario mínimo legal vigente y emitir facturas a la misma empresa en conceptos de honorarios por la diferencia de sueldo??
Hay alguna disposición con respecto a eso, desde ya muchas gracias.
Respuesta:
Por el principio de habitualidad del factor trabajo, todo el sueldo debe estar declarado en el Ministerio de Trabajo y en el IPS sino incurren en falta administrativo e incumplimiento del Código del Trabajo y de la Ley y reglamentación del IPS.
La empresa estaría en contingencia laboral ante el IPS y ante el MJT, los derechos laborales son irrenunciables, por lo que el trabajador puede reclamar el aporte no efectuado o todo el sueldo resaltante al momento de liquidarlo: sea por despido o renuncia.
http://www.set.gov.py/pset/hgxpp001?6,18,273,O,S,0,PAG;CONP;344;2;P;1215;1;PAG;MNU;E;129;3;133;1;MNU;,?6
Allí hay una consulta vinculante referente a un caso similar, donde la persona percibe una parte de sus ingresos como Honorarios (IVA incl.) y con la otra parte de sus ingresos aporta al IPS, y es criterio de la SET que esa situación es correcta. Ahora, habría que ver qué dicen las reglamentaciones del MJT y el IPS sobre esa situación
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