Naturaleza del Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias
El nuevo Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias tiene por objeto gravar las ganancias reales, presuntas y/o potenciales de los inmuebles rurales ubicados en el territorio nacional por la realización de actividades agropecuarias y/o propiedad, tenencia, posesión, usufructo, o arrendamiento o de estos inmuebles.
Nuestra legislación no define que se considera como "ganancia", sino simplemente enumera una serie de actividades comprendidas dentro de las rentas agropecuarias y excluye a otras que, aún cuando forman parte de las actividades agropecuarias, no se hallan incluidas dentro de esta categoría a los efectos del pago del impuesto tales como las actividades extractivas, avicultura, apicultura y otras que abonan el Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios (Renta Empresarial) o la Renta del Pequeño Contribuyente.