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miércoles, 29 de febrero de 2012

IVA Credito Fiscal - Tope Del Crédito

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Estimados Colegas quisiera consultarles con respecto a la regla del Tope fiscal establecida en el Art. 87 para contribuyentes con Tasa del Iva del  5%, arrendamiento de inmuebles.

El caso es de un contribuyente realizo un arrendamiento a largo plazo, facturo y fue  objeto de Retención del IVA (Saldo financiero - Retenciones) en el mes de Diciembre 2011, este saldo puede ser trasladado al periodo enero 2012??.
El saldo técnico entiendo que no es posible utilizarlo, pues constituye un iva gasto deducible al cierre del ejercicio, mi duda surge con el Saldo financiero.

Desde ya les agradezco vuestros comentarios.

Respuesta:

En el caso de las Retenciones para el contribuyente que fue sujeto a la retención, es prácticamente como que este mismo ya cumplió en el pago de este mismo, trasladandose la responsabilidad de entregar dicho importe el agente retendedor al fisco.

Ahora la Retención de IVA en este caso del 5% técnicamente no es crédito fiscal, puesto que el crédito fiscal se genera producto de las compras, que en este caso no surgió dicha compra, solo se produjo una Retención de IVA Débito, que no es IVA Crédito fiscal.

Dicho artículo habla sobre CREDITO FISCAL generado por tasas inferiores del 10%, por lo tanto el caso expuesto no es aplicable para el caso de la Retención de iva del 5%, y puedes compensarlo para la determinación de tu IVA  pagar - saldo financiero- en el mes de Enero en el Rubro 7.

Tramites jubilatorios

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Les consulto para el caso de un empleado que ya cumple en junio los requisitos exigidos por I.P.S. para jubilarse, como son los 25 años aportados y la edad necesaria. ¿la empresa que esta obligada a hacer cuando llegue junio?.
 - ¿se realiza una comunicacion escrita al empleado? y ¿cuando?.
 - ¿se comunica salida en I.P.S.?
 - ¿se le paga indemnizacion, preaviso, etc? como una liquidacion final?.

Les agradecere la ayuda, respecto al tema.

que tengan buena jornada.

Respuesta:

Se comunica la salida formulario mediante al ips. Y al ministerio con una nota y copia del formulario de ips. Sólo se abona al trabajador el aguinaldo proporcional y las vacaciones, si je quieren dar algo más (un premio o gratificación) queda a criterio del patrón.

martes, 28 de febrero de 2012

Decreto 8279 regimen presunto

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Les paso un Cuadro sobre el Regimen Presunto establecido en el Decreto 8279/2012

lunes, 27 de febrero de 2012

Procedimento para liquidar o cerrar una empresa

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Hola!!! feliz dia a todas las mujeres paraguayas!!! me gustaria hacer una consulta, si es que alguien de por aqui podria ayudarme..cual seria el procedimento para liquidar o cerrar una empresa? que pasos debo seguir para dejar todo ok? es una inmobiliaria, especificamente, agradecere mucho la ayudita

Respuesta:

Antes de responder es una Sociedad, E.I.R.L. o Unipersonal?

Modelo de nota de comunicacion venta de acciones

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Será que alguno tendría el modelo de nota de comunicación de venta de acciones válido para la SET?

Desde ya muchas gracias

Respuesta:

Te paso un modelo que había pasado por este medio también espero te sirva.

Descargar Modelo de Nota

viernes, 24 de febrero de 2012

Apertura de Empresa

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Muchas gracias por su respuesta.
En realidad mi consulta era mas bien cuanto aproximadamente se cobra por hacer todos los tramites de inscripción de una sociedad en los diferentes ministerios, dgrp, ips, municipalidad, rubricación de libros, etc. Es decir, todos los tramites concernientes a una apertura de empresa.
Sin tener en cuenta los estatutos sociales ni constitución de sociedad que estan a cargo de un escribano.
Saludos.

Respuesta:

Para saber cuanto cobrarias por el servicio de apertura de una sociedad.

1) Armar tus costos:
- La constitucion de la sociedad el escribano cobra lo mismos sea S.A. S.R.L., tener que pedir un presupuesto a una escribana que te lo va pasar dependiendo del capital a ser integrado, no el autorizado en el caso de la S.A.

- Luego anotar todos tus gastos de movilidad, telefono, fotocopias, autenticacion de documentos, etc. para ir  a realizar la gestion en la SET para la Apertura y si poder llevarle al Representante Legal para sacar la clave de acceso por internet.

- Luego de tener el RUC   anotar todos tus gastos de movilidad, telefono, fotocopias, autenticacion de documentos, etc. para ir  a realizar la gestion en la Municipalidad, MJT, IPS, etc
en la municipalidad aparte debes pasar el monto de la patente mas tus honorarios.

- Una vez que tengas todos tus gastos mencionados mas arriba debes agregar un plus por lo que consideras que valoras tu servicio en concepto de tiempo que te va demorar realizar cada gestion.

Saludos!!!

Apertura s.a. y srl

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Buenas tardes, tengo una consulta si es que alguien me puede dar una idea de cuanto aproximadamente se cobra por hacer una apertura de s.a. y s.r.l.
Muchas gracias !!

Respuesta:

Una interesante opción a través del suae . Te hacen todos los tramites gratis para apertura de empresa, dicen que es bastante ágil.

http://www.suae.gov.py/bpmSUAE/portal/index.htm

Revaluo de Inversiones

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Necesito una ayuda con el tema de Revalúo de Inversiones, nunca hice... y tenemos  Acciones en otras empresas, alguien podria orientarme como hacer ésto ?

Respuesta:

Podés utilizar el criterio de la NIIF 9, o el Precio VPP

miércoles, 22 de febrero de 2012

IVA Saldo a favor /ejercicio anterior

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Buenos dias, antes que nada disculpen la pregunta tan elemental, pero recurro a ustedes porque se que me darán la precisa (no como llamar al call center de la SET)

El saldo a favor acumulado de IVA general del año pasado, se puede transferir a este periodo?

Desde ya muchas gracias

Respuesta:


Solo el del 10% si, el del 5% tenes que registrarlo como IVA Gasto, y es deducible a efectos del impuesto a la renta.

martes, 21 de febrero de 2012

Rectificativas de Hechauka

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Queridos Compañeros!!!

Una consultita por favor... El libro ventas y compras que se ha presentado con movimiento en Hechauka, PUEDE SER RECTIFICADO?????
Desde ya muchas gracias por contestar!!!

Respuesta:

Las contravenciones para el hechauka van asi:

* por presentar fuera del plazo(calendario perpetuo, vencimiento
subsiguiente) Gs.200.000

* presentar una declaracion sin movimiento y posteriormente rectificar
con movimiento Gs. 400.000

* si en una verificacion por parte de la AT existen inconsistencias
entre la DDJJ de IVA vs.Hechauka la multa es de Gs. 600.000
saludos y que tengan un buen dia a todos

lunes, 20 de febrero de 2012

Matricula de comerciante de Sociedades

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buenas,

Disculpen la consulta pero tengo una duda en que Art y de que ley obliga a las SA a tener Matricula de comerciante?
Gracias desde ya

Respuesta:

La matricula de comerciante es solo para las empresas unipersonales (le habilita como comerciante de plaza) , las personas juridicas tambien se inscriben en primer lugar en el registro de las personas juridicas y asociaciones y en el registro publico de comercio, fijate en un estatuto de cualquier sociedad al final se encuentran los dos sellos.

viernes, 17 de febrero de 2012

Tu verdadera felicidad

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Dedícate el tiempo de meditar y encontrar un lugar de refugio dentro de ti mismo. Así es como puedes saborear la verdad de la enseñanza "tu verdadera felicidad no proviene de un lugar fuera de ti."

Bonificación Familiar

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Gente:
Alguien me puede decir si para el considerar si tiene derecho al cobro de la bonificación familiar  un personal  a parte de los requisitos formulados en art.262, se toma solamente el monto del salario fijo, o también puedo tomar el salario variable.
Le explico por qué va la pregunta:
Tengo un personal que cobra un sueldo fijo que no supera el 200% del salario mínimo vigente (pero aparte de esto se le abona un sueldo variable ( a destajo) que si sumamos ambos mensualmente si o si supera el 200%.

La consulta es: puedo tomar ambos sueldos para considerar si esta en su derecho o no?

Respuesta:

No le corresponde el pago de la bonificación familiar si supera el 200% del SML; esto es si aporta a IPS por ambos conceptos.

Si (erróneamente y 100% no recomendable) aporta a IPS solo por el mínimo y las diferencias factura como comisionista por ejemplo, ya es una postura riesgosa que debe asumir el empleador.

jueves, 16 de febrero de 2012

El camino radica en nosotros

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El cuerpo consiste totalmente en nuestro deseo de recibir y el alma es el deseo de compartir. El camino espiritual radica en asegurarnos de que nuestras acciones provengan desde el punto de vista del alma. ¿Cómo sabemos si nuestras acciones provienen del alma? No es fácil, no tenemos intenciones ocultas y no estamos pensando sólo en nosotros.

Nota para solicitar facilidad de pago

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Buenas Tardes, alguien tiene un modelo de nota, para solicitar Facilidad de pago, agradeceria si me lo pudieran pasar??


Atte.

Respuesta:

Por favor si pueden revisar mejor el blog, porque ya hemos respondido esta pregunta en post, anteriores.


IVA de vehiculo nuevo

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Hace un año compré un vehìculo y pude usar su IVA en mi declaración jurada como profesional, en enero vendí ese auto y compre otro, obviamente ya no puedo usar ese IVA en mi declaración de Enero y en base a ésto va la pregunta: LOS GASTOS DE ESCRIBANIA, TRANFERENCIA INHERENTES AL NUEVO AUTO,  puedo usar para descargar mi IVA,.?

Gracias

Respuesta:

Buenos días

A mi entender no, ya que la suerte de los accesorios, sigue a la principal.

Venta de inmuebles rurales

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Otro cambio importante:

La venta de inmuebles rurales pagara IMAGRO y no IRACIS
Con la anterior reglamentación si un contribuyente del IMAGRO vendía el establecimiento agropecuario debía pagar por ese ingreso IRACIS, por no considerarse una “actividad agropecuaria sino comercial” .

 A partir del 2012, la venta de cualquier bien afectado a la actividad agropecuaria: maquinarias, equipos, etc. o inmuebles rurales pagara IMAGRO.
Así lo dispone el Art.24 Enajenaciones de Bienes del Activo Fijo
En la determinación del impuesto deberá incluirse la totalidad de los ingresos provenientes de la enajenación de los bienes aplicados a la actividad agropecuaria, incluidos los inmuebles e intangibles.
Recordar que la venta de inmuebles se encuentra gravada con IVA.

miércoles, 15 de febrero de 2012

Sistema contable para Cooperativas

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Buenos dias

Acudo a la experiencia de los colegas para que me recomienden  un sistema contable para cooperativas. Les agradeceré si poseen detalles para pasarme de contacto con la empresa proveedora.

Buena jornada a todos.

Respuesta:

Buenos días.

Estoy trabajando en Sistemas Century, tenemos sistemas solo contables (E.C.) y también específicos para Cooperativas, como ser el Cooperative Lite para cooperativas de ahorro y crédito y el Cooperative Multiactive

Remuneraciones del Personal Superior de las Sociedades

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El pago a los socios, directores, gerentes y personal superior inscripto en IPS se deduce de acuerdo a una escala prevista en el Articulo 2 de la Resolución N` 1346/05, en iguales términos que el IRACIS.
Todas las personas deben estar inscriptas ene l IVA y expedir las correspondientes facturas. Las remuneraciones deben ser “a precios de Mercado”. Para las S.A se exige que las mismas estén aprobadas por Asamblea.

martes, 14 de febrero de 2012

Contrato de Alquiler modelo

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Buen dia:

Adjunto un modelo

Descargar Contrato de Alquiler

Sindico y contador a la vez

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Un consulta
Habría algún impedimento ético y/o legal para que el Síndico de una entidad, sea a la vez el contador de la misma.

Respuesta:

El código civil paraguayo reza:

Art.1119.- No pueden ser síndicos:
a) los que por este Código no pueden ser directores;
b) los directores, gerentes, y empleados de la misma sociedad o de otra que la controle; y
c) los cónyuges y los parientes de los directores por consanguinidad en línea recta, los colaterales
hasta el cuarto grado inclusive, y los afines dentro del segundo.

A mi criterio no deberían ser.

Libros exigidos para el IMAGRO

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Régimen Contable: Libros de Contabilidad conforme a la Ley N` 1034/84

Régimen Simplificado: Libro Ingresos y Egresos

Retenciones y autofacturas IMAGRO

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Al liquidar por el régimen contable es imprescindible que todo gasto este debidamente documentado.

•    Si el proveedor es contribuyente debe expedir factura:
•    Si trabaja en forma dependiente, debe estar inscripto en IPS
•    Si presta servicios personales en forma independiente, debe estar inscripto en el IVA, salvo aquellos casos en que la Administración le permita SER CONTRIBUYENTE NO INSCRIPTO y sea el contribuyente del IMAGRO quien le practique la retención de impuestos.

PARA RECORDAR: Toda persona física que presta cualquier tipo de servicio personal en el campo o en la ciudad debe inscribirse como contribuyente del IVA si en el año 2011 ha ganado más de doce salarios mínimos en promedio, aproximadamente  G- 20.000.000 en el año. Solo se podrá contratar con auto factura para trabajar en el 2012 a aquellos que no hayan llegado a percibir esta suma.
Para estos casos, es decir, que no sea contribuyente de IVA, de IRACIS o de IMAGRO es necesario registrar el “gasto” en un documento denominado AUTOFACTURA.

lunes, 13 de febrero de 2012

Asamblea

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Tengo la siguiente consulta:

Con cuántos días de anticipación se debe hacer la publicación para las Asambleas.

Desde ya muchas gracias

Respuesta:

La asamblea será convocada por medio de publicaciones hechas en un diario durante cinco días, con diez de anticipación, por lo menos y no más de treinta. Deberá mencionarse el carácter de la asamblea, fecha, hora y lugar de reunión, orden del día y los requisitos especiales exigidos por los estatutos para la participación de los accionistas. Fuente: Código Civil del Paraguay - LEY N° 1183/85 Art.1082.-

Comunicado a la Abogacía del Tesoro
DECRETO Nº 632/2008

Art. 10.- Dentro de los quince (15) días hábiles posteriores, las Sociedades anónimas comunicarán al Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades la realización de sus asambleas, debiendo indicarse fecha, hora, local en que se desarrolló y el orden del día tratado. Se adjuntarán a la comunicación los comprobantes relacionados con la convocatoria y aquellos que justifiquen que la sociedad no adeuda impuestos ni tasas fiscales. Se aclarará en la comunicación el carácter ordinario o extraordinario de la asamblea en cuestión o si se realizó en la primera o segunda convocatoria de manera simultánea.

Asimismo, con la comunicación señalada, las Sociedades afectadas deberán acompañar fotocopia de los siguientes documentos debidamente autenticados a los efectos de su registro correspondiente:

a) Libro de Asistencia.
b) En caso de representación, Carta Poder firmada por el titular de la Acción.
c) Acta de la Asamblea.
d) Balance General.
e) Informe del Síndico, y
f) Memoria del Directorio.

Ingresos Devengados IRPC

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Estuve consultando la reglamentación del IRPC con relación al monto máximo de "ingresos devengados" que es necesario para pasar a la obligación del IRACIS.
Pasa que querría entender bien el concepto de "Ingresos devengados". Este es sin IVA o con IVA?

Respuesta:

El término: Ingresos Devengados no es correcto debería ser: Ingresos Realizados, pero atendiendo al criterio de la SET en la ley se refiere a los ingresos que se han generado en el periodo fiscal al cual vas a declarar indistintamente a que hayas cobrado o no si ya lo realizaste el servicio o vendido el producto es el acto de devengo que se instrumentaliza con la factura, para efectos de ser Declarado esta misma en la Declaración de Impuestos.

Devengado: Es el reconocimiento y registro de un ingreso o un gasto en  el periodo contable a que se refiere, a pesar de que el desembolso o  el cobro pueda ser hecho, todo o en parte, en el periodo anterior o  posterior

Por tanto el concepto que se maneja es que en los ingresos no se  incluye el impuesto (debito fiscal)

El mismo criterio se utiliza para los contribuyentes a los cuales se  aplica el Art.33 de la Ley (auditoria impositiva), se maneja el  concepto de ventas netas sin iva, este dato obtienen del rubro 1 inc.a+b++c+d+g+h del flario.120 V2 sin el iva

sábado, 11 de febrero de 2012

Corredores de cambios (cambistas)

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Mi consulta, tengo un cliente que quiere dedicarse a la actividad de corredor de cambio

1-      ¿Cuales son los documentos que debe reunir?
2-      ¿En qué rubros se le debe inscribir?

Respuesta:

En el caso de los Cambistas deben de registrarse también en la SB, después en la Municipalidad para tener el permiso de realizar dicha actividad en la vía pública y finalmente si sus ingresos superna el sueldo mínimo mensual, obtener su RUC como servicios generales si no es profesional, y si lo es inscribirse como profesional en actividades de comercio y servicios personales.

Lo primero que tenes que realizar es la inscripción en la SET como corredor de cambios e inscribirle en el registro público de comercio como corredor de cambios.
En la Ley de Cambios hay un Art. que habla de los Corredores de Cambios
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Una S.A. Compro una camioneta del año 1997 de un particular que no es contribuyente y no
puede emitir factura, como documenta para su contabilidad? puede hacerlo con Autofactura y acompañar con la escritura pública?

Desde ya Gracias.

Respuesta:

La Autofactura es el documento contable, la escritura es el documento civil.
La autofactura es el documento contable y debe bastar por sí mismo.

viernes, 10 de febrero de 2012

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La consulta siguiente: Tengo un cliente interesado en constituir una SRL que explotará el rubro gastronómico como actividad principal y como actividad secundaria todos los rubros que puedan imaginar Posee un capital de Gs 5.000.000 y con eso necesita realizar su constitución de sociedad. Converse con la escribana y para sorpresa mia me dice que el monto del capital no es creible para la actividad que desea realizar. Que deberia tener un minimo de Gs. 30.000.000 ya que una vez presentado la inscripción en el RUC como SRL la gente de Tributación visitará el negocio tratando de buscar peros por llamarlos asi por el tema del capital. Hasta donde entiendo no existe ninguna legislación que indique el monto mínimo de capital para una SRL dependiendo de la actividad que desea realizar. Agradeceria que me indiquen si la escribana está o no en lo cierto. y que opinión amerita este caso? Desde ya lindo viernes para todos uds

Respuesta:

Si hay algun voluntario para poder respodner a la  pregunta

Se debe inscribir al personal dependiente en el IPS

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A partir del 2012, no solamente porque el Código del Trabajo exige la inscripción de los trabajadores rurales de acuerdo a las reglas especiales dispuestas ene l Capitulo V bajo el Titulo “Del trabajo Rural” y se debe cumplir con esta norma y realizar los aportes al IPS, sino además porque esta será la condición para que el pago sea deducible.

SI NO SE APORTA AL IPS = NO RELACION DEPENDENCIA = NO BENEFICIOS LABORALES (VACACIONES, AGUINALDO, INDEMNIZACIONES) = NO SEGURIDAD SOCIAL = GASTO NO DEDUCIBLE DEL IMAGRO.

jueves, 9 de febrero de 2012

Documentar Pago de Dividendos Empresa S.R.L.

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Buenos días:

Quisiera saber cómo se documenta el pago de dividendos, tengo 2 socios de una S.R.L., si es con recibo común con la factura de servicio personal de c/u. y también si es alcanzado por el 5% adicional de impuesto que se debe abonar y cuando vence eso.

Agradezco las respuestas.

Respuesta:

El pago de dividendos se respalda con recibo de la empresa Art.14 Res.915/2006, la obligación de pagar la tasa adicional se genera al mes siguiente. Del pago, vto. Calendario perpetuo, fl.90

IMAGRO régimen contable

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Gastos deducibles para los que liquidan por el régimen contable

Para los contribuyentes del IMAGRO que deben liquidar obligatoriamente a partir del ejercicio 2012 por el Régimen Contable será la obligatoriedad de tener 100 % documentados todos los gastos y las inversiones.

En este sentido también las reglas de deducibilidad se asimilan a las del IRACIS, con las propias particularidades de la actividad agropecuaria dispuesta en la Ley 125/91 modificadado por la Ley 2421/04
También existe un listado de “Gastos no deducibles” que aun cuando estén “debidamente documentados” y cuenten con toda la documentación no podrán descontarse del impuesto a pagar.

¿Sabe usted contribuyente del IMAGRO que liquida por el Régimen Contable cuánto dinero pierde si el gasto no puede ser deducible?
Es sumamente importante que el gatos sea deducible, puesto que de no serlo tendría que aplicar la tasa del IMAGRO sobre el 100% de dicho monto, con lo cual la perdida seria equivalente a la tasa del IMAGRO, es decir pierde un 10% .
Esto puede darse por un error en la utilización del numero de RUC, por no contar la factura con el nombre del contribuyente, por enmiendas, por vencimiento del timbrado y otras deficiencias formales, o porque “el proveedor no expide la factura”. Es por ello que esto obligara a los proveedores de contribuyentes del IMAGRO a formalizarse.
Por ejemplo: Si se compran víveres de un lugar que no expide factura, por valor de G.- 2.000.000, este monto no podrá ser deducido, lo cual implica un pago G.- 200.000 en concepto de IMAGRO.

PARA RECORDAR: Las deducciones son los gastos que se permiten restar de todos los ingresos brutos obtenidos en el ano y otro “ingresos gravados” antes de calcular el Impuesto a las Rentas de Actividades Agropecuarias (IMAGRO).

Para que el gasto sea deducible se exigen dos tipos de requisitos:
De forma: Que el comprobante de venta reúna todos los requisitos legales relativos a su formalidad Ejemplo: Timbrado, RUC, nombre, descripción del bien, etc.
De fondo: Que el gasto cumpla con las condiciones exigidas por la ley, por las reglamentaciones y con los siguientes principios:
* Deben tratarse de gastos que sean necesarios para obtener y mantener la fuente productora. PRINCIPIO DE CASUALIDAD.
Deben representar una erogación real. PRINCIPIO DE REALIDAD DEL GASTO. No deben ser un “gasto inventado” y menos aun factura comprada para pagar menos impuesto.
Deben estar debidamente documentados. PRINCIPIO DE FORMALIDAD
Deben ser a PRECIOS DE MERCADO, si se vende a una persona que no sea contribuyente de IRACIS, el IRPC y el IRP.
Por primera vez se exigen las condiciones citadas precedentemente de acuerdo al dispuesto en el artículo 27 del decreto N 2879/12.

10% es el costo impositivo que se pagara por un “gasto” que no cuente con factura legal por las donaciones y otros “actos de liberalidad”

miércoles, 8 de febrero de 2012

Aplicación del Pago Previo en Rectificativas con Facilidades de Pago

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Buen Día

Se me presenta un caso, de un cliente que quiere solicitar Facilidad de Pago del IVA por que tienen pendiente el pago desde Julio /2011 hasta la fecha. Estoy  segura de que varios meses va a ser necesario rectificar, por falta de carga de documentos de la administración anterior, pero como tienen el primer vencimiento, y timbrado a vencer ahorita no mas (completito!!!) - quiero solucionar el tema lo antes posible ya que el monto es alto y los intereses suben por día.

Mi pregunta es la siguiente - como tengo que cargar yo el pago previo, cuando este rectificando por ejemplo el mes de Agosto/2011?

Ejemplo
IVA a PAGAR
Jul - 100.000.000 Gs
Ago - 100.000.000 Gs
Sep - 100.000.000 Gs
Oct - 100.000.000 Gs
Nov 100.000.000 Gs
Dic - 100.000.000 Gs
Total Deuda: 600.000.000 Gs

Para La Facilidad de pago:
1 Cuota = 150.000.0000 Gs (el 25%)
Saldo en 12 Cuotas de 37.500.000 Gs con vto. corrido

Si yo quiero rectificar mi IVA de Agosto por ejemplo, y en vez de ser 100 millones a pagar son 80 millones
Saldo a Pagar = 80.000.000 Gs
Pago Previo = 50.000.000 Gs ???? - Considerando que la primera cuota fue de 150.000.000 Gs, y los primeros 100 millones se le aplica a la deuda de Julio?
Y al terminar de pagar mi facilidad de pago, me sobraría para aplicar a meses siguientes?

Se que también hay q considerar como pago previo solo la porción que le afecta el impuesto (no la parte de moras e intereses), los números son solo a efectos de que se entienda mi problema!

En la SET me dijeron que vaya a ver con la gente de Análisis a ver como tomaría el Marangatu, pero por ahi alguien tuvo un caso similar y me puede contar como funciona el sistema.
Gracias,
Que  tengan un buen día!!

Respuesta:

A mi parecer en este caso poco usual no existe pago previo, y si existiera, en todo caso seria 20.000.000.- por la diferencia, si es que se acepta la rectificativa de tu mes de agosto, deduciendo los 100.000.000.

Cuando realizaste un pago por una DDJJ presentada y luego la rectificas debes incluir el pago anterior como pago previo en la DDJJ rectificativa, si el pago del impuesto es superior al pago previo vas a tener un saldo pendiente de pago que te va a generar intereses, en caso contrario de que el pago previo sea superior al impuesto rectificado se genera un crédito fiscal el cual podes usar para las siguientes  declaraciones, las cuales también deberías rectificar para dar continuidad al C.F. en los siguientes meses.

martes, 7 de febrero de 2012

Consulta sobre vehículo recibido en pago

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Tengo una consulta por si alguien pudiera responderme por favor....

En el caso de que una importadora venda un vehículo  y reciba como parte de pago otro vehículo de un cliente que es contribuyente pero dicho vehículo que entrega no está a su nombre y tampoco tiene factura de haber comprado el mismo, solo contrato privado.......El vehículo fue adquirido de Censu, por una Sra., esta Sra. le vendió a otro y este de vuelta le vendió a quien hace la entrega a la importadora, pero los documentos siempre están a  nombre de Censu todavía, solo el certificado de venta está a nombre de la primera compradora... Se podría utilizar auto factura para documentar el valor del vehículo recibido????

Aguardo vuestros comentarios....

Desde ya, muchas Gracias.

Respuesta:

Respondiendo a tu caso, primero deberías averiguar si Censu llegó a realizar la factura al comprador original, ya que generalmente se da el caso que no se factura sino hasta el final de pago y se le cobra al cliente con pagare, en caso de que esto haya ocurrido podes solicitar una cesión de derecho y que censu te facture a vos. Si ya se facturo en algún momento y el cliente no es contribuyente, podes documentarte con la autofactura y hacer la transferencia a nombre de tu empresa ya directamente. Luego cuando vendas estarías facturando el 70% exenta y el 30% gravada al 10.

lunes, 6 de febrero de 2012

Resolución Gral. Nº 70/12

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Adjunto RG 70/12 muy importante para todos los auditores/as.


Descargar

Distribución Utilidades S.R.L.

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Por si acaso no tienen un modelo de recibo para el pago de las utilidades de una S.R.L. ?..

Atte

Respuesta:

Descargar Recibo de Dinero

Ojo muchachos tengan en cuenta lo que dice la Resolución  915/2006 en su ,

Art. 14°. PAGO DE DIVIDENDOS Y UTILIDADES. DOCUMENTACIÓN.- Los  contribuyentes que paguen dividendos o utilidades deberán documentar  dicha erogación  con la expedición del recibo oficial de la empresa, en duplicado,  quedando el original en  poder del contribuyente y el duplicado en poder del beneficiario del pago.

TANTRA Y CHAKRA

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 Bueno este es un material que me llego por correo electronico, para que tengan un hermoso inicio de semana comparto con ustedes espero que les guste.
 

domingo, 5 de febrero de 2012

Nuestros padres eran realmente sabios y tenían razón

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A los 7 años: Papá es un sabio, todo lo sabe.

A los 14: Me parece que papá se equivoca en algunas cosas que dice.

A los 20: Papá está un poco atrasado en sus teorías, no es de esta época.

A los 25: “El viejo” no sabe nada... está definitivamente perdido.

A los 35: Con mi experiencia, mi padre a esta edad hubiera sido millonario.


A los 45: No sé si ir a consultar con el viejo este asunto; tal vez pudiera aconsejarme.

A los 55: La verdad es que tenía ideas y clarividencia notables. Qué lástima que se haya muerto el viejo!


A los 60: Pobre papá, era un sabio! Qué lástima que lo haya comprendido demasiado tarde.


Reflexión
Esto es verídico y aplica tanto al padre como a la madre. Lamentablemente, a veces nos damos cuenta un poco tarde que nuestros padres eran realmente sabios y tenían razón. Aunque quizás no aceptamos los consejos en su momento, al menos nos quedan las enseñanzas que siempre podemos recordar y aplicar. Ojalá que los jóvenes de hoy pudieran aprender esta lección con mayor rapidez y accedieran a escuchar los consejos de sus padres y meditar al respecto, pero sobre todo a buscar las palabras de papá y mamá cuando tienen necesidad de guía.

Calculo de Retenciones Agentes de Retención de I.V.A designados por la SET ,

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Estimados compañeros:
Podrian ayudarme con el siguiente ejemplo sobre casos de Agentes de Retención de I.V.A designados por la SET

VER PLANILLA

En este caso que son varias facturas de un mismo PROVEEDOR al contado  y se pagan en el mismo dia ES CORRECTO EXCLUIR  las que NO superan el monto de 10 jornales mínimos o la Retencion se efectua por el total de las compras ???

Y si fueran Facturas a credito la retencion se efectua el DIA DE PAGO sobre el total de las gravadas pagadas excluYendo las compras exentas???

Desde ya agradesco mucho la ayuda!!!
Buen resto de jornada!!!

Respuesta:

En tu caso no se excluyen, tenes que tener en cuenta el momento del pago.

No se suman las exentas

cuando pagas proveedores a crédito también tenes que utilizar el mismo
criterio. lo que define si se va a retener o no es el pago

Asaltan nuestra economia familiar

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QUERIDOS Y QUERIDAS,

NO LES PARECE QUE ESTOS SON LOS TEMAS QUE NOS DEBEN UNIR Y REACCIONAR... ASALTAN NUESTRA ECONOMIA Y FAMILIA DIRECTAMENTE.

UNIOS PUEBLOS DEL MUNDO como diria nuestros camaradas de siempre,

Abrazos y fuerza

Estimados Compañeros

Estuve haciendo unos números caceros con relación al tema este de la subida del precio de Gas, escarbé apenas un poquito y conseguí estos datos e informaciones, con los cuales pude hacer un breve análisis, que me gustaría compartir con ustedes...

La ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y OPERADORES DE ESTACIONES DE SERVICIO (APESA) es el conjunto de empresas privadas que importa el GAS a Paraguay, esta informó esta semana a los medios de prensa el aumento del costo del gas licuado, en el que cada garrafa de 10 kg subió a 83.000 guaraníes. Como es de público conocimiento este rubro es controlado por el sector privado.

El tema es que apenas cruzando el Río Paraguay, en la Ciudad de Clorinda (50 km de la frontera) el costo de la garrafa de 10 kg de gas está a $ 16 (dieciseis pesos) lo que equivale al cambio actual en guaraníes (según Cambios Chaco: $ 1 = Gs 975)  a Gs. 15.520, sí leyó muy bien...

1 Garrafa de Gas de 10 Kg en Argentina = Gs. 15.520.-

1 Garrafa de Gas de 10 Kg en Paraguay = Gs. 83.000.- 

Diferencia = Gs. 67.480.- es lo que APESA está robando a cada familia paraguaya.

Consumo mensual de gas en Paraguay es de 7.000 toneladas (http://abcradio.com.py/2008-07-03/articulos/429794/argentina-vendera-a-paraguay-9-000-toneladas-de-gas) que equivalen a 700.000 unidades de garrafas de 10 kg... imagínese el monto que roba APESA (Diferencia= Gs. 67.480 x 700.000 unidades) alcanza un total de Gs. 47.236.000.000  = U$ 10.007.000.- MENSUAL

al multiplicarlo por 12 meses (1 año) da la suma de Gs. 566.832.000.000 = U$ 120.091.000

Para no ser tan injustos, porque somos humanos, se podría descontar algunas cotas de impuesto por importación y de traslado de esos 50 km más... igual, el monto no ha de variar mucho...

Por el monto MENSUAL que tiene la APESA por "ingreso extra", que pagamos todxs lxs habitantes del Paraguay, Gs. 47.236.000.000... 

En un día comerían 2.361.800 personas (Gs. 20.000 por persona)

O se podría dar de comer a 78.726 personas todos los días del mes (30)

    Se podría pagar 4 pasajes urbanos de Asunción (Gs.2.300 x 4)  de 5.134.347 personas x un día (casí el total de la población paraguaya)

    Este monto mensual representa el presupuesto de la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia durante 1 año.

    Podrían beneficiar mensualmente a 188.944 familias con el Programa Tekoporâ (Gs. 250.000 x 1 familia x 1 mes).

Algunas preguntas para el Análisis...

1. Quienés son los propietarios de las empresas que conforman APESA?

2. Quién/es dentro del ESTADO están detrás de este negocio?

3. El Pueblo Paraguayo maneja estas cifras?

4. Si en Argentina el gas costara como en Paraguay $ 85, usted cree que la gente se quedaría en su casa sufriendo los aumentos?

5. Teniendo en cuenta que Paraguay es uno de los propietarios de la Hidroeléctrica que produce la mayor cantidad de energía durante el año en el mundo, será que en vez de importar gas, podríamos electrificar nuestro sistema de cocción o utilizar otros sistemas mas económicos? A quienes se le cortaría el chorro con este tema de importación del gas?

Qué podemos hacer al respecto?

FIRMA: un trabajador y padre de familia que utiliza una garrafa y media de gas al mes...


DATOS AUXILIARES...

La Cooperativa Clorinda con gas subsidiado
CLORINDA (C). Mediante una decisión emanada del consejo directivo de la Cooperativa de provisión de Obras y Servicios Públicos Clorinda Limitada desde ayer uno de los camiones de distribución de gas de la planta ha salido a recorrer los barrios haciendo paradas en distintos puntos para acercar a los vecinos la posibilidad de comprar el gas a precio subsidiado.

Martes 8 Noviembre de 2011

Tal como lo establecen las normativas, sobre esto hablamos con el encargado de la planta de gas Arsenio León quien explicó que esto se decidió hacer teniendo en cuenta que a mucha gente le llegan las garrafas pero a un precio más elevado y por ello se decidió tomar esta medida, ayer recorrieron las distintas manzanas del barrio 1º de Mayo y hoy lo harán en Riacho Negro y Puerto Pilcomayo, aclararon que este sistema va a continuar durante todos los días con un camión que va a recorrer la ciudad para llevar a $16 el gas en garrafas de 10 kg.

Ante la duda de mucha gente sobre lo anunciado desde el Gobierno nacional sobre la quita de los subsidios a varios elementos señaló que eso no afectara al gas, el convenio está firmado para que este precio se mantenga hasta el 31 de diciembre y que no habrá modificación en el precio, tampoco el año próximo porque ese convenio firmado el pasado año se vuelve a repetir en pocos días más.

La gente lo va poder seguir consiguiendo a $16 durante todo el 2012 también, siempre distribuido por Cloricoop que es el habilitado a distribuir a este precio, también en los comercios habilitados se debe vender a ese precio ya que la cooperativa vende a un precio menor a los comerciantes que tengan la habilitación pertinente y que estos lo vendan a los clientes también a $16.

POR OTRA PARTE TENEMOS LA REALIDAD NACIONAL

Precio del gas en garrafa sube Gs. 700 por kilo

A partir del miércoles, el precio del gas en garrafa subirá 700 guaraníes por kilo, confirmó a ABC Digital Ausberto Ortellado, titular de la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio (Apesa). El precio del gas para uso vehicular subirá de G. 4.070 a 4.520 guaraníes el litro.

El precio del gas envasado en garrafa de 10 kilos subirá de 76.000 a 83.000 guaraníes, mientras que el gas para uso vehicular subirá de 4.070 a 4.520 por litro a partir del miércoles.

Por otro lado, la estación de servicio Barcos y Rodados estará subiendo el precio de la nafta por 300 guaraníes a partir del martes. Otras estaciones de servicio estarán reajustando sus precios por un margen similar, explicó Ortellado.

El el gas licuado de petróleo (GLP) sufrirá este ajuste por la variación de los precios del crudo y la inestabilidad del dólar americano.

La suba de los precios, que comenzó con el aumento del precio del gasoil, lleva a una cadena de aumento de costos en distintos sectores, incluyendo el alimenticio.

30 de Enero de 2012 17:20
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