Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
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Requisitos para abrir casa de créditos

Buenas Tardes Compañeros:
Sabrían decirme cuales son los requisitos para abrir una CASA de Créditos y cuál sería el ente que regula a las mismas.

Conociendo más el tema de las CASA DE CRÉDITOS y un ejemplo claro es CREDI CLARA, ahora bien, para aclarar aún más lo expuesto por los apreciados colegas y tener la certeza a la consulta, en donde podemos acceder a la reglamentación de este punto y tener todos los detalles referentes al tema?

Muchas Gracias por la colaboración de siempre

Respuesta:

Buenas tardes:

Aclarando esta consulta, las casas de créditos (credi clara, credi ágil) etc., sólo utilizan su capital operativo por lo tanto no están reguladas por el BCP, por mas que otorguen créditos en dinero, por que como ya explicaron anteriormente no realizan o no deberían realizar, la Intermediación Financiera definida en la Ley 861( ...la captación habitual de recursos financieros del público en forma de mutuos, depósitos, cesiones temporales de activos financieros, o cualquier otra modalidad contractual que lleve aparejada la obligación de restitución, a fin de emplearlos solos o en conjunto con su patrimonio u otros recursos de otras fuentes de financiación; en conceder créditos de diferentes modalidades, o inversiones, para cualquier propósito y de cualquier naturaleza, con independencia de la forma jurídica o la denominación que utilicen los sujetos o las actividades que éstos realicen, o cualquier otra actividad que a criterio del Banco Central del Paraguay se asimile a la Intermediación financiera. ), . Lo que debería regir para ellos es la Ley 2339 que reglamenta el Art 44º de la ley 861, sobre tasa usuraria, pero no estoy al tanto que estén fiscalizados en este punto.

Su giro es comercial no intermediación financiera.

De la Ley 861
Artículo 3o.-   Personas excluidas.
Quedan excluidas de esta ley las personas físicas o jurídicas, que actúan en el mercado financiero y de crédito con recursos financieros propios, que no realicen intermediación financiera, salvo que el Banco Central del Paraguay, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos, resuelva incluirlas,.....


Entiendo que debemos separar dos cosas:

Las reglamentaciones del BCP, léase Ley 861 o Res. 1/07, no afecta a estas empresas que prestan dinero de su propio capital, puesto que como dijeron varios colegas, actualmente no está regulada, controlada por el BCP.
Sin embargo, se debe tener presente lo establecido por Artículo 3o. de la Ley 861 que dice"- Personas excluidas.
Quedan excluidas de esta ley las personas físicas o jurídicas, que actúan en el mercado financiero y de crédito con recursos financieros propios, que no realicen intermediación financiera, salvo que el Banco Central del Paraguay, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos, resuelva incluirlas, atendiendo al volumen de sus operaciones o su incidencia en la política monetaria. En este caso, aquéllas deberán ajustarse a las disposiciones de esta ley y sus reglamentos".
  Creo que hasta la fecha no se dio el caso de que algunas empresas llegaron al volumen de operaciones que a criterio del BCP sea importante para incluirla entre las empresas reguladas.
Por lo tanto, como dijo también alquien en correos anteriores, estas empresas deben cumplir con todas las reglamentaciones que le afecta como unidad económica, de acuerdo a su condición jurídica y de contribuyente.
La parte que le afecta, es la que corresponde al Art. 1 de la Ley 2339/03 por la cual se establece los límites de tasas de intereses sobre las cuales se consideran  usurarias.
Esta información lo publica el BCP.

Espero haber contribuido a tu requerimiento.

Cordiales saludos

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