Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Aportes realizados al consorcio

Estimados compañeros
Por favor ayuda!!

Cuatro empresas se unieron para formar un consorcio para ejecutar un trabajo. Al momento de iniciar los trabajos la entidad pública otorga un anticipo correspondiente al 30% del valor del contrato.

Dicho porcentaje es muy bajo dejando un flujo de caja negativo para cubrir la compra de materiales
Ante este hecho, los socios deciden aportar al consorcio.

Consulto, que documento debe entregar el consorcio al momento de recibir ese aporte?
He consultado con otro colega y me dice que la empresa socia debe facturar el exento el aporte, cosa que no me cierra ya que según mi criterio solo facturamos por prestación de servicios o venta de bienes.

Otro colega sostiene que debo entregar un recibo de dinero ya que es el documento que avala que el consorcio recibió un valor.

Cual sería el criterio correcto.
Saludos

Respuesta:

Para el caso de las Sociedades, como por ejemplo las S.A., se permite que para efectos de documentar se utilice la factura y se expide como exenta, lo cual indudablemente va en contra del concepto a lo cual se expide una factura que es por la venta bienes o prestación de servicios.

En el caso del Consorcio podría tomarse como procedimiento asimilable, pero los aportes no son ventas, podría decirse que si es un traspaso de bienes, si es que los aportes en bienes, pero si en este caso son aportes en efectivo, mi posición sería que expidas un recibo de dinero legal, como parte del sustento acompañado de un acta de directorio de cada empresa aprobando dicho aporte; y a su vez que el consorcio expide un acta firmada por los consorcionantes por el aporte a efectuar, formalidad similar a las S.A. cuando aprueban el aumento de capital.

En mi opinión, basta con Recibos. La factura es para relacionarse con terceros, no con los socios.
Además, este aporte no debe tributar ningún impuesto por lo que al Fisco no le interesa estos aportes. Estará sí interesado de las resultas de las operaciones finales por resultados contables.
Atentos saludos,

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