1. INSCRIPCIÓN DE FIRMAS UNIPERSONALES
Empresa Unipersonal: Es toda unidad productiva perteneciente a una persona
física, en la que se utilice en forma conjunta el capital y el trabajo, en cualquier
proporción, con el objeto de obtener un beneficio económico.
Las Empresas unipersonales están obligadas a inscribirse en el Registro Patronal
habilitado por la Autoridad Administrativa del Trabajo en un plazo máximo de
sesenta (60) días desde el inicio de la relación laboral.
¿Dónde?
El trámite se realiza en la sede del Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Departamento Inscripción Obrero Patronal.
Dirección: Herrera esquina Paraguarí – Asunción
Requisitos
• Solicitud de inscripción patronal (venta en perceptoría) firmado por el
propietario o dueño de la empresa.
• Fotocopia de cédula de identidad del propietario
• Fotocopia de la inscripción en IPS (constancia de inscripción patronal)
• Fotocopia de Registro Único de Contribuyente (RUC) y constancia de
inscripción en el RUC.
• Lista de los empleados con Nº de cédula de identidad, en hoja firmada por el
propietario.
• Si existe un representante autorizado para firmar en vez del propietario, el
poder que lo acredite registrado en el Registro Público de Comercio Sección
Poderes
• Si el propietario o los empleados con extranjeros deben además presentar:
fotocopia de C.I. paraguaya o fotocopia del carnet de Migraciones (Ministerio
Interior)
• Para el caso de inscripciones de centros educacionales, empresas de seguridad,
radioemisoras y otras que quieran autorización para su funcionamiento,
deberán adjuntar copia de la autorización
• Fotocopia C.I. de los empleados.
OBSERVACIÓN: Todas las fotocopias deben pasarse por por escribanía o juez de
paz.