Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Tarjetas de comprobación de derechos de IPS


Podrían facilitar si conocen el e-mail para solicitar las tarjetas de comprobación de derechos de IPS? Pues ya no entregan mas en las oficinas de la Dirección de Aporte Obrero Patronal.

Respuesta:

Esta es la dirección para solicitar las tarjetas de comprobación de Pagos al IPS.

Mensaje de Luz para el 2012

Sencillamente hermoso y conmovedor, contiene mensajes mágicos que la vida nos hace llegar en momentos decisivos.
Al escuchar este video concéntrate y veras como toca tu alma y tu corazón.
Este mensaje te dará fuerzas, para seguir en un camino con el corazón abierto y guiado por él!..
Bendiciones a las casi 400 personas que nos están siguiendo a diario.
Mucha Fuerza y Adelante!


Bonificacion Familiar


Este es el caso de una persona que tiene 20 días de reposo, y quisiera saber si la Bonificación Familiar se debe calcular solo por los días que trabajo ( 11 días ) o por todo el mes? Gracias!!!!!
Respuesta:
Por todo el mes el reposo se cuenta como día normal.

Formularios para registro de firma Exportación

Les paso esta información por si les sea de ayuda son formularios:

« Formularios de Registro del Exportador
       • Registro del Exportador - RUE01.pdf
       • Actualización del Registro - RUE02.pdf
       • Documentos requeridos e Instructivo de Formularios - RUE01 y RUE02.pdf
       • Registro de Firma de Despachante
       • Registro de Firma de Agente Marítimo

Activar costo en Construccion


Buenos días:
Tengo una consulta se va a construir una Estación de Servicios en una ciudad y están incurriendo en diversos gastos: 
1. En la municipalidad impuesto a la construcción
2. En la SEAM certificado de impacto ambiental (aquí tenemos honorarios. de ingenieros, y otros)

Mi consulta es si estos gastos de impuestos, honorarios  y otros gastos en que se incurra para la construcción se pueden activar como  costo de la obra del edificio de la Estación de Servicios.

Me gustaría conocer sus experiencias en este tema.

Gracias

Respuesta:

Abierta al debate

Cambio IRACIS a IRPC


Buenas noches colegas!

Alguien me podria decir si se puede Cambiar de IRACIS a IRPC, es el caso de una Dra. Que tenia LABORATORIO DE ANALISIS  CLINICOS HASTA AGOSTO/2011, pero a partir de OCTUBRE/2011
solamente esta facturando HONORARIOS y máximo llegara a los 50 millones anuales, espero sus comentarios y desde ya muchas gracias!


Saludos!


Respuesta:
No se puede cambiar a IRPC, lo que si podría es cambiar a SERVICIO PROFESIONAL sin Balances y presentando el Formulario 120 todos los meses.
Lo que te recomiendo es lo correcto, además de:
Un cambio de Información  inscribiéndola como profesional (si ya no lo hiciste)
Presentar las Liquidaciones de IRACIS año 2011 (si ya no lo hiciste); y como comentas, ya no estaría alcanzada a ese impuesto. Dejar al profesional como contribuyente alcanzado solo por el IVA, por su actividad profesional. La fecha de los cambios de información podrías poner 31/12/2011 y  pagarías la contravención por la comunicación tardía.

Autorización para Terceras Personas

Les paso aquí varios modelos que pueden ajustar de acuerdo a sus necesidades. Incluso el Modelo de nota numero 3 es el que ahora mismo se esta vendiendo en la Sub. Secretaria de Tributacíon.

Ver

Marcar anticipo IRACIS y/o marcar IVA


Buenas tardes,

Si pueden ayudarme con su experiencia.
En marangatu al dar la opción de generar boleta de pago se dan dos posibilidades, en este caso, marcar anticipo IRACIS y/o marcar IVA.
Si se marcan los dos cuadros con sus importes respectivos, genera una sola boleta de pago y en obligación aparece varios. En el momento de la imputación de las obligaciones, son correctamente realizadas? Queda reconocido que se pagó el anticipo y el iva?

Desde ya, muchas gracias.

Respuesta:
Hola, que tal, si pagas vía web las imputaciones van donde corresponden es decir una al IVA otra al anticipo, sin problemas. Si pagas vía las ERAS se pierde la identificación del pago.
Ahora yo te recomendaría generar 2 boletas de Pagos así se identifican independientemente cuanto se debitó de la cuenta por el IVA y cual por el Anticipo de IRACIS.

Saludos

Matricula de Contador Público


Antes que nada felicitarles por la iniciativa de este Perfil y mi consulta es la siguiente: Los requisitos para Obtención de Matricula de Contador Público son las mismas? y si en cuanto tiempo sale si se presentan todos los requisitos? Es para un Auxiliar que se recibió recién. Podrían enviar por favor? Muchas gracias y saludos cordiales.

Respuesta:
Por favor si me envían sus preguntas en el siguiente email: flordeabril22@yahoo.com.ar
Respondiendo a tu pregunta:
Generalmente en 3 semanas, para el caso de auditor experiencia de 3 anos y para el de contador tu título profesional, entra a la web del colegio y vas a ver los requisitos o llamas ahí y preguntas por la LIC. Raquel Maidana el número es 0994286017 o a su correo: raquelmaidana.ccpy@gmail.com

Pago en exceso de los anticipos IRACIS


Buenas 
Que puedo hacer si un contribuyente pago en demás su anticipo de IRACIS, ya que al declarar en el 101 lo efectivamente pagado como anticipo no reconoce el exceso, solo reconoce lo que debía haber pagado! 
Luego me genera una deuda de IRACIS lo que no corresponde ya que pago demás, qué puedo hacer en este caso? 
Una solución que se me ocurrió pero no estoy tan segura es que el exceso se consigne en la casilla de pago previo, pero será que el sistema me va a reconocer? O tengo que hacer el cambio de código de obligación de anticipo a IRACIS? 
Que opinan

Gracias desde ya


Respuesta:
Tienes que preparar una carta o nota de reclamo lo que pasa es que el sistema informático de marangatu esta tan estructurado, que en su programa no reconoce el pago en exceso, en todo caso intenta en el casillero pago previo pero es posible que después en el sistema figure como no aplicable.

Hace como un mes realizamos un trámite similar.
Pero en este caso, fue porque solicitamos la suspensión del 4to. Anticipo, y a la hora de liquidar la renta, ésta fue superior.
Entonces ingresamos este 2012 el 4to. Anticipo asumiendo las multas, etc..
El punto es que este pago quedó en NO APLICADO.

Presentamos el 101 y no se neteó, quedo en estado NO APLICAR.

Por una nota simple solicitando la aplicación del pago a la Obligación Renta, esto quedo solucionado.
Tomó 24 horas.

Espero sirva de referencia, saludos.

Costos de multas de la policia caminera

Bueno esta información es muy interesante para todos ustedes.

Reglamentación para la inscripción de beneficiados


Buenas Tardes  Anexo un comentario del IPS de la reglamentación del PE emitido en Noviembre/2011 sobre el tema de que subsana la prohibición de inscribir al marido como parte del seguro social de la esposa. 

REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN DE BENEFICIADOS Iguala en derechos a hombres y mujeres. Gracias a la Resolución del Consejo de Administración del IPS de noviembre del año 2011, mediante el impulso del Decreto Nº 8.841 dispuesto por el Poder Ejecutivo, que reglamentó la Ley Nº 375/1.956, las mujeres aseguradas podrán inscribir a sus cónyuges como asegurados beneficiados, de igual manera que los asegurados hombres a sus esposas. “Se rompió de este modo la desigualdad de géneros existente anteriormente, ya que antes la mujer no podía incluir a su pareja, como si lo podía hacer el hombre. Antes la mujer para demostrar que era su pareja, debía recurrir a testigos, los que acreditaban que el marido no trabajaba, no tenía ingreso y así ingresaba como beneficiario de la esposa”, enfatizó el Dr. Pedro Cano, Director de Aporte Obrero Patronal. Recordó que para la inscripción de los Cónyuges, hay que dirigirse a al Hospital Central y cumplir con los siguientes requisitos: Presentar Cédula de Identidad del asegurado titular, fotocopia autenticada y certificado de matrimonio original. Para casos de uniones de hecho (Concubinato): Se precisa de una declaración jurada, firmada por el asegurado titular, respecto de la condición de desempleo del cónyuge y la aceptación de exclusión automática y de oficio del IPS, en caso de comprobarse falsedad de dicha condición.

Aporte y aumento su capital


El aporte debe modificar la constitución, por que la empresa hizo aporte y aumento su capital se fue para sacar prestamos le pidieron la constitución y allí figura  tanto, y en el balance tanto es por eso que necesito saber si debe hacer por escritura para modificar la constitución.
Gracias.


Respuesta:


A  fines  de  exposición  en  en  balance  lo  podes  registrar en  la  cuenta. Aportes para futuras capitalizaciones  dentro  del  patrimonio  neto  hasta que  lo  materialices  por  escritura.
La modificación del estatuto por el aumento de capital debe estar asentado en la Asamblea de Socios, para después elevarlo a Escritura Pública e inscribirlo en Registros Públicos, ese sería el procedimiento, para que legalmente el Capital esté integrado. 

Aporte de capital SRL documentar

Hola, una consulta si la empresa S.R.L. hace aporte de capital como se debe documentar.
 Gracias

Respuesta:
El aporte es en efectivo o en especie? si es en efectivo con la boleta de depósito, si es en especie con el documento de entrega previo acuerdo o sesión asamblearia de socios, donde se defina el compromiso de aporte de capital.

El primer contador de las Americas


Parte de la Historia Primer contador en las Américas.

Como Cristobal Colón cuando llegó a la isla de Santo Domingo junto con su escriba ("contador"), que podria decirse que fue el primer contador occidental en las americas.

Aunque los mayas y los incas tenían su sistema de registros, en el caso por ejemplo de los incas eran los llamados "quipus" el cual utilizaban cordeles y en cada uno hacían distintos nudos, cada tipo de nudo representaba una cantidad específica de lo que contaban, sea alimentos, materiales, etc. Se puede decir que ellos tenian un sistema de contabilidad logistico, y a su vez se puede decir que ellos fueron los primeros en impementar un sistema de control de activos fijos, el cual eran las mismas tierras de cultivos, en especial en las alturas en cuyas faldas de cada montaña construian andenes que eran como pisos de tierra que acondicionaban con escaleras para ir sembrando y los dividían por tipo de cultivo como parte de su control contable logístico.

Los mayas que a través de la escritura hacían conteos de manera métrica es decir de a 10, sobretodo para el seguimiento de la producción del sembrado y cosecha, su periodo económico era de 10 meses, y hacian proyecciones de producción de acuerdo a las condiciones climatológicas que las presagiaban a través de su conocimiento eastronomía.

Digamos que los padres de la contabilidad en las americas fueron los: mayas e incas.

Rendición de viaticos


Buenos días !!
Tengo las siguientes consultas..

Caso: En una empresa de fletes nacionales los choferes (inscriptos en IPS) reciben viáticos ocasionales por viajes al interior, por estos viáticos no rinden comprobantes de gastos.
Como es más conveniente o correcto respaldar?
-Podría emitir auto factura por cada viatico abonado? Ellos no son contribuyentes, pero estos viáticos se dan periódicamente (una o dos veces por semana por cada chofer)
-Podría inscribir a uno de ellos como contribuyente y que éste emita factura por el total de viáticos abonados en el mes?
Otros opciones?
alguna reglamentación al respecto?

Gracias desde ya
Respuesta:
Al estar inscritos en IPS, del punto de vista laboral no deberías utilizar alguna factura de ellos si se inscriben con RUC, entrarías sin querer a una contingencia laboral si es periódico, sino sería lo planteado en el párrafo siguiente.

Del punto de vista tributario, pienso que tomando en consideración el principio tributario de la realidad económica, podrías utilizar la auto factura a nombre de cada uno de ellos, detallando los conceptos y/o adjuntos los comprobantes que se puedan, todo depende de la significancia o materialidad económica, lo cual si es relevante, debería estar documentado, porque si no serían GND.

Zonas para IMAGRO


Buen día. Me podrías decir en cuál de las reglamentaciones me indica para IMAGRO las zonas por favor. Desde ya muchas gracias

Respuesta:

En la misma Ley 125 en el capítulo de IMAGRO puedes visualizar las zonas, que son zona oriental y zona occidental, en la web de la set en Disposiciones Legales  en Decretos Año 2005, figura la reglamentación detallada, si quieres verlo por departamento.

Saludos

Día del Contador de las Américas


Día del contador de las Américas
Hoy se festeja es Día del Contador de las Américas, muchas felicidades a todos los colegas

Venta de terreno


Hola, tengo una consulta es sobre  un terreno la empresa tiene un terreno y  entrega a una inmobiliaria para que lotee, la empresa firma un contrato con la inmobiliaria para que lo lotee.. Ahora está cobrando en cuotas la empresa, la inmobiliaria le paga. Como debo facturar eso tengo que hacer una factura a crédito  por el terreno y a medida que cobro la cuota le hago el recibo o directamente el recibo o cuando cobro todo le hago la factura ??  la comisión me tiene que facturar la inmobiliaria que la empresa le paga por la venta del terreno es así.

Desde ya muchísima gracias por la atención.


Respuesta:
Dependiendo como está redactado el contrato puedes facturar por todo el bien y las cuotas que vas cobrando emites recibos legales que es lo normal, o facturas por cada cuota pero depende de cómo esté redactado el contrato.

Multas por presentación tardía de formularios


 Buen Día a todos/as 
Mi consulta consiste en:

Las multas de Gs. 50.000 por presentación tardía de los formularios de Iva (en este caso) se puede solicitar la exoneración ya que son sin movimiento y aparte son 110 formularios que hacen un total de Gs. 5.500.000??

Gracias y saludos.

Respuesta:
Se puede solicitar prescripción, tendrías que analizar si  ya corresponde la solicitud.

Pero para aclarar nomas:

Costos rubrica de libros contables


Muy buenos días. Si me pueden dar una ayuda. - En el caso de rubrica de libros cuanto es el costo y el tiempo que lleva. Mientras se rubrica el libro el contribuyente ya puede facturar? - el otro caso: un contribuyente de tributo único mando hacer su boleta, y en vez de boleta de venta en la imprenta le hicieron factura y ya uso 5 hojas. Que puedo hacer en este caso? cancelar y pasar a IVA general? o actualización de datos?.Que formulario uso? Desde ya gracias por su ayuda 


 Respuesta


Buen día, Le remito los requisitos para la rubrica de Libros.


 A.I. PARA RUBRICA DE HOJAS/FORMULARIOS CONTINUOS 

Nota de solicitud de Autorización Judicial para el empleo de medios computacionales de registración contable, con patrocinio de Abogado. - Adjuntar fotocopia de Autorización de Hacienda, R.U.C y C.I. del representante, autenticado. - Comprar Formulario de tasa de juicio. Abonar tasa de juicio. - Presentar ante el Juzgado Civil y Comercial de Turno.

Capital suscripto e integrado ¿Qué significa? Cuales son las diferencias?

Para la apertura de una Empresa S.A,  el criterio que debe utilizarse en el estatuto, el importe de Capital Suscripto y el Capital Integrado, que parámetro se toma para definir capital.

Respuesta:

Documentacion Recupero de Gastos

Buenas Tardes, 
En el caso de Recupero de Gastos de Impuestos, entre empresas de un mismo grupo - como se podria documentar el recupero de el pago de un impuesto?

En mi caso en particular - tengo una empresa madre A, quien es dueña del 50% de una empresa B. La empresa B se dedica a administrar uno de los negocios de la empresa A - donde tiene que cargar con los impuestos. Pasa que esos impuestos están relacionados a licencias a nombre de la empresa A - y por eso es que no se puede hacer de "pasamano" directamente.

Por contrato - esta estipulado que la Empresa B debe correr con todos los costos/ gastos incluido los impositivos (imp Municipales y especiales - aca no hablamos de IVA o IRACIS), y la ganancia de la empresa A se vera al repartir dividendos. 

Es posible documentar y que SEA DEDUCIBLE para la empresa B, con un Recibo de Dinero amparados en el contrato de gerenciamiento que se tiene? O solamente con factura - en exentas? O directamente no se hace ningun otro documento y se ampara la empresa B en el contrato mencionado y por eso es que estos impuestos salen a nombre de la empresa A?

Aguardo sus opiniones, 

Saludos!


Respuesta:
Como es recupero de gastos tienes 2 caminos: o emites un recibo legal de dinero como si la empresa b recupera en efectivo; o facturar como exenta dicho recupero de gastos, poniendo como concepto devolución de impuestos.

Para mi seria mas recommendable la opcion 1.


División de ganancias

Tengo un pequeño negocio con un socio, yo invertí 10.000.000 Gs. Y mi socio invirtió 2.000.000, como hago la división de la ganancia?

Respuesta:

La sugerencia que te la doy es esta:

Total capital 12.000.000

socio A 10.000.000.- 83%

socio B 2.000.000.-  17 %

Anticipo IRACIS

Buenas Tardes

Una consultita, si la primera cuota de anticipo de IRACIS no se abona en fecha, como se calcularía el interés y mora???

Aguardo vuestros comentarios.


Saludos

Respuesta:

El mismo cálculo que el IVA.
De la misma forma que los demás impuestos cuando pagas fuera de fecha.

Dividendos recibidos del exterior

Buenas Tardes:

Una consulta. Por favor podrían indicarme dónde puedo encontrar información sobre dividendos recibidos de una entidad constituida en el exterior y redistribuidas localmente una porción y otra remitida a accionistas del exterior.

Algunas dudas son; si les alcanzan impuestos adicionales o retenciones, si existe un esquema de pagos para estos casos.

Sólo tengo conocimiento de la tase que se aplica a utilidades o dividendos distribuidos a los socios o accionistas domiciliados o establecimientos constituidos en el exterior, que será la tasa del 15 % sobre el total de los importes netos acreditados, pagados o remesados, el que fuere anterior. No encontré sobre dividendos recibidos del exterior.   
       
Desde ya agradezco la atención.

Atentamente.

Respuesta:

Por el principio de territorialidad de la Fuente la cual se basa la legislación paraguaya, y no la de Renta Mundial, no se aplicaría ninguna tasa de impuesto. Sería una renta no alcanzada por el impuesto a la renta.
Por el principio territorial mismo que utilizamos, criterio fuente y con la nueva adherencia realizada por el artículo 5º de nuestra Ley, toda ganancia o rendimiento de capital colocados en el exterior, se considerará de fuente paraguaya, cuando la inversora o beneficiaria de
dichas ganancias, esté constituido en el Paraguay. Por lo tanto, si las utilidades recibidas en el Paraguay, son de una empresa inversora constituida en el Paraguay, dichas utilidades serán considerados de fuente paraguaya y por lo tanto estarán gravados por el Impuesto a la
Renta. De la misma manera, si dichos ingresos forman parte de los ingresos brutos de la empresa y luego distribuye utilidades, deberá tributar la tasa adicional del 5% por la distribución, asi mismo si dichas utilidades son reenviadas de vuelta al exterior, estará también sujeta a la retención del 15%, en razón de que provienen de utilidades gravadas por el IRACIS. El único caso en la cual no correspondería retener el 15% es solamente cuando las remesas se traten de rentas no sujetas o no alcanzadas por el IRACIS. Para profundizar puedes consultar el artículo 5º, tercer párrafo de nuestra Ley, el artículo 20º num. 2) y 3) y las reglamentaciones del IRACIS.

Ajustes por Redondeo

Buenas tardes a todos
Una consulta, en las facturas de Ande y Essap, suelen venir Importe del Redondeo  y luego abajo CR. AJUSTE  REDONDEO, Estos montos suelen ser cifras positivas y negativas que no suman o no tiene en cuenta la base imponible sobre la cual calcula el IVA, la pregunta es si estos montos según sumen o resten la base imponible, el IVA discriminado en la factura no reflejaría el 10% de la base imponible, como proceder en este caso??

Saludos a todos y buen inicio de la semana laboral

Respuesta:

Para efectos de que cuadre tu asiento contable, dichos importes los registras como exentas.

Saludos

Llenado de Formulario 120 – V2

Este es una material de Ejercicios Prácticos utilizados para las presentaciones de declaraciones juradas.
Muy práctico para las personas que aun no están entendiendo bien o para ampliar nuestros conocimientos prácticos.

Sistema de Timbrado en excel

Consultas Publicas sobre Sistema de Timbrado

Buenas  les facilito las Consultas Publicas del Sistema de Timbrado desde Excel lo siguiente:

Consultar Cumplimiento de Obligaciones Requeridas
Consulta del Ruc

Al iniciar
Aparecen los captchas o códigos ilegibles o difíciles de leer, que debemos de ingresar

IMAGRO - Regimen presunto

Si una persona física, que su régimen de liquidación es el presunto, esta  persona posee sau de 295 has. Racionalmente explotado, durante todos los  años anteriores liquido por el mismo régimen, es decir que el periodo 2011 liquida por el régimen presunto, para el año 2012 puede seguir liquidando  por el régimen presunto por más que sus ingresos superen los 500.000.000?.-
Según entiendo en el art 9, inciso 3.1 explica bien claro, puedo seguir  liquidando por el régimen presunto sin importar los ingresos porque ahí  expresa “con independencia al monto de sus ingreso”; es correcta mi  apreciación?
O al superar los 500.000.000 en ingresos si o si debo liquidar en el 2012  por el régimen contable?

Respuesta:

Para las Personas Físicas que tienen un inmueble con aprovechamiento productivo eficiente y racional, es opcional el REGIMEN PRESUNTO.
 Si no lo tuviera, entonces el REGIMEN PRESUNTO ES OBLIGATORIO.
 En el caso planteado en la consulta, la Persona Física puede optar y elegir mantener el REGIMEN PRESUNTO, por más que sus ingresos superen los Gs. 500.000.0000 millones.

Te paso una pregunta referente al tema Ver

Venta de activo fijo totalmente revaluado

Tengo una consulta sobre venta de activo fijo totalmente depreciado y revaluado en el cuadro, para el asiento de costo siendo que el bien ya tiene valor 1, como seria????

Respuesta:
Se tiene que hacer un asiento de reversión debitando el importe de la depreciación acumulada + costo de enajenación de af por 1 y acreditando a la cuenta activa de dicho activo fijo.

Pago del Imagro

Quería hacer una consulta si el pago de IRACIS ocasional por la venta de un Inmueble de un contribuyente de IMAGRO es un gasto que se puede deducir para el pago del IMAGRO, o sencillamente no debe ser incluido ese gasto en el formulario del IMAGRO????

Respuesta:

Se entiende que al ser inmueble es un activo fijo sujeto está sujeto  ser depreciado, por lo tanto no es gasto.

Registro de Marcas y señales

¿Qué es?
- Es un registro que acredita el uso de una marca y señal exclusiva para los animales vacunos de una determinada persona o empresa.

¿Para qué sirve?
- Para identificar y demostrar la propiedad de los animales.

Requisitos
- 2 (dos) formularios, uno para marcas y otro para señales. Bajar del sitio web:
http://ingresosjudiciales.csj.gov.py/liquidacionesweb/formulariosparticulares.seam

- Los datos se completan a máquina, en caso de gestionar un tercero debe contar con una carta poder firmada por el juzgado de paz del distrito o escribanía y dos fotocopias de cédula del apoderado.

-Se adjunta fotocopia de cédula del titular.

-No se necesita firma de abogado o escribano, solo firmado por el solicitante.

-Pagar la tasa respectiva de 95.667 en las ventanillas de cobro del 2do piso, Torre Norte.

-Dar entrada en mesa de entrada de Dirección de Marcas y Señales en Subsuelo 1.

-Con la contraseña a los 3 días, presentarse en marcas y señales para la elaboración del diseño de la marca.

-Abonar costo de la marca, hierro común. Hierro reforzado. Es opcional.

Compra de vehículo a personas fisicas

Buenas tardes soy nuevo, me podrían  mano con esto, tengo el siguiente caso.
Una empresa xx exportador, está comprando un vehículo (camioneta) cuyo valor ronda los 10 mil dólares - 45 millones-, de una persona que no es contribuyente de ningún impuesto.
La consulta es la siguiente, para el momento de la transferencia hay alguna retención que tendría que hacer el escribano, cuanto es el porcentaje de retención?
si no hay retención,  a parte de la escritura, que documento puede avalar la adquisición de la camioneta?
Hay algo que se puede tener como para deducir IVA, como es el caso de los inmuebles????

Respuesta:
En la enajenación de rodados el escribano solo interviene para la transferencia e inscripción de la escritura pública, no realiza ninguna retención.
Si el vendedor no es contribuyente, podes documentar con la autofactura acompañado siempre de la copia de C.I. del mismo.
Te aconsejo a que te cerciores si realmente no es contribuyente de ningún impuesto, pues muchos alegan no serlo para no emitir facturas y sin embargo lo son, para ello basta con entrar en la página de la SET y solicitar un comprobante de no ser contribuyente para evitar contingencias.
La limitación a la que te réferis son para servicios de carácter personal. Las normas también permiten documentar con autofactura la compra de bienes de contribuyentes que no estén obligados a inscribirse.

Complementando lo mencionado
Para verificar que la persona que vende no es contribuyente entrar en la SET

1) www.set.gov.py

2) Servició on Line

3) Solicitudes y Constancias

4) Impresión de No ser Contribuyente

5) Cargar los datos que pide la ventana

6) Si la persona NO  es contribuyente aparecerá todos sus datos, nombres, apellidos, etc., cargar la clave e imprimir, dejar como respaldo de la Auto factura. 

7) Si la persona  SI es contribuyente NO aparecerá sus datos, nombres, apellidos, etc. y no te dará la opción de imprimir


Si al momento de verificar la persona SI tiene ruc entrar en la SET

1) www.set.gov.py

2) Servició  on Line

3) Consultas y Validaciones

4) Perfil del Contribuyente

5) Cargar los datos que pide la ventana

6) Se ve que el cliente tiene ruc y si su situación.


Si el cliente trae una Constancia de No se Contribuyente entrar en la SET

1) www.set.gov.py

2) Servició on Line

3) Consultas y Validaciones

4) Validación de Certificado de NO Ser contribuyente

5) Cargar los datos que pide la ventana

En la sección de consultas y validaciones se pueden verificar también; constancia de No Retención, Timbrados, etc.

Saludos

Venta de inmueble en el Imagro

Buenas tardes, tengo una consulta si alguien me puede ayudar, quisiera que me orienten a como hacer el asiento de una venta de inmueble en el Imagro, no se pago Iva si el Iracis Ocasional y el regimen que se utiliza es el Simplificado y por lo tanto no se revaluaba este inmueble????

Respuesta:

Abierto para el debate..

Informe auditoria Res. 73

Quisiera preguntar a algún colega que trabaja como auditor Impositivo si el dictamen de auditoría del Ej 2011, ya se debe ajustar a los cambios establecidos en la Res. 73, o debe seguir con la Res. Anterior?

Gracias y saludos.

Respuesta:

Ejercicio 2011 ( inclusive )

Subsecretaría de Estado de Tributación, informó

El Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación, informó por medio de un comunicado que los contribuyentes son responsables de comunicar la baja de sus documentos timbrados no utilizados una vez finalizado su plazo de vigencia. También deben hacerlo en caso de la modificación de los datos del contribuyente en el RUC, por suspensión temporal o cancelación definitiva de actividades, por cierre del establecimiento o punto de expedición, por errores de impresión, robo, deterioro o pérdida de los documentos.

En caso de robo o extravío de los comprobantes timbrados, los contribuyentes deben realizar la denuncia correspondiente en la comisaría policial, dentro de las 48 horas de producido el hecho, para luego solicitar la baja de los documentos ante la administración tributaria.

En la denuncia ante la autoridad policial, los contribuyentes deben hacer constar el tipo de documento, número de timbrado y el rango de numeración de los documentos extraviados o robados.

La comunicación puede realizarse por Internet o en forma personal, acudiendo a las oficinas de la Dirección General de Recaudación de la SET, en cualquiera de las Plataformas de Atención al Contribuyente (PAC), así como a las oficinas regionales ubicadas en las cabeceras departamentales,
presentando el formulario Nº 621.

Fuente: 5días

Asientos contables cosecha de maíz

Le agradeceré si alguién entiende de los asientos contables referente a la cosecha de maiz, cual sería el esquema para los mismos

Gracias..

Respuesta:

Esta abierto para que alguien de su opinión.

Vacaciones proporcionales

Buenas tardes.

Quisiera consultarles lo siguiente;

Es obligatorio el pago de vacaciones proporcionales o causadas a un personal que renuncia y cuya antigüedad es de 10 meses?

Desde ya les agradezco por la ayuda que me puedan brindar.

Atte.

Respuesta:

No, es indistinto, el hecho que por su antigüedad mayor a 10 años el cual ya es un persona estable (con derecho a la estabilidad laboral) no implica que tenga derecho a las vacaciones causales o proporcionales, puesto que al renunciar pierde tanto el derecho a la estabilidad laboral, así como el no corresponderle vacaciones causadas o proporcionadas.

Solo le corresponde si lo despiden, indistintamente al periodo de antigüedad en el trabajo.
Las vacaciones ya vencidas el cual el trabajador tiene derecho al goce correspondiente, y si no las tomo al momento de renunciar o al ser despedido le corresponde, mas no las proporcionales si renuncia.

Anexo el Codigo Laboral, especificamente el punto en cuestion, es bien claro el tema

Codigo Laboral


TITULO TERCERO
De las Vacaciones Anuales Remuneradas

Artículo 218.- Todo trabajador tiene derecho a un período de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo al servicio del mismo empleador, cuya duración mínima será:

a) Para trabajadores de hasta cinco años de antigüedad, doce días corridos;

b) Para trabajadores con más de cinco años y hasta diez años de antigüedad, diez y ocho días corridos; y,

c) Para trabajadores con más de diez años de antigüedad, treinta días corridos.
Las vacaciones comenzarán en día lunes o el siguiente hábil si aquel fuese feriado.
El hecho de la continuidad del trabajo se determina de acuerdo con lo que dispone el Artículo 92, inciso c) de este Código.
Será absolutamente nula la cláusula del contrato de trabajo que tienda a interrumpir la continuidad de los servicios prestados o por prestarse.

Modificado por la Ley 496/95 - Ver Referencia.

Artículo 219.- En las labores en que el trabajo no se efectúe con regularidad todo el año, se considerará cumplida la condición de continuidad en el servicio, cuando el interesado haya trabajado durante un mínimo de ciento ochenta días en el año; y en los trabajos contratados a destajo, cuando el trabajador haya devengado el importe mínimo de ciento ochenta salarios, percibirá el importe de las vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

Artículo 220.- Para calcular el monto que el trabajador debe recibir con motivo de sus vacaciones se tendrá en cuenta el salario mínimo legal vigente en la época de goce de vacaciones, o el salario que entonces recibe el trabajador, si es superior al mínimo legal. El salario debe abonarse por anticipado a la iniciación de las vacaciones.

Artículo 221.- Cuando el contrato de trabajo termine sin haberse hecho uso de las vacaciones ya causadas, este derecho se compensará en dinero, en base al salario actual, y el monto será doble cuando la compensación debe abonarse por despido ocurrido después del período de goce.

Si el contrato termina antes del año, por causa imputable al empleador, el trabajador tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional por vacaciones, en relación al tiempo trabajado.

Artículo 222.- La época de las vacaciones debe ser señalada por el empleador, a más tardar dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se tiene derecho a vacaciones y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso, para lo cual podrá establecer turnos, si no prefiriese cerrar el establecimiento.
El empleador dará a conocer por escrito al trabajador, con quince días de anticipación, la fecha en que se le concederán las vacaciones.


Artículo 223.- Cuando las vacaciones sean otorgadas después del plazo de goce, el empleador pagará al trabajador el doble de la respectiva remuneración, sin perjuicio del descanso.

Artículo 224.- Las vacaciones no son acumulables. Sin embargo, a petición del trabajador podrán acumularse por dos años, siempre que no perjudique los intereses de la empresa.

Artículo 225.- Los trabajadores deben gozar sin interrupción de su período de vacaciones, pero debido a urgente necesidad del empleador, podrá requerir a aquéllos la reintegración al trabajo. En este caso, el trabajador no pierde su derecho de reanudar las vacaciones.
Serán de cuenta exclusiva del empleador los gastos que irrogue tanto el reintegro del trabajador como la reanudación de sus vacaciones.

Artículo 226.- Cada empleador deberá inscribir en un registro la fecha en que entran a prestar servicios sus trabajadores, las fechas en que cada uno tome sus vacaciones anuales pagadas, la duración de las mismas y la remuneración correspondiente a ellas. Si no lo hiciese así se presumirá, salvo prueba en contrario, que las vacaciones no han sido otorgadas.

Forma correcta de la documentación impositiva

Les paso un material muy importante donde habla sobre:
  • Documentación Impositiva
  • Comprobantes contables e impositivos
  • ¿Qué es el
  • Timbrado de Documentos?
  • Clasificación de documentos timbrados
  • ¿Cuáles son los llamados COMPROBANTES DE VENTA?
  • Requisitos pre-impresos de los comprobantes de venta
  • Casos prácticos

IRP, cuarto punto en el orden del día sesión de hoy 3 de mayo

Información compartida por DECIDAMOS.

El tratamiento del IRP fue incluido nuevamente en el cuarto punto del orden del día de la sesión de la Cámara de Diputados de mañana jueves 3 de mayo.

Creemos que será importante estar presentes en la misma, con materiales visibles de la Campaña que podamos ingresar (remeras). Para esto es necesario que seamos un grupo que pueda ocupar el lugar desde donde se observa y escucha la sesión. Convocamos a encontrarnos frente a la entrada de la Cámara, a las 08:30hs.

Si somos representantes de varias organizaciones será más relevante, por lo que pedimos que puedan acompañarnos en esta actividad, y jugarnos a que nos vean.

Esperamos su confirmación para tener idea de cuántos seremos y llevar los materiales necesarios.

Sucursal extranjera

Buenos días,
Tengo una consulta si alguien puede ayudarme por favor.
Cuales son los requisitos (pasos) para abrir una sucursal de una empresa extranjera? Y que obligaciones tiene? Muchas gracias desde ya.

Respuesta:

Buenas,

Si es una sociedad extranjera, debe poner a un representante residente en Paraguay, con cedula paraguaya o simplemente un paraguayo. En ese caso la sociedad extranjera debe homologar sus estatutos con sus actas de asamblea en la cancillería de dicho país y aquí vía ministerio de relaciones exteriores. Una vez homologados los estatutos extranjeros, la escribana inscribe en los registros públicos correspondientes, y de allí ya podes obtener tu ruc.

Hace 2 meses hicimos el tramite como sucursal de una S.A., y estos fueron los tramites que realizamos:

1- Acta de asamblea de origen donde se confirma la habilitación de una sucursal en Py., y donde figure el capital social (dependiendo si es S.A., SRL)
2- Persona que representará a la firma con poder autorizado
2- Copia de la constitución original de la empresa de origen.
3- Todos los documentos deben estar consularizados en el país de origen.
4- Una vez en mano estas documentaciones pasa en una Escribanía, quien realizará la constitución como sucursal y las inscripciones en los Registros Públicos.

Si ingresas en esta página podes ver los trámites posteriores a los del Escribano. Es una ventanilla única donde ya se realizan todas las inscripciones que corresponden.
http://www.suae.gov.py/bpmSUAE/portal/inscripcion.htm

Retención de IVA

Buen día
Una consultita por favor:

Cuando una empresa efectúa una retención de IVA, el recibo del proveedor tiene que venir por el total de la factura o por el total menos la retención??.  Hago esta consulta porque los recibos que me entregan están hechos de distintas formas..

Aguardo vuestros comentarios...

Respuesta:

Buenos días

El recibo se debe emitir por el valor de la factura que cancela, ya que el recibo oficial es la única forma legal de cancelar la factura. Lo de la retención es otro tema es la forma de pago.

Ej. En modelos de recibos que manejamos se consigna el modo de pago.

- Efectivo
- Cheque
- Retención

La suma de los mismos debe dar el total del recibo=factura.

De esta forma queda documentado en el recibo que monto fue pagado en dinero y que porción fue afectado como retención.

Vacaciones remuneradas


Con respecto a cómo registrar correctamente las vacaciones. Ya sean aquellas que se toman en la totalidad y aquellas que son remuneradas al personal. También me gustaría saber dónde  puedo informarme más acerca de la deducibilidad de las vacaciones.

Respuesta:

Ley 2421/04 Art.80 Nacimiento de la obligación tributaria

Una persona habría preguntado sobre el Art. 80. Nacimiento de la obligación tributaria, específicamente en el caso de los Servicios Públicos, si en el caso de Ande, Essap, Copaco, Tigo, Vox etc., se debería de tener en cuenta la fecha de vencimiento o la de emisión.

Creo que respondieron que solo en el caso de la ANDE, se debería de tomar la fecha de vencimiento y de los demás en la fecha de emisión por tratarse de servicios prestados por empresas privadas

Artículo 33.- SERVICIOS PUBLICOS. Los servicios gravados por el IVA que realicen COPACO,
ANDE y ESSAP se deberán documentar mediante la emisión de la factura cuyo formato referencial forma parte de la Resolución N° 1382/05.

Dicha resolución aclara que los Servicios Públicos son los prestados por COPACO, ANDE y ESSAP, ahora bien en el caso de TIGO, VOX, PERSONAL etc., soy del criterio de tomar la fecha de vencimiento, esto por el PRINCIPIO DE LA DEVENGADO,

Abierto al debate!!!!

Desde ya muchas gracias...

Respuesta:

Copaco no es completamente una empresa privada, sino una mixta , al igual que  ESSAP, VOX con lo cual a  mi criterio se le aplica lo establecido en el Art. 80 de la Ley 125/91 Modif. 2421/04.
Si son privadas: TIGO, PERSONAL y CLARO.

Rubricación de libros contables por medios informáticos

Buenos Dias, queria hacer la siguiente consulta, si que necesito para solicitar la autorizacion para imprimir mis libros contables en formulario continuo rubricado por medios informáticos??????

Respuesta:

En un post anterior ya publicamos los requisitos de procedimientos.
Rubricación de Libros Contables Ver

Actualización de datos del contribuyente

Alguien sabe sobre alguna disposición de la SET que obliga a los contribuyentes a crear una e-mail para actualizar datos y luego el contribuyente se acerca a la SET a firmar un acta?
Esta pregunta me la  traslado un contribuyente

Gracias!!!!
Respuesta:
Como tal no he escuchado, te todas formas voy a averiguar para confirmar mejor. No sé si a lo mejor te réferis a esta Resolución 32/10 donde habla algo parecido.

Ver

Revaluó y depreciación de maquinarias

Si me podrían ayudar, los repuestos de maquinarias, serian también parte de revaluó y depreciación, considerando que son partes de la maquinarias.

Las retenciones a los pequeños productores, con auto facturas, por la misma se haría alguna retención del 4.5% y en que formularios se tributa para el pago del IMAGRO?

Gracias

Respuesta:

Para tu primera consulta forman parte del inventario logístico de la empresa, es un bien de consumo o existencia de uso interno, no forma parte del costo del activo fijo de la maquinaria, ver NIC 3 y NIC 16.

En cuanto a tu segunda pregunta si te refieres a retenciones de IVA, debe de declararse en el formulario 122 para su pago.

Tratamiento de costos por préstamos capitalizadosNic 23

Buenos dias.
Alguien tiene experiencia con el tratamiento de costos por préstamos capitalizados según la NIC 23.
Se capitaliza lo efectivamente pagado en el año en concepto de intereses sobre préstamo (AFD efectivamente proyecto de inversión en activo fijo) o se calcula de acuerdo a una tasa media ponderada como dice la norma?
Gracias desde ya.

Respuesta:
Tienes que relacionar lo mencionado en la NIC 23 y en la NIC 16, los costos que se incurran en un proyecto de inversión en este caso de activo, previa al inicio de la actividad, es decir etapa pre-operativa, todos esos costos incluyendo los intereses por el financiamiento forman parte del costo de capital.

Los intereses solo pueden ser capitalizados hasta el momento en que el activo esté en condiciones de producir, o sean las condiciones normales de entrega del bien por parte del proveedor.
 Aquí me quedan dos dudas:
a)      Si es AFD será una construcción, por lo que no sería activable salvo que sea por contrato cerrado de la construcción y eso no es típico de las condiciones de AFD que conozco.
b)      Para ser empresarial, la AFD debió empezar con los créditos Pymes y Mi Pymes, lo que me pone muy feliz, ya que llevaba como 2 años de atraso.
c)       Si es así, una condición que  la AFD iba a imponer, para esos préstamos, es que se cumplan íntegramente las NIIF-Pymes, para otorgar los préstamos, y aún son pocos los profesionales capacitados al respecto.
Saludos

Guía tributaria del contribuyente


Esta guía  les ayudara sobre todos los procedimientos tributarios en la SET.
Espero que su utilidad.

Impuestos ......................................................................................... 05
Registro Único de Contribuyente - RUC .......................................... 09
Pasos Básicos para el Contribuyente .............................................. 15
Códigos de Obligación ................................................................. 19
Impuesto al Valor Agregado - IVA ............................................... 23
Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente - IRPC .................................... 33
Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios - IRACIS ..................... 39
Impuesto a la Renta Agropecuaria - IMAGRO ....................................................... 47
Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal - IRP ................................. 51
Impuesto Selectivo al Consumo - ISC .................................................................. 55
Sistema de Timbrado de comprobantes de venta .................................................. 59
Clave de Acceso.................................................................................................. 67
Sistema Marangatú ................................................................................. 71
DD.JJ. por Internet- Pago Electrónico .................................................... 75
Servicios On Line .................................................................................. 79
Hechauka ............................................................................................. 83
Infracciones Fiscales ............................................................................. 89
Sr. Contribuyente verifique su situación con el Fisco ............................... 93
Mesa de Entrada ................................................................................... 97
Certificado de Cumplimiento Tributario .................................................. 103
Educación Tributaria .............................................................................. 107
Oficinas Regionales .............................................................................. 111

Ver

Resolución 1421/05 Art.33

Esta resolución aclara cuales son los Servicios Públicos: Resolución 1421/05 Art.33

Respuesta:

No entiendo bien la pregunta, por favor si sus preguntas me lo envían bien claro, concreto y conciso.
Si esta Resolución hace alusión a lo que tu mencionas, pero no entiendo la pregunta.

Artículo 33.- SERVICIOS PUBLICOS. Los servicios gravados por el IVA que realicen COPACO, ANDE y ESSAP se deberán documentar mediante la emisión de la factura cuyo formato referencial forma parte de la Resolución N° 1382/05.

Por si necesitas dicha resolución aqui te paso. Ver

Rubricación de los documentos contable

Rubricación de hojas y/o Formularios continuos
¿Qué es?
- Es la resolución judicial por la cual se dispone la rubricación de los documentos contables por los Registros Públicos del Poder Judicial.

¿Para qué sirve?
- Sirve para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 78 de la Ley del Comerciante: “Los libros de comercio, antes de ser puestos en uso, deben ser presentados al Registro Público de Comercio numerados en todas sus hojas, para que sean rubricadas o selladas y se haga constar  en nota datada en su primera página, el número de folios que contengan. El mismo requisito se cumplirá con las hojas o fichas de otros sistemas de contabilidad que se  autoricen. El Registro cerrará los libros usados, con indicación en la última página de la fecha y del número de folios utilizados.”

Requisitos

Solicitud de (A.I.) Auto Interlocutorio para Rubricación de hojas y/o Formularios continuos (Requerido por la Ley 1034/83 Art. 76)

-Presentar nota de solicitud dirigida al juez de turno en lo Civil y Comercial con patrocinio de abogado.

-La nota debe estar firmada por el representante de la entidad si es persona jurídica o por la persona física que ejerce el comercio si es unipersonal.

-Adjuntar fotocopia de C.I. del solicitante autenticado por escribanía.

-Fotocopia autenticada del estatuto de la entidad debidamente inscripta si es sociedad o matricula de comerciante si es unipersonal + fotocopia del R.U.C

-Adquirir en ventanillas de Ingresos Judiciales formulario de tasa judicial-juicios 3000 gs. Con el que se abona tasa judicial 25.511 gs.

-Luego de retirar la nota providenciada, adquirir en Ingresos Judiciales formulario tasa judicial 25.511 gs. + tasa especial 31.889.

-Presentar la nota providenciada + la boleta de pago en Mesa de Entrada y Salida de Registros Públicos, donde se expedirá una contraseña para el retiro posterior de la inscripción del (A.I) en la misma Mesa.

Feliz día del Trabajador


Comparto con ustedes algunas Frases por el dia del trabajado Saludos, y que Dios los bendiga, que tengan un hermoso día.

Cuando la meta es importante, los obstáculos se vuelven pequeños. Autor desconocido

Dichoso el que tiene una profesión que coincide con su afición. George Bernard Shaw

El arte de dirigir, consiste en saber cuando se debe abandonar la batuta para no molestar a la orquesta. Herbert Von Karajan

El espíritu de grupo, es lo que da a muchas empresas ,una ventaja sobre sus competidores. George L. Clements

El modo de dar una vez en el clavo ,es dar cien veces en la herradura. Miguel de Unamuno

El trabajo más importante no es el de la transformación del mundo, sino el de la transformación de nosotros mismos. Juan Pablo II

El trabajo más productivo es el que sale de las manos de un hombre contento . Víctor Pauchet

La gente olvida lo rápido que haces tu trabajo, pero recuerda, lo bien que lo hiciste. Howard W. Newton

Lo que importa es cuanto amor ponemos en el trabajo que realizamos. Madre Teresa de Calcuta

Lo que mueve al mundo no son los potentes brazos de los héroes, sino la suma de los pequeños empujones de cada trabajador honrado. Hellen Adams Keller

Los grandes trabajos no son hechos por la fuerza, sino por la perseverancia. Samuel Johnson

Mi padre siempre me decía: encuentra un trabajo que te guste y no tendrás que trabajar un solo día de tu vida. Jim Fox

Nada es tan cansado como la eterna presencia de una tarea incompleta. William James

No es sabio el que sabe donde está el tesoro, sino el que trabaja y lo saca. Francisco de Quevedo Villegas

No se llega a campeón sin sudar. Epicteto

Pocas cosas en la vida son tan importantes como la satisfacción de un trabajo bien hecho. Brooke Allen

Quien obra se puede equivocar alguna vez; pero quien no obra, vive en continuo error. P.Alberione

Todo el que tiene una ocupación, tiene una oportunidad. Elbert Green Hubbard

Trabajar con amor, es construir una casa con cariño, como si vuestro ser amado fuera a habitar en esa casa. Khalil Gibran

Vengan a Mí todos ustedes que están cansados de sus trabajos y cargas y Yo los haré descansar. Mateo 11,28.