Alguien tiene experiencia en cómo funciona la facturación a través de estas empresas?
Como son INTERMEDIARIAS, pero en las ENTRADAS A ESPECTACULOS PUBLICOS (GRAVADAS) el timbrado sale a nombre de ellas, y solo te facturan por la comisión que cobran.
Muchas gracias y que Dios les bendiga
Respuesta:
En mi criterio puede ser una de estas opciones:
a) La administradora de las entradas factura el espectáculo al espectador, y el organizador le factura a la administradora su parte, quedando en la administradora solo la parte residual de sus servicios.
b) El organizador factura al espectador las entradas, las que son manejadas por una administradora, quien luego le rinde cuentas de las entradas vendidas al organizador y le factura sus servicios.
c) La administradora factura el espectáculo al espectador, y le entrega el ticket del organizador y su factura por servicios (poco interesante, al expedir dos comprobantes al mismo tiempo).
Es sabido que aparece en UN SOLO DOCUMENTO, el monto del espectáculo y el servicio de la administradora. No hay problemas que aparezcan discriminados los montos, pero no se puede hacer un solo documento, que luego dos entidades distintas pondrán como sus ventas, por la parte que les corresponde. No se puede conforme a los art. 2 y 14 del dto. 65396/05.
Sobre este caso, tengo entendido que se firma un contrato entre la empresa administradora (UTS) y la empresa que ofrecería el servicio de venta de adhesiones, y por el cual se estipula un porcentaje de comisiones a pagar por dicho servicio.
Los pasos son los sgtes.:
1 - La Empresa Administradora (UTS) remite a la empresa vendedora los tickets en blanco para la venta de las adhesiones. (Los tickets están a nombre de la empresa administradora)
2 - La Empresa Vendedora al efectuar una venta, da ingreso de efectivo en su caja y expide el ticket de la entrada a los clientes.
3 - El cierre del día, se realiza un arqueo de las ventas realizadas bajo el concepto de ventas de entradas para determinar dichas partidas.
4 - Al día sgte. el importe resultante del arqueo, es depositado íntegramente en la cta.cte. de la empresa administradora, dando salida a caja del importe.
5 - Al cierre del mes, se hace una conciliación y liquidación de las ventas, y sobre esto se factura por las comisiones, conforme lo estipulado en el contrato.
Espero les sirva. Saludos,
Como son INTERMEDIARIAS, pero en las ENTRADAS A ESPECTACULOS PUBLICOS (GRAVADAS) el timbrado sale a nombre de ellas, y solo te facturan por la comisión que cobran.
Muchas gracias y que Dios les bendiga
Respuesta:
En mi criterio puede ser una de estas opciones:
a) La administradora de las entradas factura el espectáculo al espectador, y el organizador le factura a la administradora su parte, quedando en la administradora solo la parte residual de sus servicios.
b) El organizador factura al espectador las entradas, las que son manejadas por una administradora, quien luego le rinde cuentas de las entradas vendidas al organizador y le factura sus servicios.
c) La administradora factura el espectáculo al espectador, y le entrega el ticket del organizador y su factura por servicios (poco interesante, al expedir dos comprobantes al mismo tiempo).
Es sabido que aparece en UN SOLO DOCUMENTO, el monto del espectáculo y el servicio de la administradora. No hay problemas que aparezcan discriminados los montos, pero no se puede hacer un solo documento, que luego dos entidades distintas pondrán como sus ventas, por la parte que les corresponde. No se puede conforme a los art. 2 y 14 del dto. 65396/05.
Sobre este caso, tengo entendido que se firma un contrato entre la empresa administradora (UTS) y la empresa que ofrecería el servicio de venta de adhesiones, y por el cual se estipula un porcentaje de comisiones a pagar por dicho servicio.
Los pasos son los sgtes.:
1 - La Empresa Administradora (UTS) remite a la empresa vendedora los tickets en blanco para la venta de las adhesiones. (Los tickets están a nombre de la empresa administradora)
2 - La Empresa Vendedora al efectuar una venta, da ingreso de efectivo en su caja y expide el ticket de la entrada a los clientes.
3 - El cierre del día, se realiza un arqueo de las ventas realizadas bajo el concepto de ventas de entradas para determinar dichas partidas.
4 - Al día sgte. el importe resultante del arqueo, es depositado íntegramente en la cta.cte. de la empresa administradora, dando salida a caja del importe.
5 - Al cierre del mes, se hace una conciliación y liquidación de las ventas, y sobre esto se factura por las comisiones, conforme lo estipulado en el contrato.
Espero les sirva. Saludos,